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Procesal Penal II


Enviado por   •  27 de Abril de 2023  •  Apuntes  •  1.839 Palabras (8 Páginas)  •  67 Visitas

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Procesal Penal II.[pic 1]

Clase I.  31.01.23.

Parciales:

  • Primer corte: Parcial oral.
  • Segundo corte: Simulación.
  • Tercer corte: Parcial escrito.

¿QUÉ SE ENTIENDE POR PROCESO?

Es el instrumento por medio del cual se hacen efectivos los derechos sustanciales. El derecho penal coloca los parámetros, las reglas del juego.[pic 2][pic 3][pic 4]

Fases del proceso.

  1. Indagación.
  2. Investigación.
  3. Juzgamiento.

El escrito anónimo no tiene autoridad para convertirse en una investigación. Sin embargo, este debe contar con una característica que revista y sea contundente para comenzar o se preste para indagar. [pic 5][pic 6][pic 7][pic 8]

El titular del ejercicio es la fiscalía.

Conversión de la acción penal: Como victima puedes pedir y realizar tu acto de investigación, obtienes materiales de prueba, este se coloca en el papel del juez.

                             Noticia criminal.[pic 9]

                                Hechos que reviste el delito.[pic 10]

Indagación. [pic 11][pic 12]

                              Identificación e individualización.

Aquí es donde                            

   empieza el       Recolección de evidencias físicas, materiales probatorios.

     proceso.

La indagación termina cuando la formulación de imputación siendo esto el inicio de la fase de investigación.

NOTA: Cuando no se logra establecer lo de la indagación ese proceso se archiva es transitorio, pero si se logra establecer algún material probatorio se abre otra vez el proceso, eso si este es transitorio que no prescriba.

Artículo 175  No excede noventa días.

TÉRMINOS: Para imputar o archivar el término es de dos años, puede variar a tres años cuando hay concurso de delito (Una persona, múltiples delitos). Cuando es concierto para delinquir (Varias personas, un mismo delito), el termino es de cinco años. Cuando son casos de feminicidio o actos violentos hacia menores de edad, el término es de ocho meses con prorroga de seis meses.

Clase II.  07.02.23.

  • Indagación. (Ley 600/2000)
  • Investigación. (Ley 906/2004)
  • Juzgamiento. (Ley 1816/2017)  Conversión de la acción penal pública a privada.

La investigación inicia con la audiencia de formulación de imputación y se hace ante el juez de control de garantía, sus efectos son que se vincula formalmente al acusado con el delito.

El procesado adquiere el carácter de parte como imputado y se activa la defensa. Este carácter no se adquiere solo con la formulación de imputación si no que se adquiere desde que se produce la captura.

Ley 906 del 2004.

  • Calidad como imputado.
  • Formulación de imputación.
  • Captura si se produce antes de la imputación.

Ley 1817 del 2017. – Proceso abreviado.

  • Traslado del escrito de acusación.

Clase III.  14.02.23.

Petición especial.

  • Principio de procesabilidad. Ej: Acción penal.
  • Procurador General de la Nación.

  1. Delito cometido en el extranjero.
  2. Que no se haya juzgado ese delito.
  3. Que sujeto se encuentre en el territorio colombiano.
  1. Nacional colombiano: Siempre y cuando el delito este sancionado con pena privativa de la libertad no menor de dos años.
  2. Extranjero contra el nacional colombiano o el Estado: Siempre y cuando el delito este sancionado con pena privativa de la libertad no inferior a dos años.
  3. Extranjero contra extranjero: Siempre que el delito este sancionado con pena privativa de la libertad no inferior a tres años. (Artículo 75 de la ley 906 del 2004)

El procurador solo da conocimiento a la fiscalía de los hechos.

Clase IV.   28.02.23

Taller realizado en clase.

  1. ¿Cuáles son las equivalencias entre la formulación de imputación y el traslado del escrito de acusación en el procedimiento abreviado?

En Colombia, la formulación de imputación y el traslado del escrito de acusación son dos momentos procesales diferentes que se presentan en el procedimiento abreviado, y aunque están relacionados, no son estrictamente equivalentes. A continuación se explica cada uno de ellos:

  1. Formulación de imputación: En el procedimiento abreviado, la formulación de imputación es el momento procesal en el cual el fiscal acusa formalmente al imputado por la comisión de un delito, y le informa los hechos que se le atribuyen, así como la calificación jurídica y las pruebas en que se basa la acusación. En este momento, el imputado tiene la oportunidad de reconocer su responsabilidad en los hechos o de solicitar la realización de un acuerdo o negociación con el fiscal para obtener una reducción de la pena.
  2. Traslado del escrito de acusación: El traslado del escrito de acusación, por su parte, es el momento en el cual se notifica al imputado el contenido del escrito de acusación presentado por el fiscal ante el juez de conocimiento. En este momento, el imputado tiene la oportunidad de impugnar la acusación, y de solicitar la realización de un acuerdo o negociación con el fiscal.

Aunque ambos momentos procesales son importantes dentro del procedimiento abreviado, no son estrictamente equivalentes, ya que la formulación de imputación se realiza por parte del fiscal, mientras que el traslado del escrito de acusación se realiza por parte del juez de conocimiento. Además, la formulación de imputación se realiza en una etapa anterior al traslado del escrito de acusación, y se enfoca en la comunicación de la acusación al imputado, mientras que el traslado del escrito de acusación tiene como finalidad notificar formalmente al imputado el contenido de la acusación presentada por el fiscal ante el juez de conocimiento.

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