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Normativa Microbiologica

wanderers15 de Julio de 2013

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"SALUD

Aprueban Norma Sanitaria para Trabajos

de Desinsectación, Desratización,

Desinfección, Limpieza y Desinfección

de Reservorios de Agua, Limpieza de

Ambientes y de Tanques Sépticos

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 449-2001-SA/DM

Lima, 26 de julio del 2001

De conformidad con lo previsto en la Primera Disposición

Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento

Sanitario para las actividades de Saneamiento

Ambiental en Viviendas y Establecimientos Comerciales,

Industriales y de Servicios, aprobado por Decreto

Supremo Nº 022-2001-SA del 16.JUL.2001;

Con la opinión favorable del Viceministro de Salud;

SE RESUELVE:

Aprobar la Norma Sanitaria para los Trabajos de

Desinfección, Desratización, Desinfección, Limpieza y

Desinfección de Reservorios de Agua, Limpieza de Ambientes

y Limpieza de Tanques Sépticos, que consta de

veinticuatro artículos y un Anexo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO PRETELL ZÁRATE

Ministro de Salud

NORMA SANITARIA PARA LOS TRABAJOS

DE DESINSECTACION, DESRATIZACION,

DESINFECCION, LIMPIEZA Y DESINFECCION

DE RESERVORIOS DE AGUA, LIMPIEZA

DE AMBIENTES Y LIMPIEZA

DE TANQUES SEPTICOS

CAPITULO I : GENERALIDADES

CAPITULO II : DE LOS TRABAJOS DE DESINSECTACION

CAPITULO III : DE LOS TRABAJOS DE DESRATIZACION

CAPITULO IV : DE LOS TRABAJOS DE DESINFECCION

CAPITULO V : DE LA LIMPIEZA DE AMBIENTES

CAPITULO VI : DE LA LIMPIEZA Y DESINFECCION

DE RESERVORIOS DE AGUA

CAPITULO VII : DE LA LIMPIEZA DE TANQUES

SEPTICOS

CAPITULO I

GENERALIDADES

Artículo 1º.- Ambito y alcance de la norma

La presente Norma Sanitaria es de aplicación obligatoria

en la realización de trabajos de desinsectación,

desratización, desinfección, limpieza y desinfección de

reservorios de agua, limpieza de ambientes y limpieza de

tanques sépticos.

CAPITULO II

DE LOS TRABAJOS DE DESINSECTACION

Artículo 2º.- Actividades previas

Para efectuar el servicio de control de insectos, deben

ejecutarse previamente los siguientes trabajos:

a) Identificar la zona donde se encuentra el local a ser

tratado, para observar si cercano al mismo existen otros

lugares en estado de abandono o en condiciones no

higiénicas, si hay mercados o mercadillos o si en las

cercanías de éste existen redes de desagüe con buzones

sin tapa o acumulación de basuras.

b) Tomar conocimiento de las características de los

ambientes, ya sean abiertos o cerrados, del tipo de

materiales de construcción del local, de su equipamiento,

mobiliario, y del manejo de los residuos sólidos.

c) Determinar el grado de higiene y limpieza del local

e identificar las fuentes que pudieran proporcionar medios

de vida a los insectos.

d) Determinar el o los tipos de insectos a controlar, su

hábitat y grado de infestación.

Artículo 3º.- Controles de carácter físico

En caso que la infestación de insectos se pueda controlar

con medidas físicas, se debe recomendar al responsable

del establecimiento la adopción de las siguientes

medidas:

a) Colocar malla metálica a ventanas y tuberías de

ventilación de las redes de desagüe.

b) Instalar trampas o sellos hidráulicos al final de las

canaletas recolectoras de aguas servidas.

c) Colocar tapas a las cajas de registro de desagües y

tapas sanitarias a los reservorios de agua y tachos de

basura.

d) Eliminar fisuras y grietas en paredes y pisos.

e) Limpiar constantemente la cocina y las áreas de

almacenamiento de alimentos y controlar la aparición de

cucarachas.

f) Usar la aspiradora en los ángulos de los pisos, para

eliminar los huevos y las larvas de las pulgas.

g) Limpiar ambientes, para eliminar las fuentes de

alimentación de los insectos.

h) Si se trata de establos y granjas, modificar los

medios que sirven de hábitat a los insectos.

i) Las demás medidas físicas que el director técnico

responsable del trabajo estime pertinente adoptar.

