¿PUEDE UNA PERSONA CON CAPACIDAD RESTRINGIDA POR FALTA DE SALUD MENTAL CONTRAER MATRIMONIO?
aguelabogadoTesina13 de Agosto de 2016
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FACULTAD DE DERECHO
CARRERA DE ABOGACÍA Y PROCURACIÓN
TESINA
Tutor jurídico: DRA. MARIEL MOLINA
Tutor metodológico: GABRIELA PRADO ZALAZAR
Alumno: RODOLFO AGUSTÍN CÉLIZ DE PAOLIS
AÑO 2014
TESINA DE DERECHO DE FAMILIA
TEMA:
“¿PUEDE UNA PERSONA
CON CAPACIDAD RESTRINGIDA
POR FALTA DE SALUD MENTAL
CONTRAER MATRIMONIO?”
Agradezco este trabajo de investigación a mi esposa Gabriela, mis hijos Juan Martín y Candela Pilar, a mis padres, familiares y amigos que me han acompañado en la lucha de la vida.
Les doy gracias especialmente a los tutores de mi tesina, doctora Mariel Molina y licenciada Gabriela Prado Zalazar por sus invalorables aportes orientadores.
No puedo dejar de agradecer a los profesores doctor Carlos Neirotti y la doctora Mariela Cano y los psiquiatras Ricardo Sardi y Luis Chacón por sus aportes desinteresados.
Sobre todas las cosas, doy gracias a Dios, nuestro Creador, fuente de toda razón y justicia solicitando siempre sus luces para guiarnos por el recto camino en la vida.
ÍNDICE TEMÁTICO
INTRODUCCIÓN
DESARROLLO
CAPÍTULO I: Evolución histórica - jurídica de los institutos de interdicción e inhabilitación en relación a los incapaces
1.1. Introducción
1.2. Código Civil de la Nación Argentina de 1871
1.3. La doctrina y la jurisprudencia
1.4. Reforma del código con la ley 17.711 de 1.968
1.5. La jurisprudencia anterior a la ley de salud mental
1.6. Reforma del Código Civil de 1998
1.7. Nueva ley nacional de salud mental n° 26.657 (2010)
1.8. Análisis del capítulo
CAPÍTULO II: Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006) ONU
2.1. Introducción
2.2. Concepto de personas con discapacidad
2.3. Propósito de la Convención
2.4. Principios Generales
2.4.1. Relaciones con el artículo 12
2.5. Artículo 23 Derecho de la persona con capacidad restringida a contraer matrimonio
2.5.1. Fallo: Aplicación del artículo 23 de la CDPD (ONU)
CAPÍTULO III: Aportes de la nueva Ley de Salud Mental 26.657
3.1. Introducción
3.2. Líneas generales
3.3. Aportes novedosos
3.3.1. Presunción de capacidad
3.3.2. Principio de no discriminación
3.3.3. Vigencia temporal de la sentencia de incapacidad
3.3.4. Tratamiento de un equipo médico interdisciplinario
3.3.5. Restricción gradual de la capacidad
3.3.6. Entrevista personal con el juez _
3.3.7. Sentencia _
3.4. Jurisprudencia
3.5. Análisis del capítulo
CAPÍTULO IV: Reforma del Código Civil y Comercial Argentino sobre las restricciones a la capacidad y los impedimentos matrimoniales por falta de salud mental
4.1. Introducción
4.2. Constitucionalización del Derecho de Familia
4.3. Principio rectores del nuevo Derecho Matrimonial
4.4. El nuevo régimen de capacidad
4.5. Vinculación con el artículo 152 ter del Código Civil
4.5.1. Dictado de la Sentencia
4.5.2. Alcances y extensión de la Sentencia
4.5.3. Revisión de la Sentencia
4.5.4. Medidas de apoyo
4.6. Impedimento matrimonial por falta de salud mental
4.7. Dispensa judicial matrimonial por falta de salud mental
4.8. Análisis del capítulo
CAPÍTULO V: Enfoque jurídico y psiquiátrico forense
5.1. Entrevistas a los profesionales del derecho
5.1.1. Entrevista a la profesora Dra. Mariela Cano………………………………… 70
5.1.2. Entrevista al profesor Dr. Carlos Emilio Neirotti
5.3. Consulta a profesionales de la salud mental: Dr. Ricardo Sardi y Dr. Luis Chacón
5.3.1. Encuesta común sobre aptitud nupcial de los afectados.
5.4. Análisis del capítulo
CONCLUSIÓN
ÍNDICE BIBLIOGRÁFICO
ANEXO I
1. Cuestionario de entrevistas realizadas
INTRODUCCIÓN
En nuestra investigación vamos a analizar los derechos de las personas con alteraciones mentales, en el campo de acción de la vida civil y social.
El horizonte en el que nos situamos ahora es el siguiente:
- De una postura rígida que no diferenciaba a la persona sana del demente, no existía reconocimiento de capacidades graduales y flexibles que justificaran otro status jurídico, un tratamiento diferenciado en sus capacidades de hecho en relación a la posibilidad de contraer matrimonio.
- La evolución de la legislación y jurisprudencia actual en la Argentina configuró una apertura sustancial para que los afectados puedan ejercer por sí mismos la posibilidad de una vida jurídico - social con mayor participación en su toma de decisiones.
- La problemática sobre las restricciones que en el tiempo abordaremos, hoy son amparadas en la legislación del nuevo Código Civil para el ejercicio del derecho que les es conferido.
- Esta situación nos merece la dedicación de este trabajo por las implicaciones jurídicas que de ellas se derivan, entre las cuales destacamos una inclusión civil más plena por parte de los verdaderos legitimados.
Preguntas de investigación
Nos hacemos el siguiente planteo:
¿Puede una persona con capacidad restringida por falta de salud mental contraer matrimonio?
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