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Enviado por   •  26 de Abril de 2015  •  5.224 Palabras (21 Páginas)  •  181 Visitas

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1.1. MARCO TEÓRICO

1.1.1. BASES TEÓRICAS

1.1.1.1. Sistema Tributario Nacional

1.1.1.1.1. Definición

Robles (2006) define el Sistema Tributario como el conjunto de tributos interrelacionados que se aplican en un país en un momento determinado. En este sentido, se debe tener presente que el conjunto de tributos vigentes reunidos no constituye por sí solo un «Sistema Tributario» ya que el concepto de sistema tiene implícito que se trate de un conjunto ordenado y coordinado de tributos, de tal manera que se trate de un «todo» orgánica y sistemáticamente ordenado.

1.1.1.1.2. Principios Constitucionales del Sistema Tributario Nacional

Según Solórzano (2010) , estos principios son postulados básicos que constituyen el fundamento normativo del sistema tributario, tienen como punto de partida planteamientos ideológicos, refrendados en la Constitución Política del Perú vigente desde el año 1993. En el artículo 74°, se han consagrado los principios tributarios de reserva de ley, de igualdad, de efecto no confiscatorio y de respeto a los derechos fundamentales.

Principio de Legalidad: Los tributos deben tener su origen en la ley como expresión de la voluntad soberana la que es emitida por el Congreso, como representante del pueblo.

Principio de Reserva de Ley: La ley que crea un tributo contendrá la regulación básica de la relación tributaria: el hecho imponible, la base imponible, la tasa, las exoneraciones, las infracciones y sanciones y los procedimientos operativos. El reglamento de la ley contendrá cuestiones instrumentales o de detalle que no afecten la reserva de ley.

Principio de Igualdad: Se refiere a que nadie puede ser exonerado del impuesto por alguna condición personal y que todo aquel que cae en los supuestos que generan la obligación de pagar impuestos, entonces debe pagarlo. Este principio de igualdad se complementa con la exigencia de una igualdad real la que es perfectamente compatible con la progresividad del impuesto que está referida a tratar del mismo modo a los iguales y de manera diferente a los que presentan una capacidad económica distinta.

La expresión “igual” en materia impositiva no se refiere al tributo mismo, sino al sacrificio económico que debe hacer quien lo paga. Cada miembro de la sociedad debe asumir el pago de los impuestos de manera que ellos sean iguales en cuanto al sacrificio económico que deben asumir.

Principio de Efecto no Confiscatorio: Dado que la tributación implica que el ciudadano entregue al Estado una parte de su patrimonio, en cumplimiento al principio de legalidad, se ha establecido el criterio de efecto no confiscatorio de los tributos, bajo el cual se limita el poder de imperio del Estado y, por tanto, su potestad tributaria para afectar significativamente la capacidad contributiva del ciudadano.

Respeto de los Derechos Fundamentales de la Persona: Ninguna norma legal o administrativa de naturaleza tributaria puede violar las garantías constitucionales de la persona: igualdad ante la ley, derecho al secreto y a la inviolabilidad de las comunicaciones; derecho a contratar con fines lícitos; derecho a la propiedad y a la herencia; derecho a la legítima defensa; no hay prisión por deudas y a no ser procesado por acto u omisión que no esté previamente calificado en la ley como infracción punible ni sanción no prevista en la ley, aplicable en los delitos tributarios.

1.1.1.1.3. Estructura del Sistema Tributario Peruano

De acuerdo a Ruiz (2008) , el Sistema Tributario peruano tiene una estructura básica, estándar y está orientado por dos normas legales fundamentales:

a. Código Tributario (Decreto Supremo Nº 133-2013-EF)

Desarrolla y contiene los principios e institutos jurídico-tributarios; los elementos y conceptos esenciales y comunes de las relaciones derivadas de los tributos y las normas tributarias; las reglas básicas sobre los procedimientos administrativo-tributarios, que permitan hacer efectivos los derechos y obligaciones que se generen o den contenido a aquellas relaciones; y además contiene la tipificación de las infracciones y el régimen de sanciones para reprimirlas

b. Ley Marco del Sistema Tributario Nacional (Decreto Legislativo Nº 771)

Esta norma regula la estructura del Sistema Tributario Peruano, identificando cuatro grandes sub-conjuntos de tributos en función del destinatario de los montos recaudados:

 Tributos que constituyen ingresos del Gobierno Nacional: Se trata del Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Derechos Arancelarios y Régimen Único Simplificado.

También constituyen recursos del Gobierno Nacional las tasas que cobra por los servicios administrativos que presta.

 Tributos que constituyen ingresos de los Gobiernos Regionales: De conformidad con el art. 74º de la Constitución los Gobiernos Regionales pueden crear contribuciones y tasas. Se trata de ingresos tributarios para los Gobiernos Regionales que no están contemplados en el D. Leg. No. 771.

 Tributos que constituyen ingresos de los Gobiernos Locales: El D. Leg. No. 771, establece que estos tributos se encuentran normados por la ley de Tributación Municipal que fue aprobada posteriormente por el D. Leg. No 776, vigente desde 1994.

 Contribuciones que constituyen ingresos para otras reparticiones públicas diferentes del Gobierno Nacional y Local: Se trata de las contribuciones de seguridad social que financian el sistema de salud administrado por ESSALUD, el sistema público de pensiones, administrado por la Oficina de Normalización Previsional – ONP; la contribución al servicio nacional de adiestramiento técnico industrial – SENATI y la contribución al servicio nacional de capacitación para la industria de la construcción.

Asimismo, forman parte del Sistema Tributario Peruano las leyes que crean y regulan cada uno de los tributos.

1.1.1.1.4. Elementos que Componen el Sistema Tributario Peruano

El Sistema Tributario conforme lo expresa Andía (2009) , está constituído por los siguientes elementos:

Política tributaria: Son los lineamientos que orientan, dirigen y fundamentan el sistema tributario. Es diseñada y propuesta por el Ministerio de Economía y Finanzas. Una política pública se presenta bajo la forma de un programa de acción gubernamental en un sector de la sociedad o en un espacio geográfico; en el que se articulan el Estado y la sociedad

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