Una Vision de la Carrera de Derecho
Armando Cornejo TorresEnsayo17 de Mayo de 2019
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UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA[pic 1]
CENTRO UNIVERSITARIO DE SUR OCCIDENTE
CÁTEDRA: INTRODUCCIÓN AL DERECHO I
CATEDRÁTICO: LIC. JULIO ROBERTO RAMÍREZ SILVA
UNA VISIÓN DE LA CARRERA DE DERECHO
F:__________________________
NO. DE CARNÉ 201941642
ARMANDO CORNEJO TORRES
MAZATENANGO, SUCHITEPÉQUEZ. 6 DE MAYO DE 2019
SECCIÓN
B
ÍNDICE
Introducción 1
Contenido
Parte I
- ¿Dónde terminan mis derechos y dónde comienzan
los derechos de los demás? 2
- ¿Qué relación encuentra entre la cultura y el derecho? 4
- Explicar 5 normas valorativas y 5 normas explicativas 5
- ¿Qué normas sociales y/o morales se practican en su
Casa? 10
- Explicar 5 valores que rigen la conducta humana a
Diario? 11
- Diferencia entre lo justo y lo razonable? 16
- ¿Qué es una norma imperoatributiva? 18
- Explicar coercitividad de las normas? 19
- Jerarquía normativa de Hans Kelsen 22
Parte II
- Derecho 25
- Derecho Penal 25
- Derecho Civil 25
- Estado 26
- Derecho Constitucional 26
- Derecho Procesal 26
- Derecho Laboral 27
- Derecho Agrario 27
- Derecho Ambiental 28
- Derecho Notarial 28
- Derecho Mercantil 29
- Derecho Administrativo 29
- Derecho Tributario 30
- Derecho Internacional Público 30
- Derecho Internacional Privado 31
Bibliografía 32
Egrafía 33
Anexos 34
INTRODUCCIÓN
A continuación se presenta una serie de planteamientos, reflexiones y definiciones íntimamente relacionadas con el estudio de la carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado. De ahí, el nombre del trabajo. Se abarcan definiciones básicas de derecho, que se entiende como el conjunto de normas jurídicas que tienen como finalidad la realización de valores específicos, hasta planteamientos o interrogantes mezcladas con definiciones estipuladas anteriormente y raciocinios personales.
Este trabajo se realiza por el interés de conocer principios del Derecho, y cómo, no se necesita estar dentro de un tribunal para que éste sea aplicado. El derecho forma parte de nuestra, permanece con nosotros las veinticuatro horas del día. Jamás nos podremos separar de él; por lo tanto, es necesario saber y sobretodo reflexionar sobre estas nociones básicas. Y con mayor razón, nosotros, estudiantes de esta carrera.
Durante el presente, se tendrá como metodología interrogantes y definiciones desglosadas en tres partes. Esto con el fin de mayor comprensión.
PARTE I
- ¿Dónde comienzan mis derechos y dónde terminan los derechos de los demás?
ARTÍCULO 4. Libertad e igualdad
En Guatemala todos los seres humanos son libres e guales en dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienen iguales oportunidades y responsabilidades. Ninguna persona puede ser sometida a servidumbre ni a otra condición que menosprecie su dignidad. Los seres humanos deben guardar conducta fraternal entre sí.
Partiendo del artículo 4 de la Constitución Política de la República de Guatemala, podemos entender que todos los seres humanos tenemos derechos y deberes al estar en convivencia con otras personas debemos respetar también sus derechos sin vernos lastimados ni lastimar
Tus derechos van hasta cierto punto sin tener que afectar a los demás
Si se vive en un conjunto residencial, se vive en una comunidad; se tiene una casa y se tiene el derecho de arreglar la misma, o incluso el jardín de la misma; no obstante, no podemos ingresar en la casa de otro a arreglar las cosas que no te gustan o su jardín por más antiestético que este nos parezca y que se vea mal el conjunto. Deben respetarse las ideas de los demás. Podemos hacer con nuestros derechos lo que queramos, lo que haga el individuo de al lado, es su problema, no nuestro.
ARTICULO 5. LIBERTAD DE ACCIÓN
La persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohíbe, no está obligada a acatar órdenes que no estén basadas en ley y emitidas conforme a ella. Tampoco podrá ser molestada por sus opiniones o por actos que no impliquen infracción a la misma.
Ahora bien, teniendo a la vista el artículo 5 de la Carta Magna de Guatemala, podemos determinar que podemos hacer lo que deseamos siempre y cuando no presente una conducta inadecuada para la ley. Si por ejercitar nuestros derechos causamos un menoscabo en los derechos de terceros, tenemos que resarcirlo, porque abusamos e invadimos la esfera jurídica de otro.
Mi derecho termina donde comienza el de los demás. Esa frase funciona como reguladora, quiere decir que utilices tus derechos sin limitar los derechos de otros. Tu libertad termina donde empieza la mía.
Para Ulpiano, el derecho consistía en tres reglas o principios básicos: vivir honestamente, no dañar a los demás, y dar a cada uno lo suyo. Algo que compartimos prácticamente todas las personas. Y no podría estar más de acuerdo con este pensamiento.
A veces nos resulta sencillo exigir el respeto de nuestros derechos, sin notar que en ocasiones abusamos de los derechos de los demás sin ningún prejuicio, sin ninguna reflexión, tal vez por nuestra naturaleza de preservar nuestra manera de pensar, pero es importante que nos demos cuenta cuan grave es pasar ese límite invisible de la tolerancia, del respeto, y mejor debemos darnos cuenta que nuestros derechos terminan donde empiezan los de los demás.
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