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REINTEGRO TRIBUTARIO PARA LA REGIÓN SELVA


Enviado por   •  18 de Abril de 2017  •  Trabajos  •  795 Palabras (4 Páginas)  •  179 Visitas

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CASO PRÁCTICO 01

REINTEGRO TRIBUTARIO PARA LA REGIÓN SELVA

Datos:

El comerciante Orlando Rengifo Pinchi, domiciliado con su negocio en el departamento de Loreto con RUC 10203040501, con teléfono 4727335, presenta una solicitud por reintegro tributario de selva por el IGV por mes de agosto de 2015, por el importe de S/. 20,000. Su declaración con PDT 621 tiene el número de orden 12807378 generado por el sistema de la SUNAT. El contribuyente pide que la devolución sea con cheque no negociable.

Datos adicionales:

El Señor Rengifo efectuó ventas no gravadas en el mes de agosto de 2011 y en este mismo período realizó compras de mercaderías afectas a reintegro tributario cuyo IGV asciende a S/ 20,000.

SOLUCION:

En este caso el comerciante presenta su solicitud por el período agosto de 2011, por el importe de S/ 20,000, sin embargo el monto del reintegro tributario a otorgarse no podrá ser superior a S/ 9,000 por efecto del límite de ventas no gravadas, determinándose un saldo arrastrable de S/ 11,000 a incluirse en solicitudes de devolución de los próximos meses hasta su agotamiento.

CASO PRÁCTICO 02

La empresa “Iquitos SAC” tiene constituido su domicilio fiscal en la ciudad de lima y apertura una sucursal en la ciudad de Iquitos. Se consulta si las ventas que realice la empresa en la sucursal gozan de algún beneficio  tributario previsto en la ley N° 27037.

SOLUCION:

Siendo que la empresa “Iquitos SAC” tiene su domicilio fiscal en lima no procede el acogimiento a los beneficios de la ley N° 27037.

CASO PRÁCTICO 03

  • Mes de mayo del 2013

DETALLE DE LAS COMPRAS

VALOR DE VENTA

IGV

PRECIO DE VENTA

COMPRAS GRAVADAS

10,000.00

1,800.00

11,800.00

COMPRAS NO GRAVADAS

20,000.00

 

20,000.00

 

30,000.00

1,800.00

31,800.00

DETALLE DE LAS VENTAS

VALOR DE VENTA

IGV

PRECIO DE VENTA

VENTAS GRAVADAS

12,000.00

2,160.00

14,160.00

VENTAS  NO GRAVADAS

8,000.00

 

8,000.00

 

20,000.00

2,160.00

22,160.00

NOTA: el total de compras gravadas están destinadas a operaciones no gravadas.

SE PIDE: determinar el monto que se puede solicitar en reintegro

SOLUCION:

TOTAL DE IGV PAGADO EN COMPRAS

1,800.00

LIMITE PARA REINTEGRO 18% DE LAS VENTAS NO GRAVADAS (18%*8,000)

-1,440.00

 

360.00

  • De  acuerdo a las ventas no gravadas, solamente se puede solicitar el reintegro por el mes de mayo, el importe de s/. 1,440.00.
  • El  importe de s/. 360 es arrastrable para el mes siguiente.

CASO PRÁCTICO 04

La  empresa SAN MARTIN SAC,  ubicada en la ciudad de Tarapoto departamento de San Martin, se dedica a la producción de aguaje. En  este mes de julio  del año 2015, ha tenido ventas totales por 35,000.00.

Determinar el impuesto a la renta que le toca pagar.

SOLUCION:

En  este caso no se puede determinar el impuesto a la renta porque el aguaje está calificado como cultivo nativo y/o alternativo. En  este caso esta exonerado de pagar el impuesto a la renta.

CASO PRÁCTICO 05

La empresa “Mondragón S.A.C” con Ruc N° 20153656849, ubicada en el distrito de Lamas, provincia de Lamas, departamento de San Martin dedicada a las actividades turísticas, en el mes de enero de 2015 realizó ventas por s/.150,000.00 exoneradas de IGV por servicios prestados en la zona. Las compras del mes en la zona ascendieron a s/. 120,000.00. Asimismo la empresa inicio operaciones en julio de 2014 y el resultado de dicho ejercicio fue perdida tributaria.

Se pide determinar el porcentaje del pago a cuenta del impuesto a la renta a realizar por el mes de enero del 2015.

SOLUCION: 

Determinación del sistema de pagos a cuenta mensuales

Tomando en cuenta que la empresa obtuvo perdida tributaria en el ejercicio 2014, a partir del mes de enero hasta diciembre del año 2015 deberá realizar sus pagos a cuenta mensuales del impuesto a la renta de acuerdo con el sistema de porcentaje de 0.7%

CASO PRÁCTICO 06

La empresa CAMPANITA S.R.L se encuentra ubicada en el departamento de Loreto, provincia de Iquitos, dicha empresa se dedica a la crianza de peces y toda su actividad económica lo desarrolla en dicho lugar mencionado anteriormente, está sujeto a la ley de la amazonia n° 27037 el cual cumple con todos los requisitos. Se necesita saber cuánto es la diferencia que se ha pagado en el año 2014 en comparación con la empresa “RETOÑO S.R.L” ubicado en la ciudad de Piura y que se dedica al mismo rubro.

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