ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Teoria De Estado

luchicuhi14 de Julio de 2015

2.947 Palabras (12 Páginas)297 Visitas

Página 1 de 12

¿En que casos o en que tipos de normas responden a supuesto /consecuencia?

Al hablar de supuesto y consecuencias ,hablamos de la estructura del estado algunas normas poseen ambos y otras no como podremos entender en lso siguientes párrafos:

1.1Supuestos jurídicos independientes –específicos- dentro supuestos jurídicos complejos.

Para efectos del objeto del presente trabajo, -la existencia de tipos penales específicos independientes dentro de un tipo penal complejo-, es necesario determinar si el género -supuesto jurídico de la norma jurídica- contiene supuestos jurídicos específicos independientes, es decir, aquel supuesto jurídico que se realiza sin depender de otro supuesto jurídico que se halla junto con él, para producir la consecuencia jurídica; para ello, se examinará la clasificación de supuestos jurídicos, referidos a supuestos jurídicos simples y supuestos jurídicos complejos.

1.1.1.- Supuestos jurídicos simples.

El supuesto jurídico simple, es aquel que contiene solo una hipótesis jurídica claramente determinada, cuya realización permite la aplicación de la sanción o la concesión del derecho previsto en la consecuencia jurídica; en este sentido expresa Monroy Cabra, quien señala que "supuestos simple son aquellos compuestos de un solo dato jurídico…"y precisa que "…supuestos...simples, cuando dependen de una sola hipótesis normativa…"]; y por su lado, García Máynez expresa que "los supuestos jurídicos…simples…están constituidos por una sola hipótesis…"

Ejemplo de esta clase de supuesto jurídico se tiene en el artículo 106 del Código Penal –homicidio simple- cuyo supuesto de hecho esta descrito:

"El que mata a otro…".

En este supuesto, el comportamiento descrito consiste en que una persona mate a otro, en cuyo caso, será sancionado con la pena respectiva; este supuesto jurídico es simple, porque, sólo tiene un único supuesto jurídico.

1.1.2Supuestos jurídicos complejos.

Un supuesto jurídico complejo, es aquel supuesto que contiene dos o más supuestos o hipótesis jurídicas simples, que pueden ser dependientes entre sí o independientes entre sí. Un supuesto jurídico complejo puede estar conformado únicamente por varios supuestos jurídicos simples independientes entre sí, o puede estar conformado únicamente por varios supuestos jurídicos dependientes entre sí, o puede estar conformado por ambos tipos de supuestos jurídicos, es decir, por supuestos jurídicos simples independientes y dependientes entre sí; así conceptuó el autor García Máynez, quien expresa que "los supuestos jurídicos…complejos…se componen de dos o más supuestos simples. Como ejemplo…el homicidio calificado…el supuesto jurídico complejo encierra las siguientes hipótesis: a.- El homicidio, b.- La premeditación, c.- La alevosía y d.- La ventaja.]; en igual sentido define Monroy Cabra, que señala que "…cuando la norma prevé la realización de dos o más hipótesis, hay supuesto complejo..."

Como ejemplo de este supuesto jurídico, se tiene la norma jurídica del artículo 368 del Código Penal –resistencia y desobediencia a la autoridad-, que prescribe:

"El que desobedece o resiste la orden impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de la propia detención…".

En esta norma jurídica compleja, existen 2 supuestos jurídicos independientes entre sí, a saber:

a.- El que desobedece la orden impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de la propia detención; y

b.- El que resiste la orden impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de la propia detención.

Por su parte Rubio Correa, pone como ejemplo de supuesto jurídico complejo el artículo 1969 del Código Civil, quien indica que "…como ejemplo el artículo 1969 del Código Civil en su primera parte…dice: Aquel que por dolo o culpa causa un daño a otro está obligado a indemnizarlo. Aquí hay dos normas cuyos supuestos tiene dos elementos cada uno:"

-Un hecho atribuible al agresor por dolo y un daño a la víctima.

-Un hecho atribuible al agresor por culpa y una daño a la víctima.

Los supuestos jurídicos complejos, pueden ser dependientes o independientes, según requieran la concurrencia conjunta de los supuestos o independiente para la producción de la consecuencia jurídica.

1.2.- Supuestos jurídicos independientes y supuestos jurídicos dependientes.

1.2.1.- Supuestos jurídicos dependientes, dentro de supuestos jurídicos complejos.

