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Pensamiento Criminologico


Enviado por   •  4 de Febrero de 2015  •  6.417 Palabras (26 Páginas)  •  779 Visitas

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EL PENSAMIENTO CRIMINOLOGICO I

El pensamiento criminológico, Tomo I, es una obra cuyos autores son Bergalli, Juan Bustos Ramírez y Millares; se encuentra dividido en diez capítulos, los cuales serán expuestos de forma secuencial en este documento.

El capítulo uno se denomina “La Criminología”, cuyo primer subtema es el “Nacimiento”, en este apartado surge la discusión sobre los inicios de la criminología y de la sociología, en cuanto a saber si iniciaron en el iluminismo o en el positivismo y, por otra parte, determinar si es ciencia o no. Es decir este primer tema señala que los pensadores del siglo XVIII, iniciaron su análisis del hombre, de su naturaleza y de la sociedad desde un punto de vista científico-metódico, del cual resultó el positivismo; por otra parte, el iluminismo tomó a la razón como medida crítica de las instituciones sociales y de su adecuación a la naturaleza.

Que un criminólogo no puede dejar a un lado los puntos de vista de Howard, Beccaria, por ello, Taylor, Walton y Young quienes se dice que afirmaron que Beccaria, es el que formula los principios de la criminología clásica, pero que fue en 1879, cuando Topinard, inventa el nombre de “criminología”. Señala que el primero que estudio la criminología fue César Lombroso, por lo que en el siglo XIX se encuentra el periodo del positivismo criminológico.

Indica que es Marsal quien estableció los rasgos esenciales del Iluminismo: crítico-negativo, racional científico y utópico-práctico; pensamiento que se contrapuso al positivismo, porque éste dejó aun lado lo crítico negativo, lo utópico y se quedó con la filosofía racional, científica y práctica.

Señala que el origen del positivismo se encontró en el orden social, basado en la burguesía, así la cultura utilitaria transforma una economía señorial a una economía mercantil, porque la clase media juzgaba a los asuntos y su rol en función de la utilidad. Indica que hay un grupo social y un Estado, así los problemas sociales y criminológicos son datos dentro que buscan la eliminación de factores que las causan, en donde se eliminan los fallos que tienen su origen en la defectuosa apreciación de la realidad. En cambio para el iluminismo el problema social y criminológico son cuestiones de política, es decir, una estructura jurídico-político-institucional, ésta corriente se planteo en el plano conceptual o filosófico.

En el segundo tema de éste capítulo denominado “concepto y discusión sobre el contenido”, tomando de referencia lo señalado por diferentes autores, en el que esencialmente Juan Bustos refiere que cada autor, da una definición de la criminología, donde los rasgos comunes son el hombre, la conducta social y la organización social. Así el positivismo guió a la criminología en torno al hombre (normal o anormal o peligroso), así plantea la criminología como una actividad científica (causas biológicas, antropológicas, psiquiátricas y psicológicas del delito)

También indica que Quetélet, Ferri y Hurwitz, plantean que frente a la criminalidad surgen factores aislados, por lo que solo existe una criminalidad enestadísticas, bajo cifras no reales, ya que existe la cifra negra, así que son estadísticas de los órganos de control, así que no coinciden con la realidad; por lo que es el control el que varia y es el que provoca el aumento o disminución de la realidad.

Señala que el Funcionalismo es la continuación del positivismo y que puso acento a la conducta social delictiva o criminal y trató de definir éste problema desde el punto de vista social dinámico; teoría que pretendía eliminar una concepción naturalista y simple de causas o de factores en el origen de la criminalidad, dentro de un proceso constituido por la acción social, la norma, el control, así uno de los conceptos centrales, es la desviación, que surge mediante un proceso de asignación que tiene su origen en los aparatos de control.

Nos dice que el interaccionismo, profundizó en el proceso de significación que tiene la intercomunicación entre los individuos y los actos de comunicación, así los interaccionistas plantearon el carácter criminógeno del proceso de control y da importancia a los aspectos jurídicos y se toca la esfera política.

También señala que la teoría del conflicto, establece las relaciones de poder que se dan entre capital y trabajo, ejercer el poder o ser excluido de un análisis eminentemente político y no sólo del simple enfrentamiento entre individuo y sociedad. Que los criminólogos marxistas hicieron una crítica del sistema capitalista, así la lucha de clases permitió hacer diferentes cortes analíticos y surgió la justicia de clases; parte del delito comofenómeno político, de la conducta y su etiología.

El tercer tema de éste capítulo llamado “relación de la criminología con el derecho penal y la política criminal”, señala lo referente a la relación con el derecho penal en la cual el doctrinario Juan Bustos indica que la criminología y el Derecho penal son disciplinas autónoma. Señala que es importante aclarar que el derecho penal es supuesto indispensable de la criminología, lo cual resulta obvio, ya que, sin derecho penal no se podría concebir la criminología, ya que la criminología surge a través de un mecanismo institucional y formal como es la norma penal, una organización social determinada fija objetos de protección y determina qué es delito y quién es delincuente y una forma especial de reacción social. Así que en relación al sutema “relación con la política criminal” señala que la política criminal implica la estrategia a adoptar dentro del Estado respecto de la criminalidad y el control, así que la criminología es una ciencia de referencia, para la política criminal.

En el capítulo segundo, también realizado por el Doctor Juan Bustos, mismo que se denomina “Criminología y evolución de las ideas sociales”, narra la evolución de las diferentes teorías que han influenciado al desarrollo de la criminología, terrías que serán narradas en forma sucinta, el primer tema es el “iluminismo y el pensamiento clásico sobre la pena y el delito”, del cual refiere que las base fundamental del pensamiento iluminista es un estado natural porque los hombres gozan de libertad e igualdad natural, que se pierde por el contrato social, pero les hace ganar su libertad civil y la propiedad de todo lo que posee; así es delincuente quien se coloca en contra del contrato social, rompe el compromiso de organización, producto de la libertad originaria o natural y debe ser tratado como un rebelde. Las leyes naturales, imprimen la idea de un creador y las leyes positivas surgen por la organización en sociedad.

Expone que Beccaria expresa la

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