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La visión sociológica del derecho

Nattalis NalEnsayo7 de Noviembre de 2025

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La visión sociológica del derecho

por Béla Pokol

En: Teoría General del Derecho. Edición Századvég, Budapest 2005. 425-435.p. (traducción)

A través de su función, el derecho proporciona prescripciones normativas para el comportamiento humano, es decir, prohíbe ciertos tipos de comportamiento y permite otros en una situación determinada. La tarea fundamental de la jurisprudencia es, por tanto, aclarar el significado de las interrelaciones entre las prescripciones normativas y garantizar así que no existan contradicciones de significado entre los muchos miles y decenas de miles de normas jurídicas. Sólo así es posible que las normas jurídicas a seguir en la vida cotidiana cumplan su función y no se ponga en peligro la seguridad jurídica. La jurisprudencia sustantiva analiza y desarrolla la totalidad de los conceptos jurídicos que garantizan la coherencia conceptual interna de un ámbito del Derecho y supervisa constantemente la coherencia de las normas jurídicas necesarias para situaciones vitales concretas. A partir de ahora, en función de los diferentes conceptos jurídicos en diversos grados, también se incluye en la consideración la coherencia de las normas jurídicas específicas y los conceptos jurídicos con los principios generales de justicia. Este enfoque se mueve así en la dimensión de la coherencia conceptual normativa. En un nivel más amplio, el filósofo del derecho hace lo mismo cuando, además de analizar el derecho sustantivo, se ocupa del contenido de los principios de justicia y de su relación entre sí, y a partir de ahí establece requisitos para las condiciones de un orden jurídico justo.

Sin embargo, el derecho, aunque cumpla su función en una dimensión normativa, es un fenómeno social como otros campos de actividad que cumplen una función social, por ejemplo, la economía, el arte, la ciencia, la política, etc., y cualquier fenómeno jurídico puede estudiarse desde el punto de vista de la facticidad, al igual que otros fenómenos sociales. Esta es la esencia del enfoque sociológico del Derecho, que puede formularse en contraste con el enfoque de la jurisprudencia teórica o la filosofía jurídica como un campo de análisis de la facticidad social y la causalidad o los efectos. Por ejemplo, mientras que el Derecho sustantivo del Derecho civil examina una regulación jurídica sobre la prenda o la fianza desde el punto de vista de cómo encajan estas garantías contractuales en el marco del Derecho contractual vigente en su conjunto, el enfoque sociológico del Derecho se pregunta con qué frecuencia se utilizan la prenda o la fianza como garantías contractuales en la práctica contractual cotidiana, desde el punto de vista de la ausencia de contradicciones de significado. O bien, ¿qué intereses sociales y qué desventajas sociales han favorecido la aparición de esta forma de prenda y caución en la práctica contractual cotidiana, y qué intereses sociales se verían favorecidos por normativas alternativas en este ámbito? En la sociología del derecho se pasa, por tanto, de la dimensión normativa a la dimensión fáctica, a la dimensión de los conflictos de intereses, causas y efectos sociales, a la hora de analizar las normas jurídicas y los fenómenos jurídicos. Si se observan los estudios sociológicos y las distintas líneas de investigación de la sociología del derecho desde este enfoque, se puede distinguir entre una concepción más estrecha y otra más amplia de la sociología del derecho. La sociología del derecho en sentido estricto sigue centrándose en las normas jurídicas, al igual que las ciencias jurídicas temáticas, y no es casualidad que la sociología del derecho se desarrollara

históricamente en las últimas décadas del siglo XIX. La sociología del derecho en sentido estricto, al igual que las ciencias jurídicas teóricas, se ocupa de las normas jurídicas y de las disposiciones jurídicas, pero de su coherencia real más que de la coherencia normativo- conceptual y de las posibles contradicciones lógicas. ¿O se pregunta qué intereses sociales y fuerzas políticas han dado forma a las normas jurídicas objeto de estudio y qué fuerzas políticas sirven al dominio de qué fuerzas políticas en las luchas sociales y qué grupos sociales se ven subordinados y desfavorecidos en el poder por las normas jurídicas objeto de estudio?

Pero seguimos en la estrecha sociología del derecho cuando el análisis examina cómo un gran código de derecho, escrito hace muchas décadas, ha sufrido cambios en épocas recientes

-¡no en el sentido de construcciones dogmáticas jurídicas! - por las fuerzas e intereses de los grupos sociales, y ¿qué fuerzas sociales estaban protegidas por este código en el momento de su creación, y cuáles lo estaban por los cambios en la dominación social en el curso de su transformación? Estos análisis sociológicos del derecho están vinculados por su enfoque en las normas jurídicas. Puede tratarse de una sociología histórica del derecho, como el análisis de Jean-André Arnaud del Código Civil francés, en el que muestra los efectos de la creciente dominación estatal-capitalista tras su surgimiento de los ideales liberal-capitalistas a través de los cambios en el Código Civil y, en particular, a través de las prácticas de reinterpretación del Tribunal de Casación, el más alto tribunal francés (Arnaud 1973). Pero lo mismo puede decirse del gran cuadro histórico-jurídico-sociológico de Morton Horwitz sobre el desarrollo del derecho estadounidense en los últimos doscientos años, que describe la historia jurídica estadounidense como el surgimiento del dominio del capital financiero comercial tras el dominio inicial de los grupos capitalistas agroindustriales. Por el contrario, la historia jurídica teórica tradicional analiza los mismos acontecimientos como una historia de cambios en la doctrina jurídica y de eliminación de posibles contradicciones.

