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Objetivo de la guía metodológica


Enviado por   •  12 de Enero de 2015  •  Trabajos  •  895 Palabras (4 Páginas)  •  148 Visitas

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PARTE 1. OBJETIVO DE LA GUÍA METODOLÓGICA

Establecer los Procedimientos Contables y Administrativos, que se llevan a cabo en la Dirección de Administración y Finanzas de los Consejos Comunales, con el fin de servir como un instrumento de información, que permita orientar a estas Dependencias Comunitarias adscritas a ella en sus actividades y en el control de sus funciones.

ALCANCE

Este manual está dirigido a todos los miembros que conforman los consejos comunales y que estén adscritos a la Dirección de Administración y Finanzas Pública.

USO DE LA GUÍA METODOLÓGICA

Para el correcto seguimiento de esta guía, se debe tomar en cuenta lo siguiente:

1. Debe estar a disposición de todos miembros del Consejo Comunal o a los de Contraloría y Finanza o a quienes formen parte de la Dirección de Administración y Finanzas.

2. En la aplicación de esta guía, desarrollo, supervisión y cumplimiento de los procedimientos aquí descritos recaen sobre el vocero principal de estas organizaciones.

3. Cualquier cambio en el ordenamiento legal vigente, o en las políticas de trabajo que en materia de procedimientos afecten la estructura del de esta guía, generará también un cambio en su contenido con el fin de adaptarlo a las nuevas políticas emitidas.

4. Los usuarios de la guía, deberán notificar a su supervisor inmediato las sugerencias, modificaciones o cambios que afecten el contenido del mismo, con el objeto de garantizar la vigencia de su contenido y con ello mejorar la base de conocimiento en el tiempo.

5. Esta guía está dividida en partes con el fin de hacer más fácil su actualización. Debe materializar las políticas de recursos financieros de la Universidad Central de Venezuela y los establecidos por ley.

REQUISITOS GENERALES

1. Debe mantener información sobre la situación económico-financiera del CONSEJO COMUNAL

2. Debe actualizar y efectuar los pagos de compromisos devenidos por los proyectos socio productivo realizado en la comunidad. Conjuntamente con sus respaldos

3. Debe mantener un registro actualizado de los bienes muebles e inmuebles pertenecientes al consejo comunal

4. Debe controlar y apoyar a todas las Unidades de la Dirección de Administración y Finanzas en cuanto a la revisión, aprobación, autorización y registro de los procesos administrativos-financieros.

PARTE 2. NORMAS GENERALES. ASI LO ESTABLECE:

1. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

2. Ley Orgánica de la Administración Pública

3. Ley Orgánica de procedimientos administrativos

4. Reglamento Nº 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Publico, sobre el sistema Presupuestario de fecha 18 de diciembre de 2001

5. Reglamento Nº 3 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema de Tesorería de fecha 22 de Marzo de 2002.

6. Ley de los Consejos Comunales

7. Normas Generales de Control Interno, emanadas de la Contraloría General de la República, publicadas en la Gaceta Oficial No. 36.229 de fecha 17 de Junio de 1997.

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