PROCESAL CIVIL
elabogado310 de Octubre de 2013
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UNIDAD I
PROCESO Y JUICIO
a) El alumno investigará en un diccionario no jurídico las definiciones
de:
Proceso: (Del lat. processus .)
1 s.m. Desarrollo o curso que sigue una cosa en su realización .
EJEMPLO: controla el proceso de fabricación de los medicamentos.
SINÓNIMO: procedimiento
2 Conjunto de fases sucesivas de un fenómeno natural o una operaciónartificial .
EJEMPLO: la enfermedad sigue su proceso normal.
SINÓNIMO: evolución
3 Transcurso de un determinado tiempo .
EJEMPLO: en el proceso de un mes han sucedido muchas cosas.
SINÓNIMO: intervalo
Juicio: (Del lat. judicium .)
1 s.m. Facultad para distinguir lo verdadero de lo falso y el bien del mal .
EJEMPLO: gracias a su buen juicio pudo salvar la situación.
SINÓNIMO: criterio
2 Concepto o parecer que se tiene sobre una cosa .
EJEMPLO: a mi juicio eso no sería correcto.
SINÓNIMO: opinión
3 Facultad para obrar con sensatez y prudencia .
EJEMPLO: actuar con juicio.
SINÓNIMO: cabeza
a) Posteriormente, investigará en un diccionario jurídico los mismos
conceptos, y dirá, que relación o semejanza encuentra en el empleo de
dichos términos en lenguaje vulgar y en el forense.
PROCESO:(Doctrina) Entendemos por proceso, un Conjunto complejo de actos del Estado como soberano, de las partes interesadas y de los terceros ajenos a la relación sustancial, actos todos que tienden a la aplicación de una ley general a un caso concreto controvertido para solucionarlo o dirimirlo.
Aquí encontramos la relación en que son un conjunto de actos que se suceden.
JUICIO:Capacidad o facultad de una persona para distinguir entre el bien y el mal.
Sensatez, cordura. En Derecho procesal suele utilizarse como término sinónimo
a proceso, sin embargo no puede identificarse, ya que el juicio equivale
a la función intelectual que el juez realiza en la sentencia a base de razonamientos
lógicos y valoraciones jurídicas que culminan con el fallo.
Aquí encontramos la relación en que es la función intelectual de una persona para distinguir entre el bien y el mal y tener cordura y sensatez, en este caso, el Juez.
b) Investigará el alumno el significado de la palabra “dialéctica” y dirá
que semejanza (s) encuentra entre esté concepto y el de proceso
jurídico.
dialéctica s. f.
1 Técnica de dialogar y discutir mediante el intercambio de razonamientos y argumentaciones: fue un debate muy interesante y educado, ya que los participantes respetaban los principios de la dialéctica.
2 Conjunto de razonamientos y argumentaciones de un discurso o una discusión y modo de ordenarlos: la dialéctica del orador fue sencilla, pero convincente.
3 Parte de la filosofía que trata de las reglas y formas de los razonamientos: Hegel fue un filósofo que estudió a fondo la dialéctica.
4 Técnica de razonamiento que intenta descubrir la verdad mediante la exposición y confrontación de argumentos contrarios entre sí: le gusta dar sus clases empleando la dialéctica.
5 Sucesión de hechos en la que se van produciendo unos a causa de otros: la dialéctica de esta investigación no va a llevarnos a ninguna parte.
MUCHAS SEMEJANZAS, Practicamente describe lo que se hace en un juicio, el empleo de los argumentos a la hora de hacer una demanda y exponer las ideas en forma clara y precisa.
c) Investigará el alumno en un tratado de lógica:
¿Qué es un silogismo? ¿Cómo se construye?
Un silogismo no es más que una forma de razonamiento deductivo que se compone de 3 elementos básicos: una premisa mayor, una premisa menor y una conclusión que las relaciona.
En la vida diaria utilizamos todo el tiempo esta estructura lógica; sin embargo, donde más se emplea dicho concepto es en el universo de las matemáticas.
¿Qué semejanza tiene con el proceso jurídico?
Se asemeja con las deducciones.
d) El alumno citara cada uno de los procesos contenidos en las siete clasificaciones
dada por el Dr. Gómez Lara:
a. La primera clasificación la constituirían los procesos que podrían
llamarse de derecho privado, o sea: Los procesos civil, mercantil
y de familia. El carácter del proceso lo determinará la norma
sustantiva que se vaya a aplicar al caso concreto para
sentenciarse.
b. Una segunda clasificación la constituirían los procesos oral y
escrito. Actualmente no puede hablarse de una puridad en la
oralidad o en la escritura, mejor resultaría hablar de tendencias
hacia una o a la otra forma, ya que hoy en día no existen
procesos puramente orales o escritos.
c. Los procesos inquisitoriales, dispositivo y publicista se
encontrarían en el tercer lugar de la clasificación.