Artículo 4º.- Preparación del local

De requerirse el tratamiento químico, mediante el

rociado de insecticidas, se debe proceder de la manera

siguiente:

a) Retirar del local a las personas y animales que

pudieran encontrarse presentes.

b) Retirar las macetas con plantas o protegerlas, si

ello fuera necesario.

c) En las oficinas, proteger los equipos eléctricos.

d) En las cocinas y comedores, retirar el menaje, la

vajilla y los alimentos.

e) Retirar los muebles de los ambientes, si ello fuera

necesario.

f) Efectuar el corte de la energía eléctrica, si se va a

efectuar el rociado de sustancias líquidas.

g) Cerrar herméticamente puertas y ventanas, cuando

el tratamiento se efectúe mediante nebulización.

Artículo 5º.- Aplicación de los insecticidas

Luego de determinar el tipo de insecto a ser controlado

(moscas, pulgas, cucarachas, chinches, zancudos) y

después de reconocer la fase predominante de su ciclo de

vida (huevo, larva, pupa o adulto), se debe proceder de la

forma siguiente:

a) En presencia del responsable del establecimiento,

se preparará la solución del producto químico o biológico,

en el grado de concentración recomendado por el fabricante

del producto o a criterio del director técnico responsable

del trabajo.

b) Se aplicará la solución, según la técnica elegida

(aspersión, pulverización o nebulización).

c) Se deberá mantener los ambientes cerrados o

abiertos, de acuerdo con la modalidad o forma de acción

de los insecticidas.

d) Se permitirá la ventilación del local, pero se deberá

impedir que los ocupantes del lugar ingresen a éste por

un lapso no menor de dos (2) horas.

Artículo 6º.- Actividades posteriores al rociado

Concluido el trabajo de rociado, se debe proceder a lo

siguiente:

a) Efectuar la limpieza del local.

b) Restituir el servicio eléctrico.

c) Limpiar los estantes y muebles que no se hayan

retirado.

d) Devolver a su lugar los muebles, equipos y accesorios

removidos.

e) Permitir el ingreso de las personas.

f) Si fuera necesario, dejar instrucciones escritas

para ser cumplidas por los ocupantes del local.

CAPITULO III

DE LOS TRABAJOS DE DESRATIZACION

Artículo 7º.- Trabajos previos

Previo a los trabajos de desratización, se deben ejecutar

las siguientes acciones:

a) Identificar la zona donde se encuentra el local a ser

tratado, para observar si cercano al mismo existen otros

lugares en estado de abandono o en condiciones no

higiénicas, si hay mercados o mercadillos o si en las

cercanías de éste existen redes de desagüe con buzones

sin tapa o acumulación de basuras.

b) Tomar conocimiento de las características de los

ambientes, ya sean abiertos o cerrados, del tipo de

materiales de construcción del local, de su equipamiento,

mobiliario, y del manejo de los residuos sólidos.

c) Ubicar las madrigueras, huellas y rastros de roedores,

heces y accesos de los roedores al lugar, cuando se

trate de áreas abiertas.

d) Determinar el tipo de roedores a ser eliminados y

su grado de infestación.

e) Averiguar sobre los antecedentes del uso de rodenticidas

en el local a controlar.

f) Informarse sobre la manera en que se manejan los

residuos domésticos.

Artículo 8º.- Controles de carácter físico

En caso de infestación de roedores que se puedan

controlar con medidas físicas, se debe recomendar al que

solicita el trabajo que adopte las siguientes medidas:

a) Limpiar, recolectar y disponer de los residuos

domésticos, industriales, comerciales y del desmonte.

b) Colocar elementos de protección para evitar el

acceso de los roedores al local, como tapas a las cajas y a

los buzones de la red de desagüe, rejillas, trampas, sellos

hidráulicos, y reparar o cambiar las tuberías de desagüe

que se encuentren rotas.

c) Almacenar los alimentos y bebidas, así como la

materia prima, en tarimas (parihuelas) o estantes, cuyo

nivel inferior deberá estar a no menos de 0.20 metros del

piso, y el nivel superior a 0.60 metros o más del techo,

debiendo dejarse entre las filas de rumas y entre éstas y

la pared un espacio libre de 0.50 metros cuando menos.

Dicho espacio libre deberá pintarse de color blanco para

descubrir más rápidamente los excrementos, huellas y

otros indicios de la presencia de roedores.

d) Colocar depósitos de basura con su correspondiente

tapa.

Artículo 9º.- Preparación de ambientes

Previo al uso de raticidas, se debe efectuar lo siguiente:

a) Determinar los sitios donde se colocarán los cebos.

b) Eliminar o proteger

...

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