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Relacion juridica tributaria (Derecho Tributario Material)


Enviado por   •  17 de Mayo de 2014  •  Trabajos  •  1.359 Palabras (6 Páginas)  •  413 Visitas

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RELACION JURIDICA TRIBUTARIA (Derecho Tributario Material)

1.- Relación Jurídica Tributaria

Es el vínculo jurídico obligacional surgido en virtud de las Normas reguladoras de las obligaciones tributarias que permiten al fisco como sujeto activo, la pretensión de una prestación pecuniaria a título de tributo por parte de un sujeto pasivo que está obligado a la prestación.

La relación Jurídica Tributaria es pues, el vínculo jurídico entre el Estado, que es acreedor Tributario, o una entidad pública, que en virtud de una ley posee este derecho, y el sujeto pasivo que puede ser el contribuyente ( generador de esos supuesto legales ) o los responsables ( aquellos que sin tener la condición de contribuyentes, deben cumplir la obligación atribuida a este). Este vínculo Jurídico, cuyo principal objeto es el tributo, se origina al cumplirse los presupuestos hipotéticamente encuadrados en la Ley.

Los sujetos de esta relación son el sujeto activo o acreedor tributario, que es el Estado o la entidad pública a la cual se le ha delegado potestad tributaria por ley expresa, y el sujeto pasivo o contribuyente, quién se halla obligado a realizar la prestación dineraria objeto de la relación jurídico tributaria. Pudiendo ser persona natural o jurídica.

1.1 Antecedentes:

La génesis de esta expresión y su conceptualización se remonta a los trabajos de Gianini , quien la define como una relación jurídica especial surgida entre el Estado y los Contribuyentes a partir de las normas reguladoras de las obligaciones tributarias. Para Gianini esta relación jurídica especial es de naturaleza compleja lo cual nos lleva a uno de los problemas más debatidos en la doctrina tributaria, pues existe gran controversia: su contenido.

Este alcance, hace necesario reconducir la presente exposición a la confusión terminológica que se presenta al utilizar indistintamente “Relación Jurídico-Tributaria” como sinónimo de “Obligación Tributaria”, lo que los legisladores tributarios lo definen en el actual código Tributario, en el artículo 1º del D.L. 816, que define a la Obligación Tributaria como el vínculo entre el acreedor tributario y el deudor tributario, como se puede entender hay una confusión de términos en nuestro actual código, doctrinariamente no se puede aceptar ya que la Obligación Tributaría es parte de la Relación Jurídica Tributaria, y no deja de ser definitivamente la parte más importante.

1.2 Características :

Presenta las siguientes:

1.2.1 Relación o Vinculo Obligacional “Ex Lege”. - según Jarach lo define como que no surge una pretensión de la administración al tributo y de manera correspondiente una obligación para el particular, si una ley, en el sentido material y no formal, no prevé el hecho jurídico que le da nacimiento, los sujetos a los cuales corresponde la pretensión y la obligación y la medida de ésta. Este principio establece un paralelismo entre el Derecho Tributario y el Derecho penal, que se basan sobre principios que significan la existencia de un conjunto de normas destinadas a prever los hechos que constituyen en ilícitos penales

y establecer las penas que a ellos corresponden. De la misma manera en principio significa la existencia de un “corpus” de normas jurídicas destinadas a prever los hechos que dan lugar al nacimiento de obligaciones tributarias y el monto de éstas y los sujetos a los cuales la obligación corresponde. Es claro

que la fuente inmediata de este vínculo obligacional es la ley. Sin embargo las obligaciones legales o “ex lege” no sólo resultan de la ley sino que también deben estar unidas a la realización de un hecho que el Derecho Positivo le da la calidad de generador de ese vínculo obligacional.

1.2.2. Relación de Derecho y Poder.- Para la Teoría de la relación tributaria como “Relación de Poder ”sostenida por parte de la doctrina germánica clásica “la relación existente entre el Estado y los particulares no es una relación de Derecho, sino una relación entre un poder superior y unos sujetos sometidos a ese poder, por lo cual han designado con el nombre de “Gewaltverhatnis” que quiere decir relación de fuerza o relación de poder”.

Este planteamiento en el ámbito doctrinal, llevó a excesos en

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