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Rechos Humanos


Enviado por   •  16 de Septiembre de 2012  •  Ensayos  •  1.255 Palabras (6 Páginas)  •  379 Visitas

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simplemente moral, puesto que el país ha suscrito,

el Pacto de San José (1969), la Convención Americana sobre De34

rechos Humanos, que en su artículo cuarto, dedicado a la protección

del derecho a la vida, prohíbe el restablecimiento de la pena

de muerte en los países que la han abolido.

Para concluir, la vida es un derecho básico, pero también un

derecho controvertido. Los debates mencionados acerca de la pena

de muerte y del derecho a los medios de subsistencia, junto con

las controversias acerca de temas como el aborto, la eutanasia y

la guerra así lo indican. De todas formas en un medio como el

nuestro, en el que cada año mueren de forma violenta un promedio

de 27 mil personas, el derecho a la vida en todas sus dimensiones

-como derecho frente a la violencia externa y como derecho

a las condiciones para una vida digna- merece una atención

prioritaria. La protección eficaz de este derecho constituye también

un reto para el Estado, puesto que una de sus funciones básicas

es precisamente la de salvaguardar este bien elemental que

es la vida

nalizado a través de la intervención de la

sociedad y del Estado; la asimilación de la sociedad a un organismo,

y del individuo a un miembro del mismo, ha sido tradicionalmente

utilizada para reprimir o recortar las libertades individuales

y contrasta, de manera evidente, con la lógica de los Derechos Humanos;

no está comprobada la capacidad de intimidación de la pena

de muerte para disuadir a los criminales potenciales, ni existen pruebas

contundentes de que la abolición de la pena de muerte implique

un incremento en la tasa de homicidios, o, al revés, que su

restablecimiento signifique la caída de tal índice; resulta inapropiada

la analogía de la pena capital con la legítima defensa, puesto que

la sociedad política, a diferencia del individuo, cuenta con formas

alternas de defensa; frente al argumento que apela a un supuesto

consenso mayoritario habría también que recordar que existe en la

actualidad una tendencia a invertir este consenso, debido a la gradual

pérdida de legitimidad de la pena capital.

Históricamente la lucha por la abolición de la pena de muerte

surge en el contexto de las teorías preventivas, que conciben la pena

como un antídoto para posibles violaciones futuras, más que como

una retaliación por el crimen realizado. De acuerdo con este nuevo

enfoque del derecho penal, adquiere una relevancia

siempre mayor la cuestión relativa a la eficacia de las

penas para asegurar la convivencia y las instituciones:

si la función esencial de la pena es la de disuadir a los

criminales potenciales, es necesario evaluar qué tan

grande es el poder de intimidación de la pena capital

en comparación con otros medios de los que dispone

el cuerpo común para lograr este mismo objetivo, como

el encierro y la cadena perpetua. A juicio de autores

como Beccaria (De los delitos y de las penas, 1764) o

Voltaire (Comentario sobre el libro De los delitos y las

penas, 1766 ), estos instrumentos alternos resultarían

infinitamente más eficaces para prevenir nuevos crímenes,

y no tendrían los efectos perjudiciales propios de

la pena de muerte: riesgo de que una persona inocente sufra, de

manera irreversible, un castigo inmerecido; el estigma que recae sobre

los familiares del ejecutado; el efecto criminógeno producido

por el espectáculo de la ejecución, que a menudo debilita el respeto

por el derecho a la vida ante la evidencia de que el Estado puede

recortarlo y desconocerlo.

Los argumentos de corte utilitarista contra la pena de muerte pueden

ser contrastados empíricamente. Sin embargo, en caso de que se

pudiese demostrar con datos inequívocos -lo que hasta ahora no se ha

logrado- que la pena de muerte resulta eficaz como instrumento de

coacción, disuasión e intimidación, no habría razones para oponerse a

ella. A este respecto, más contundentes resultan los argumentos sus-

tentados en razones morales y en derechos: de acuerdo con este enfoque

el rechazo a la pena de muerte se sustenta en la incompatibilidad

de esta clase de castigo con el derecho a la vida y con el respeto de la

dignidad

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