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Convenio de coordinación y colaboración interinstitucional

luisonmexPráctica o problema19 de Julio de 2025

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CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL, QUE CELEBRAN POR UNA PRIMERA PARTE, LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR LICENCIADO DANIEL DE LA ROSA ANAYA, A QUIEN EN LOS SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA SSPE”; Y POR UNA SEGUNDA PARTE, LA ASOCIACIÓN DE TÉCNICOS AUTOMOTRICES DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ASOCIACIÓN”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU DELEGADO TEC. LUIS ENRIQUE FELIX MONTES; A QUIENES EN LO SUCESIVO, ACTUANDO CONJUNTAMENTE E INDISTINTAMENTE SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”; MISMAS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2014-2019, en su Eje uno denominado “Seguridad y Justicia Integral y Estado de Derecho”, establece como objetivo general: garantizar el orden y la tranquilidad de la sociedad aumentando la eficiencia de la administración y procuración de la justicia, mejorando las condiciones de seguridad pública y salvaguardar la integridad y los derechos humanos de los bajacalifornianos.
  1. Que el citado Plan Estatal de Desarrollo dentro del Eje referido en el punto anterior, en el Sub Eje 6.6 denominado “Reinserción y Reintegración Social”, señala como objetivo el garantizar un tratamiento que atienda de manera integral todos los aspectos de conducta y desarrollo humano de la población penitenciaria, como es la salud física y mental, educación, trabajo, deporte, capacitación, cultura, recreación, familia y apoyo espiritual; disminuyendo a su máxima expresión la reincidencia criminal.
  1. Que el Programa Sectorial de Seguridad Integral y Estado de Derecho de Baja California 2014 – 2019, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California en fecha 24 de abril de 2015, establece en el Sub Eje 3.6 denominado Reinserción y Reintegración Social, como objetivo estratégico el garantizar un tratamiento que atienda de manera integral todos los aspectos de conducta y desarrollo humano de la población penitenciaria, como es la salud física y mental, educación, trabajo, deporte, capacitación, cultura, recreación, familia y apoyo espiritual; disminuyendo a su máxima expresión la reincidencia criminal.
  1. Que la Ley de Planeación para el Estado de Baja California, en sus artículos 51 y 52 fracción V, establece: Que la ejecución de  los planes, programas, se llevará a cabo a través de vertientes, entendiéndose por estas, el conjunto de acciones que llevarán a cabo las autoridades responsables de la planeación, sus relaciones entre sí y con los sectores sociales que en ella participan. Que tales actividades se realizarán a través de los acuerdos institucionales que celebren dependencias y entidades de la Administración Pública entre sí.
  1. Que la Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales para el Estado de Baja California, establece en sus artículos 57 y 61, que el sistema de reinserción social de los Internos estará orientado y sustentado en el marco teórico y técnico del Modelo estratégico y tendrá carácter individual, progresivo y técnico, y se integrará por los períodos de observación y diagnóstico, tratamiento de reinserción y seguimiento post liberacional;
  1. Que la Ley del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes del Estado de Baja California establece en su artículo 27, fracción IX como un derecho del adolescente sujeto a internamiento “Cursar la educación obligatoria y recibir instrucción técnica o formación práctica sobre un oficio, arte o profesión, recibir o continuar con su enseñanza”.

DECLARACIONES

I. DECLARA “LA SSPE”:

I.1. Que conforme a lo dispuesto en los artículos 17 fracción XI, y 38 fracciones I, XIX, XXV, XXXI, XXXIV y XXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, “LA SSPE” es la dependencia de la Administración Pública centralizada, entre sus atribuciones se encuentra: el desarrollar las políticas de seguridad pública en el Estado…; Crear programas con el apoyo de otras dependencias del Ejecutivo del Estado, para la prevención del delito, combate a la delincuencia, tratamiento de adicciones y todo tipo de factores que incidan en la delincuencia, promoviendo la participación y concientización de la comunidad, así como la promoción de valores; Administrar y operar el Sistema Estatal Penitenciario, regular la clasificación de internos, diseñar y ejecutar programas de reinserción social; ejecutar las penas por delitos de orden común, dictadas por las autoridades judiciales competentes; y vigilar el cumplimiento de las libertades anticipadas y demás beneficios judiciales, en términos de la normatividad aplicable.

I.2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento Interno de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Baja California, la representación de “LA SSPE” le corresponde originalmente al Secretario, quien de conformidad con los artículos 38 fracción XXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, y 7 fracción XXIV, del reglamento antes señalado, se encuentra facultado para suscribir convenios en el ámbito de su competencia con otras dependencias, entidades, gobiernos estatales, municipios, instituciones y organismos no gubernamentales, que se consideren necesarios para la consecución de los objetivos de la Secretaría.

I.3. Para los efectos del presente Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Avenida De Los Héroes y De La Libertad No. 399, Centro Cívico y Comercial de la ciudad de Mexicali, Baja California, C.P. 21000.

II. DECLARA “LA ASOCIACIÓN”:

II.1 Ser una Asociación Civil, constituida legalmente conforme a la leyes mexicanas, mediante escritura pública ---- Volumen ------ de fecha ----------, pasada ante la Fe del Notario Público Número ---- de la municipalidad de -----, Baja California.

II.2 Que su objeto social es --------------------------------

II.3 El Tec. Luis Enrique Felix Montes cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente Convenio de Coordinación y Colaboración, lo cual acredita con Escritura Pública Número -----, Volumen ------ de fecha ------, pasada ante la Fe del Notario Público Número ---- de la Ciudad de ------, Baja California.

II.4 “LA ASOCIACIÓN” para el cumplimiento de su objeto tiene entre sus atribuciones las de ----------------------------------------.

II.5 Para los efectos del presente Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Calle Rosamel Barrera No. 1113, Infonavit Cucapah en la Ciudad de Mexicali, Baja California.

III. DECLARAN LAS PARTES QUE:

III.1. Se reconocen  la personalidad con la que comparecen a la suscripción del presente Convenio.

III.2. En mérito de los Antecedentes y Declaraciones mencionados, acuerdan celebrar el presente Convenio al tenor de las siguientes

CLÁUSULAS:

PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases de apoyo y colaboración entre “LAS PARTES”, a efecto de brindar Programas de Capacitación y Adiestramiento a los internos y adolescentes de los Centros de Reinserción Social, Centro de Diagnóstico para Adolescentes y Centro de Ejecución de Medidas para Adolescentes del Estado, Baja California, así a los liberados y sus familias, como parte de un Programa Integral de Tratamiento encaminado a lograr la reinserción social de los internos, adolescentes y liberados.

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