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Logica Jurídica


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2012  •  590 Palabras (3 Páginas)  •  436 Visitas

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La lógica jurídica no es igual a la lógica formal (meramente enunciativa, como las matemáticas que tiene una serie de presupuestos indiscutibles ejemplo p. q r, no hay que discutir), “la lógica jurídica es esencialmente valorativa, involucra criterios valorativos, es axiológica.”

La lógica formal es distinta a la lógica del derecho que reclama la utilización de criterios valorativos y teleológicos y sólo una parte de ella versa sobre la lógica formal. A la lógica Jurídica o razonamiento Jurídico, le incumbe el contenido de las normas jurídicas, la lógica formal se ocupa de las ideas a priori: de las ideas y conceptos jurídicos. La Lógica Jurídica está relacionada con el derecho, con la conducta. La lógica no produce la decisión si no es una herramienta para decir si esa decisión es razonada, es decir prevé una serie de criterios para controlar la racionalidad de la decisión. La Lógica Jurídica Material postula que debe rechazarse toda interpretación que conduzca al absurdo, debe optarse por la decisión más racional. Implica tres actividades:

1. Interpretar

2. Argumentar

3. Motivar.

Es convertir un derecho general abstracto a un derecho concreto, este derecho concreto es lo emite el Juez en una sentencia y para ello tiene que hacer todo un análisis lógico jurídico, tiene que hacer todo una labor de interpretación, aplicar la ley y analizar que esa ley se mueva en el Sistema Jurídico. El sistema jurídico tiene que tener un solo ordenamiento jurídico y debe guardar relación entre ellos mismos; se mueve bajo tres condiciones que son a la vez sus características, por ende el sistema jurídico necesariamente tiene que tener:

1. Unidad

2. Coherencia

3. Plenitud

4. Actualidad

El Criterio de Unidad es que la ley aplicable este en armonía y conforme a la constitución (para Kelsen la Constitución es: norma Superior; para Hart: Norma Fúndante). Si la norma está conforme con la constitución entonces se llama Validez material. Ejemplo, cuando la Sala Civil declara inaplicable el plazo para apelar, señalando preferir la norma constitucional que regula los derechos del niño y de los padres, está prefiriendo una norma constitucional. La validez formal tiene que ver con su vigencia, el haber seguido el procedimiento constitucional para su elaboración, sanción, promulgación y publicación.

La coherencia, es cuando las leyes no se contradicen entre sí, si son contradictorias se llama antinomia (es la coexistencia en un mismo ordenamiento jurídico de dos normas contradictorias) y para solucionar esto se debe tomar en cuenta tres criterios:

1. Jerarquía, prevalece la norma superior

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