PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY DE SEMILLAS OBSERVACIONES SPPN
Angel SalinasInforme6 de Agosto de 2016
8.636 Palabras (35 Páginas)441 Visitas
PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY DE SEMILLAS
OBSERVACIONES SPPN
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
El Instituto Nicaragüense de Tecnología Agropecuaria (INTA), El Gobierno de Unidad y Reconciliación Nacional (GRUN), como parte integrante del Gabinete de Producción, consciente de afrontar la crisis alimentaria global debido a conflictos y desastres causados por la acción humana o por fenómenos naturales, la seguridad alimentaria se ve afectada negativamente por subidas sin precedentes del precio de los alimentos básicos, originadas por unas reservas históricamente bajas, sequías e inundaciones relacionadas con el cambio climático, los altos precios del petróleo y una creciente demanda de biocombustibles. Consideramos que se debe hablar como gobierno y no como una institución en particular, en virtud de que la Iniciativa de Ley es presentada por Presidente de la República.
Nicaragua no escapa al escenario antes planteado y considerando que es un país con bajos ingresos y con Ddéficit de Aalimentos, por lo que se prioriza apoyar a los pequeños y medianos productores que representan un sector importante para el desarrollo económico de nuestro país, ya que estos al no ser atendidos no podrán hacerle frente a las dificultades de manera que les permita producir más alimentos en forma sostenible y en armonía con el medio ambiente, adoptando estrategias agroecológicas. Se considera que se debe redactar de otra forma, pues no se deja claro cuál es el beneficio que se pretende dar a los pequeños y medianos productores con esta iniciativa. Las tres primeras líneas no se ajustan al resto del párrafo.
En respuesta al escenario antes descrito, el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN), en su Plan Nacional de Desarrollo Humano ha planteado la Política de Seguridad y Soberanía Alimentaria, que ha venido desarrollando el Gabinete de Producción con el apoyo de la comunidad cooperante, para que de manera conjunta se le haga frente al reto de incrementar la producción local de alimentos básicos y combatir el alza en los precios de los mismos. Se recomienda vincular lo contenido en éste párrafo con el párrafo anterior para concretizar la idea del apoyo a los pequeños y medianos productores.
El Sistema Nacional de Semillas, ha sido la organización adecuada y armónica de distintas partes (componentes y/o eslabones), que ha permitido integrar los esfuerzos de distintos actores del medio agropecuario y rural, tanto del sector público como privado, para mejorar el alcance de los objetivos y metas comunes, a partir de la obtención de la eficiencia y la eficacia de cada una de ellas por separado y de la sinergia obtenida a partir de la asociatividad entre las mismas.
En este sentido el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN), a través de las instituciones que integran el Gabinete de Producción se ha propuesto propone modernizar el marco jurídico que regula la Producción y Comercio de Semillas de manera Integral y es por tal razón, que en mi calidad de Presidente de la República, presento ante la Asamblea Nacional, la presente Iniciativa de por lo que presenta el siguiente anteproyecto de Ley: “Ley Integral para la Producción y Comercio de Semillas”. Consideramos que por orden cronológico este párrafo debe ir en la parte final de la exposición de motivos, con los cambios que aquí se proponen.
De manera que la Comisión Técnica Redactora, quedó integrado por los siguientes miembros:
- Coordinadora; María Isable Martínez Chavarría; Directora General INTA;
- Ing. Mariaydalina López; INTA;
- Ing. Lourdes Eridania Cerrato; Directora de Semillas – INTA;
- Lic. Francisco Rocha Castro; Asesor Legal – INTA;
- Lic. Mardo Mercado; Asesor Legal – INTA;
- Jorge García; MAGFOR;
- Wilfredo Nicaragua; MAGFOR;
- Adolfo González; MAGFOR;
- Pavel Carpio: MAGFOR;
- Gloria Zelaya, DGRPI (OBTENCIONES VEGETALES); MIFIC
- Hiparco Loaisiga; División Económica; Banco Central
- Ricardo Bird: División Económica; Banco Central
- Ministerio de Economía Familiar; Allan Morales;
AUN NO SE INTEGRAN:
- COMERCIO EXTERIOR; MIFIC;
- NORMALIZACION; MIFIC;
- COMERCIO INTERIOR; MIFIC
- INAFOR; SEMILLAS FORESTAL;
- MHCP
- DGA
Para la elaboración del anteproyecto de Ley Integral para la Producción y Comercio de Semillas, se consideraron los antecedentes y sus implicaciones presentes y futuras, se recopilaron y consultaron distintos diagnósticos que sobre el Sistema Nacional de Semillas se han realizado, fijándose como meta elaborar un documento tendiente a: Consideramos que todo lo que está tachado no debe incluirse como exposición de motivos ya que es información técnica en cuanto a la elaboración de la propuesta. Sin embargo, la parte que sigue a continuación podría vincularse con la exposición de motivos en el sentido de fudamentar la base de la Iniciativa.
