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Desarrollo del concepto de culpabilidad


Enviado por   •  19 de Abril de 2024  •  Resúmenes  •  1.140 Palabras (5 Páginas)  •  29 Visitas

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LA CULPABILIDAD

Definición: La culpabilidad es el fundamento para responsabilizar personalmente al autor de una acción típica y antijurídica y sancionarlo mediante una pena. Es el reproche dirigido al sujeto por haber actuado contario a derecho, pudiendo haber actuado de otro modo.

Por nuestra parte, la culpabilidad consiste en imputar responsabilidad penal a un individuo por una acción delictiva (injusto penal), sobre la base de la exigibilidad en un ámbito comunicativo, en atención a condicionamientos reconocibles, en una determinada práctica social.

DESARROLLO DEL CONCEPTO DE CULPABILIDAD.

En el desarrollo del concepto de la culpabilidad se distinguen diversas etapas:

  1. La concepción psicológica de la culpabilidad (sistema Liszt-Beling) postula un concepto naturalístico de la culpabilidad e intenta reconducir los conceptos jurídicos a datos empíricos. En este sentido, la culpabilidad se define como una relación subjetiva entre el acto y el autor que solo puede ser concebida psicológicamente.
  2. La concepción normativa de la culpabilidad (Reinhard Frank, 1966) sostiene que la culpabilidad se basa en tres elementos del mismo rango: imputabilidad, culpa o dolo, y normalidad de las circunstancias concurrentes.
  3. La concepción funcionalista de la culpabilidad es una perspectiva en la teoría del derecho penal que se enfoca en la función y los objetivos del sistema de justicia penal en lugar de centrarse únicamente en la culpabilidad del individuo. Esta concepción se basa en la idea de que el sistema de justicia penal debe cumplir ciertas funciones sociales y que la culpabilidad del infractor debe ser evaluada en función de cómo contribuye al logro de estos objetivos.

Culpabilidad personal y culpabilidad por el hecho.

La culpabilidad personal se basa en las características personales del sujeto para atribuir responsabilidad, dejando de lado sus acciones. (ejemplo, una persona tiene la intención de matar a otra)

La culpabilidad por el hecho atribuye responsabilidad al sujeto en relación a la conducta, al hecho cometido por él, dejando de lado cualquier característica personal. (ejemplo, una persona vende un producto vencido que le causa daño a la salud de otra, el vendedor no tenía conocimiento, pero se le atribuye el hecho de vender productos en mal estado.)

ELEMENTOS DE LA CULPABILIDAD.

En nuestro derecho penal, se reconocen como elementos de la culpabilidad:

  • Imputabilidad: se entiende por imputabilidad la capacidad de una persona para ser motivada por la norma penal, esto es, que el sujeto tenga la capacidad para entender que debe evitar determinadas conductas, que tenga facultades psíquicas para poder comprender que la conducta que está realizando va en contra del derecho.
  • probabilidad de conocimiento de la antijuridicidad: la culpabilidad exige que el sujeto activo haya conocido que su conducta era contraria a derecho, que el sujeto sepa que la conducta que está realizando es contrario a derecho porque lo prohíbe la ley penal, por ejemplo, saber que matar está prohibido, ese conocimiento que tiene el sujeto respecto a su conducta es lo que se conoce como conciencia de la antijuridicidad del hecho.
  • exigibilidad de una conducta adecuada a derecho: después de haberse acreditado la imputabilidad y la conciencia de la antijuridicidad, faltará acreditar la exigibilidad de otra conducta, si al momento del hecho el sujeto se le podía exigir una conducta distinta al realizado.

El estado no puede exigir que el sujeto realice determinadas conductas que pongan en riesgo su vida, por ejemplo, en la omisión de auxilio, no se le puede exigir al sujeto que ayude a otro poniendo en riesgo su vida, o determinados miedos que tenga el sujeto, ejemplo, que padezca de vértigo etc.

Solo cabe dentro de esta figura el sujeto que se le podía exigir una conducta distinta al realizado, por ejemplo, los que tiene deber de auxiliar, no puede omitir el auxilio de una persona, (socorrista en una piscina)

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