El supuesto jurídico dependiente de la norma jurídica, está constituido por dos o más hipótesis jurídicas, que deben realizarse en forma conjunta para producir la consecuencia jurídica, sí se realiza sólo uno de los supuestos, entonces, la consecuencia jurídica no se aplica; en cuyo sentido afirma Monroy Cabra, señalando que el supuesto jurídico complejo es "…dependiente cuando se requiere la realización de todos los supuestos para que nazca las consecuencias jurídicas…La dependencia de los supuestos jurídicos dependientes puede ser simultánea (si estos supuestos se dan al mismo tiempo) o sucesiva (si los supuestos se realizan uno después de otro)."[24]

Por su parte García Máynez, señala "los hechos jurídicos, dice Schreier, divídanse en dependientes e independientes. Adoptando la fórmula de Husserl…los primeros…aquellos en relación con los cuales vale la ley de que sólo pueden existir como partes de un todo…"[25]

Dos más supuestos jurídicos son dependientes, ya que, son interdependientes entre sí para permitir la aplicación de la consecuencia jurídica, de tal manera que si se produce sólo uno de los supuestos dependientes, entonces no es aplicable la consecuencia jurídica.

1.2.2.- Supuestos jurídicos independientes, dentro de supuesto jurídicos complejos.

Un supuesto jurídico es independiente, cuando su realización independiente de la producción de otros supuestos jurídicos que contiene el supuesto jurídico complejo, da lugar a la exigencia de las consecuencias jurídicas, es decir, un supuesto jurídico es independiente, cuando para producir la consecuencia jurídica, no requiere que se realicen otros supuestos con los cuales conforman el supuesto jurídico complejo.

Como ejemplo de esta clase de supuestos jurídicos se tiene la norma jurídica del primer párrafo del artículo 107 del Código Penal que prescribe:

"El que, a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a quien es o ha sido su cónyuge, su conviviente, o con quien esté sosteniendo o haya sostenido una relación análoga será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años ».

Esta norma, no sólo contienen 02 supuestos jurídicos independientes, sino, varios a saber:

- El que, a sabiendas, mata a su ascendiente natural.

-El que, a sabiendas, mata a su ascendiente adoptivo.

-El que, a sabiendas, mata a su descendiente natural

-El que, a sabiendas, mata a su descendiente adoptivo

-El que, a sabiendas, mata a su cónyuge.

-El que, a sabiendas, mata a su conviviente.

-El que, a sabiendas, mata a quien ha sido su cónyuge.

-El que, a sabiendas, mata a quien ha sido su conviviente.

-El que, a sabiendas, mata a la persona con quien esté sosteniendo una relación análoga (a conviviente).

-El que, a sabiendas, mata a la persona con quien haya sostenido una relación análoga (a conviviente).

Estos supuestos jurídicos son independientes dentro del supuesto jurídico complejo, debido a que, con la realización de cualquiera de las hipótesis jurídicas identificadas como independientes, se aplica la consecuencia jurídica de la pena privativa de libertad no menor de quince años, es decir, si una persona mata a su ascendiente natural, conociendo la relación de parentesco, entonces se aplica la pena prevista por la norma jurídica penal, sin necesidad de que sea necesario la realización de otro u otros supuestos jurídicos.

En el sentido conceptuado, expresa el autor Monroy Cabra, quien señala que un supuesto jurídico, dentro de la hipótesis jurídica compleja "…será independiente cuando la realización de uno no dependa de la realización de otro para producir consecuencias de derecho…"[26]; por tanto, un supuesto jurídico independiente es aquel cuya realización en la realidad jurídico social, no depende la realización de otro supuesto jurídico con el cual se encuentra prescrito en el supuesto jurídico complejo, para producir consecuencias jurídicas previstas por la norma jurídica.

Por su parte García Máynez abordando los supuestos jurídicos independientes, como una sub clasificación de supuestos jurídicos complejos, expresa que los "…hechos jurídicos independientes son los que producen por sí mismos consecuencias de derecho, sin necesidad de hallarse unidos a otros…"[27]; en consecuencia, para este autor, un supuesto jurídico es independiente cuando por sí mismo produce consecuencias previstas por la norma, sin necesidad de estar unidos a otros supuestos jurídicos previstos en el supuesto jurídico complejo.

Del concepto de supuesto jurídico independiente, como aquella hipótesis jurídica existente dentro del supuesto jurídico complejo, se desprende con claridad, que existen supuestos jurídicos específicos con autonomía de realización y por tanto de producción de consecuencias jurídicas, dentro de un supuesto jurídico complejo,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (20 Kb)
Leer 11 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com