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Religión, leyes y psicología


Enviado por   •  31 de Mayo de 2017  •  Apuntes  •  957 Palabras (4 Páginas)  •  69 Visitas

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A continuación, presentamos una serie de entrevistas realizadas a diferentes expertos, ya que en el trabajo las áreas abarcadas son Religión, leyes y psicología .

Por este medio realizamos la entrevista a un sacerdote de la iglesia católica

  1. ¿Qué es el aborto procurado? 
    El aborto procurado es la eliminación deliberada y directa, como quiera que se realice, de un ser humano en la fase inicial de su existencia, que va de la concepción al nacimiento. Así ha sido declarado el 23 de Mayo de 1988 por el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos: 

    “El aborto no es sólo matar el fruto inmaduro del vientre, sino toda acción que de cualquier modo y en cualquier momento conduzca a su muerte. El castigo afecta a todos los que intervienen en el aborto y no sólo a la madre que mata o hace matar a su hijo”.(2) 

    2. ¿Por qué se considera un “crimen horrendo” al aborto? 

    El aborto es un “crimen horrendo”, como lo calificó el Concilio Vaticano II(3), porque consiste en quitar la vida a una criatura inocente, que no ha cometido ningún delito. Además, se agrava el crimen por ser la víctima una criatura que tendría derecho al amor de sus padres y que no alcanzará a disfrutar de ninguno de los bienes de la vida, principalmente del Bautismo y las gracias del cristianismo. Finalmente, este crimen se comete contra alguien absolutamente incapaz de defenderse y muchas veces no es eficazmente sancionado por la justicia humana, razón por la cual se debe temer aún más el juicio divino. 

    3. ¿En qué incurre quien realiza o consiente que le realicen un aborto? 

    Quien consciente y deliberadamente practica un aborto o acepta que se lo practiquen o presta una colaboración indispensable para su realización incurre en una culpa moral y en una pena canónica; es decir comete un pecado y un delito.

4. ¿Con qué pena sanciona la Iglesia el aborto directamente provocado? 

La Iglesia sanciona el aborto directamente provocado con pena canónica de excomunión no sólo a la madre y al médico que interviene, sino a toda persona que sin su ayuda no se hubiera realizado este delito contra la vida humana. El canon 1398 del Código de Derecho Canónico dice: “Quien procura un aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae”. 



5. ¿Qué quiere decir incurrir en excomunión? 

Quiere decir caer en una pena o censura, por la que se excluye al sujeto de la comunión eclesiástica y, en consecuencia, no puede celebrar sacramentos o sacramentales, ni recibir los sacramentos, ni participar como ministro en cualesquiera actos de culto, ni desempeñar oficios, ministerios o cargos eclesiásticos o realizar actos de régimen.(5) 

6. ¿Qué quiere decir que una excomunión es latae sententiae? 

Con esta expresión se quiere decir que el que incurre en ella queda excomulgado automáticamente, por el hecho mismo de haberse cometido el delito, sin necesidad de que ninguna autoridad de la Iglesia lo declare de manera expresa. 

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