Caracterizándose el primero de estos por la parcialidad en el
juzgamiento debido al rompimiento de la relación triangular (juez y
partes) en el proceso, convirtiéndose a su vez el juzgador, en parte.
En contraposición a la forma anterior aparece el proceso dispositivo,
quitándole al juzgador los poderes de que disfrutaba dentro del proceso
inquisitorial, restringiendo su actuación judicial, convirtiéndolo en
espectador pasivo de la contienda.
Como reacción a las deficiencias a que el proceso dispositivo dio lugar
aparece el proceso publicístico, en el que nuevamente el juzgador
retoma atribuciones y poderes de los que se vale para tutelar intereses
de partes económicamente débiles o socialmente desvalidas.
D. Procesos con unidad de vista y preclusivos; considerándose al
primero como aquel en que se concentraría todo el proceso en una
sola audiencia, desde la demanda hasta la sentencia y al
preclusivo como aquél proceso que se desarrolla en diversas
etapas dispersas en períodos más o menos largos.
E. Como quinta clasificación tendríamos al proceso singular y al
proceso universal.
El primero es aquel en que se debate una cuestión litigiosa en relación
a un derecho o un bien o un conjunto de derechos o de bienes que no
constituyen la totalidad de un patrimonio.
El proceso universal recae sobre la universalidad de bienes y derechos
de alguna de las partes.
F. Procesos uni-instanciales y bi-instanciales. Los primeros se
refieren a aquellos procesos que tienen una única instancia, sin la
posibilidad de sujetarlos a revisión por la interposición de algún
recurso o medio de impugnación.
Y bi-instanciales serán aquellos en los que cabe la posibilidad de un
reexamen de la instancia por un órgano jurisdiccional superior.
G. Procesos de conocimiento y procesos de carácter ejecutivo. En
los primeros, el conocimiento precede a la ejecución.
En los procesos de carácter ejecutivo la ejecución es anterior al
conocimiento. Como se advierte hay una inversión en el orden normal
del proceso.
e) Enumerará el alumno todos los juicios que regula el Código Procesal
Civil de su entidad, y mencionará los artículos que contiene cada juicio.
1.- JUICIO ORDINARIO CIVIL.- Artículos 349 al 517.
2.- JUICIO SUMARIO.- Artículos 604 al 606.
3.- JUICIO EJECUTIVO.- Artículos 607 al 622.
4.- JUICIO HIPOTECARIO.- Artículos 623 al 635.
5.- JUICIO ESPECIAL SOBRE ARRENDAMIENTO DE
INMUEBLES.- Artículos 636 al 644.
6.- INTERDICTOS.- Artículos 645 al 652.
7.- JUICIO PLENARIO DE POSESIÓN.- Artículos 653 al 660.
8.- JUICIOS DECLARATIVOS DE PROPIEDAD Y
REIVINDICATORIOS.- Artículos 661 al 669.
9.- JUICIOS SOBRE SERVIDUMBRES.- Artículos 670 al 680.
10.- JUICIOS DE DIVISIÓN DE COSA COMÚN.- Artículos 681
al 683.
11.- DEL APEO O DESLINDE.- Artículos 684 al 688.
12.- JUICIOS DEL ORDEN FAMILIAR. Disposiciones generales.
Artículos 774 al 789.
13.- JUICIOS SOBRE CUESTIONES MATRIMONIALES.-
Artículos 790 al 794.
14.- JUICIO DE NULIDAD DE MATRIMONIO.- Artículos 795 al
800.
15.- DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO.- Artículos
801 al 812.
16.- JUICIO DE DIVORCIO NECESARIO.- Artículos 813 al 825.
17.- JUICIO SOBRE PATERNIDAD, FILIACIÓN Y PATRIA
POTESTAD.- Artículos 826 al 837.
18.- JUICIO DE ADOPCIÓN.- Artículos 838 al 848.
19.- JUICIO DE RECTIFICACIÓN DE ACTAS DEL ESTADO
CIVIL.- Artículos 849 al 854.
20.- DEL JUICIO DE INTERDICCIÓN.- Artículos 855 al 866.
21.- JUICIO DE CONCURSO DE ACREEDORES.- Artículos
900 al 928.
22.- JUICIO SUCESORIO.- Artículos 929 al 1008.
23.- JUICIOS MENORES.- Artículos 1025 al 1053.
UNIDAD II
JUICIO ORDINARIO CIVIL
a) Del Código Adjetivo Civil de su entidad, el alumno enumerara los
actos prejudiciales que éste regula, relacionándolos con los artículos
que los contienen.
Medios preparatorios del juicio en general (artículos 267 al 280 del
C.P.C.). ARTICULO 267.- Casos en que puede prepararse un procedimiento. El juicio
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