Además de los análisis sociológicos históricos del derecho, otro ámbito de la sociología del derecho en sentido estricto es el estudio de la aplicación real de la legislación vigente en la actualidad. Mientras que el primer método consiste en visitar bibliotecas y archivos y examinar análisis históricos y descripciones de hechos, el segundo método consiste en elaborar cuestionarios empíricos y entrevistar a los afectados por la legislación en cuestión utilizando una metodología sociológica precisa. De este modo, es posible determinar con qué frecuencia se aplican determinadas disposiciones de una legislación más amplia. Por ejemplo, podemos ver que determinadas disposiciones de la legislación penal rara vez o nunca son aplicadas por las autoridades policiales y fiscales pertinentes, y que los actos prohibidos por estas disposiciones son prácticas habituales en la vida, prácticamente impunes, y que la gente puede incluso no ser consciente de que son actos que deberían ser punibles.

Además de la sociología del derecho más restringida, que se centra en las normas jurídicas, la sociología del derecho más amplia va más allá de las normas jurídicas e incluye en su análisis todo el ámbito del derecho y todos sus fenómenos. También podría decirse que es la sociología del sistema jurídico, además de la sociología del derecho en sentido estricto. Esta sociología del derecho más amplia también incluye, por ejemplo, el estudio de las distintas profesiones de la abogacía y sus relaciones entre sí. ¿Qué profesión domina el sistema jurídico de un país determinado y qué influencia tiene en el Derecho? ¿Está dominado por el colegio de abogados, como ocurrió en Alemania durante muchos siglos, o por un grupo de abogados, los "barristers", como ocurrió también en Inglaterra durante muchos siglos? Y de estos hechos se pueden extraer conclusiones sobre cómo funciona el Derecho en un país concreto y cómo ha cambiado. En el Derecho alemán, por ejemplo, el predominio de los profesores universitarios ha otorgado un papel importante a la doctrina jurídica conceptual, lo que ha conducido a la creación de extensos códigos de Derecho basados en conceptos jurídicos abstractos; en el Derecho inglés, la ausencia casi total de jurisprudencia académica

durante muchos siglos condujo al fracaso de la creación de un mundo de conceptos jurídicos abstractos y al desarrollo de una jurisprudencia casuística, basada en casos, que fue continuada posteriormente por la llegada de la legislación parlamentaria. Sin embargo, la sociología del derecho en un sentido más amplio también examina los orígenes sociales del poder judicial, su afiliación o no afiliación a grupos políticos, con el fin de extraer conclusiones sobre el funcionamiento del sistema jurídico en los distintos países. La sociología del derecho también incluye el análisis de estadísticas sobre la evolución del número de casos e intenta relacionar la evolución del número de casos en un área concreta del derecho con los cambios socioeconómicos. Por ejemplo, el declive del control y la gobernanza estatales y el aumento concomitante del papel regulador del mercado en diversos ámbitos sociales provocan un fuerte incremento del número de demandas civiles y mercantiles, mientras que el predominio de la organización estatal central de la sociedad reduce la frecuencia de las demandas. Esta investigación también se conoce como "persociología", mientras que la primera se conoce como "sociología de la abogacía". Todas ellas se caracterizan por su inclusión en la amplia sociología del derecho, la sociología del ordenamiento jurídico.

En las últimas décadas, la amplia educación jurídica en las universidades de la mayoría de los países del mundo ha dado lugar a una enorme expansión de la erudición jurídica académica, y el aumento de la capacidad de investigación ha llevado al estudio sociológico de cada vez más fenómenos jurídicos nuevos. Además, los ministerios de justicia y otras administraciones judiciales de muchos países han creado departamentos especiales para la investigación sociológica del derecho, tanto en el sentido estricto de sociología del derecho (por ejemplo, sobre la aplicación real de determinadas disposiciones legales) como en el sentido más amplio de sociología del derecho, que se ocupa del sistema jurídico en su conjunto. Visto desde otro ángulo, el número de estudios y trabajos en sociología del derecho se amplía por el hecho de que algunos de los que tradicionalmente se dedicaban a la investigación teórica sobre el derecho o la teoría jurídica ahora también realizan investigaciones en la dimensión normativa, incorporando al mismo tiempo un análisis de la dimensión sociológica del derecho. Como resultado de una amplia investigación en sociología del derecho en los EE.UU., en la actualidad existe una serie de estudios relevantes para la sociología del derecho en varias de las principales lenguas del mundo, especialmente en inglés. Estos materiales nos proporcionan una serie de contextos para comprender el funcionamiento del Derecho que, junto con las conclusiones de la dimensión normativa de la jurisprudencia sustantiva, nos ofrecen una visión más profunda del Derecho.

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