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El derecho germánico


Enviado por   •  16 de Marzo de 2023  •  Apuntes  •  2.172 Palabras (9 Páginas)  •  27 Visitas

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TEMA No 6

EL DERECHO GERMÁNICO

Los puntos que salen en temario y que en teoría van para la evaluación son aquellos que tienen un “ ° ”, de resto son puntos agregados que pueden o no estudiar según lo deseen.

° Definición

     El derecho germánico, en su significación más general, es el conjunto de usos y practicas más sociales, observados por los diferentes pueblos llamados bárbaros, que habitaron en los primeros tiempos a orillas del Rin y las altiplanicies de Asia Central.

     En un principio estos pueblos poseían un derecho basado en la costumbre, por tanto, este no era escrito.

     El derecho germánico se manifiesta por medio de la practicidad, simplicidad de sus postulados y la rigurosidad de su derecho procesal. En este surgieron algunos códigos de leyes con el pasar del tiempo, promulgados por los reyes, como es el caso del Código Eurico.

     Este es uno de los ordenamientos jurídicos con mayor importancia e influencia histórica, de hecho, de este nacen las relaciones mancomunadas o la comunidad de bienes.

Principios Básicos En Que Se Inspira El Derecho Germánico

  1. Articulación de los criterios contrapuestos de la colectividad e individualidad.
  2. Religiosidad: la totalidad de las relaciones sociales incluyendo las jurídicas, se entiende como una orden dada por los dioses desde lo eterno, con quienes el derecho debe estar en armonía desarrollándolo en su esfera de normatividad propia.
  3. Reciprocidad: toda relación jurídica y todo derecho subjetivo, se concibe sobre la idea de la reciprocidad de obligaciones y derechos, entre los sujetos que participan en la relación o ejercen un derecho subjetivo.
  4. Materialidad: todo derecho debe concentrarse en actos comprensibles de los sujetos del derecho.
  5. Liberalidad: es un ordenamiento estricto, lo que significa que existe ex precepto ya formulado por escrito o consuetudinariamente.
  6. Publicidad:  los derechos deben usarse y las relaciones jurídicas concretarse de modo visible y audible.

° Características

  • Poseía un formalismo sencillo pero riguroso.
  • El juicio se desenvuelve como una lucha entre las partes, pero se sustituye por un contrato de conciliación entre los litigantes.
  • La demanda era interpuesta en forma solemne y bajo la invocación de los dioses.
  • Cuando las sentencias eran injustas se podía intentar una querella contra el juez que la había dictado.

A parte de estas se encontraban 10 más que hoy en día influyen en nuestro derecho:

  1. El derecho es el ordenamiento de la paz. Para el derecho penal germánico, aquel que irrumpe la paz, se coloca fuera de ley.
  2. La asamblea popular tenía como función elegir a los magistrados, declarar la guerra, concertar la paz, etc.
  3. La trasgresión de la paz en la familia, se originaba la enemistad, entre la víctima, el culpable y sus respectivas familias.
  4. El derecho a la venganza servía como castigo a los delitos de sangre o para cobrar el honor mancillado.
  5. Los autores de delitos graves eran declarados como malhechores públicos y por lo tanto cualquiera podía aprehenderlos e incluso quitarles la vida.
  6. Si alguien cometía un hecho sacrílego, era sacrificado en nombre de los dioses, para expiación de la comunidad.
  7. Los delitos leves eran reparados con la composición o suma en dinero que debía pagar el que los cometieran y en estos hechos, estaba ´prohibida la venganza de sangre.
  8. La vinculación jurídica está basada en el parentesco y la familia es la unidad del grupo social.
  9. Las tribus estaban agrupadas en aldeas y cada una legislaba sobre sus propios asuntos y administraba la propiedad común.
  10. Al desarrollarse las ciudades, adquirieron relevancia las instituciones municipales, se estableció la paz de la ciudad y la pérdida de la paz de la ciudad, con efectos locales solamente.

° Organización Social

     Uno de los cambios importantes que ocurrió en el pueblo gérmano, se basó en la organización social de los pueblos Germanos donde se veían individuos que estaban en calidad de dominadores Luego que estos pueblos se vuelven sedentarios, se ve que dichos individuos son el prototipo del señor feudal.

     Aparece realzada la clase noble por su intervención en las funciones públicas, asistiendo a los concilios, gobernando las provincias y formando parte de las curias de las ciudades. Entre los hispanos-romanos existía también una clase noble, la de los senadores, que se distinguían por su riqueza.

Los fideles Regis, eran clientes del Rey, constituidos bajo su patronato.

Lar bucelarios formaron una clase característica de los germanos; eran hombres libres colocados bajo el patrocinio de otros más poderosos e influyentes.

Colonos libres muchos plebeyos recibían tierras para cultivarlas y aprovecharse de ellas mediante el pago al dueño de la décima parte de los frutos y las prestaciones y obsequios acostumbrados. Con este contrato no perdían su condición de hombre libre, pero se unían al dueño de la tierra con un vínculo personal, especie de patrocinio en virtud del cual el dueño debía asistirlos y defenderlos.

Los Libertos, eran los hombres manumitidos de la esclavitud. Un hombre manumitido era un esclavo emancipado. Al hacer la manumisión podía otorgarse al liberto la libertad plena o bien imponerle la renta y prestaciones por razón de la tierra que se le daba con la condición de no enajenarlas.

Las sierros de la gleba: la clase de los colonos, caracterizada por la adscripción perpetua y hereditaria a la tierra, de manera que ni ellos podían abandonar, ni el señor podía separarlos de ella para dedicarlos a otra o a servicios personales. Los colonos podían tener propiedad, pagaban el diezmo de los frutos y otras cargas y servicios, denominadas prestaciones. El resto era suyo, y si reunían medios suficientes podían comprar tierras, pero no podían venderlas, según una ley de Chindasvinto.

° Organización Política Del Pueblo Germánico

° Instituciones Jurídicas: Familia, Propiedad Y Sucesión

Familia y Matrimonio:

     La familia en el Derecho Germánico, fue llamada "sippe", constituía la unidad de la organización y el gobierno social, estaba organizada fundamentalmente con una base patriarcal, como la romana; el varón era jefe supremo del grupo y mujeres e hijos estaban bajo su potestad o "mundium" y tenía el carácter del Derecho feudal.

Sus características más importantes eran:

a. Cuando el varón alcanzaba su mayoría de edad, adquiría pleno dominio sobre su persona y bienes personales.

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