actualizar el marco jurídico que regula la producción y el comercio de semillas; simplificar y reducir el número de los procedimientos y hacerlos más sencillos en aras de fomentar la producción de las semillas, Fomentar la ética en el proceso de producción de semillas para evitar conductas desleales; priorizar lo sustancial sobre lo formal; y lograr la eficiencia y eficacia del proceso de producción y comercio de semillas.
Se hizo un estudio comparativo de las legislaciones que en años recientes se habían aprobado o estaban en proceso de aprobación en la región; se estudiaron detenidamente las nuevas tendencias productivas y se valoró la experiencia, de manera que se propone el primer documento-borrador sobre el cual los Compañeros de dichas instituciones hicieron sus aportes y observaciones y que sistematizados dieron lugar a un nuevo documento conocido como el “Texto de la Nueva Ley Integral para la Producción y Comercio de Semillas”, el que sirvió de base consistente para la consulta nacional con los distintos sectores productivos en sus diferentes niveles y órdenes.
La Nueva Ley Integral para la Producción y Comercio de Semillas”, entonces, es el resultado de ______ talleres de consulta a nivel nacional, donde participaron _______ Productores e hicieron sus aportes. Se consultaron expertos nacionales en temas específicos como Especialistas en Semillas, ____________, _______________, ________________ y Propiedad Intelectual, etc. Se recibieron aportes de productores individuales y organizaciones de productores de todas las circunscripciones del país, de Ministros, Viceministros del Sector Agropecuario y sus Asesores, Directores y Sub Directores de Entes Autónomos del Sector Agropecuario y sus Asesores, todos los cuales fueron valorados e incorporados en lo pertinente.
Se ha contado con la asesoría del consultor Legal Dr. José René Orue Cruz y el Consultor Técnico Edwin Rodríguez. Consideramos que esta información no debe incluirse en la exposición de motivos, porque está vinculada más que todo al proceso de elaboración del documento.
La Nueva Ley Integral de para la Producción y Comercio de Semillas, parte del acceso de los pequeños y medianos productores puedan producir y comercializar semillas, con un marco jurídico justo y equitativo. Esto ya se ha repetido en párrafos anteriores, por lo que se sugiere fusionar esta idea en un solo párrafo.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
Lo siguiente:
“LEY INTEGRAL DE PRODUCCION Y COMERCIO DE SEMILLAS”
ESTRUCTURA DEL ANTEPROYECTO DE “LEY INTEGRAL DE PRODUCCION Y COMERCIO DE SEMILLAS”
BORRADOR DE ESTRUCTURA DE LA NUEVA LEY DE SEMILLAS
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y ASPECTOS CONCEPTUALES.
Ya contamos con una propuesta de este capítulo elaborado por la Comisión Interinstitucional y presentada al Consultor Dr. René Orúe), ya que los actuales conceptos que establece la actual Ley de Semillas no se corresponden con el nuevo marco jurídico regional tales como los Reglamentos Técnicos Centroamericanos, Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogeneticos para la Alimentación y la Agricultura, Convenio de Diversidad Biológica, Ley de la Conservación de la Diversidad Biológica (Ley 807), Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria, etc. La propuesta de este capítulo a que se refieren en la primera parte de éste párrafo no viene incluida, por lo que se sugiere su inclusión para poder dictaminarla.
Artículo 1. La presente ley tiene por objeto regular la eficiente producción de semillas y promover su comercialización de semillas, poniendo a disposición de los productores agrícolas la identidad y calidad de la semilla que adquieren.
Art. 2: Declarase recurso de interés nacional (DEFINIR INTERES NACIONAL, NECESITAMOS LA POLITICA NACIONAL DE SEMILLAS) a la obtención, producción y, certificación de las semillas, provenientes de fitomejoramiento convencional participativo o generadas por procesos biotecnológicos. La expresión de Interés Nacional se usa para reflejar el postulado de que la finalidad de las acciones del Estado, deben ser el favor del bien común del pueblo. En lo que respecta a la Política Nacional de Semillas, se ha hecho búsqueda y no existe por lo que es un tema que se debe incluir en la Ley, como parte de las atribuciones del Consejo Nacional de Semillas que ésta creará.
...