Proyecto de reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD)

jimmyteruel1981Informe21 de Abril de 2026

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INFORME N° 000xxx-202x/GDSSP-SGPVRC-MDB

A        :        xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

                JEFE DE LA OFICINA

De        :        xxxxxxxxxxxxxxxxxxx

                SUBGERENTE DE

Asunto        :        SOLICITUD DE OPINIÓN TECNICA

Fecha        :         

                                                                                        T 0000

Me es grato dirigirme a usted para saludarlo cordialmente y, a la vez, presentar la opinión técnica respecto al Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el nuevo Reglamento de Conformación, Instalación, Funcionamiento y Elección de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Bellavista – CCLD, documento cuyo análisis se desarrolla a continuación, en atención a la necesidad institucional de actualizar el marco normativo vigente.

I. ANTECEDENTES

Mediante Ordenanza Municipal N.° 000-2xxx-xxx, aprobada el 21 de diciembre de 2016, la Municipalidad Distrital de xxxxxx reguló el proceso de elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD). Dicha norma estableció lineamientos básicos para la convocatoria, acreditación de organizaciones, conformación del padrón electoral y desarrollo del acto de elección.

Sin embargo, transcurridos más de ocho años desde su aprobación, se advierte que la citada ordenanza presenta un marcado desfase normativo y procedimental, debido a que fue elaborada antes de la entrada en vigencia de diversas reformas vinculadas a la planificación participativa, modernización de la gestión pública y actualización de directivas del Ministerio de Economía y Finanzas sobre Presupuesto Participativo.

Asimismo, no incorpora las atribuciones y responsabilidades de las unidades orgánicas que hoy participan en los procesos de concertación y articulación territorial.

Con base en los documentos remitidos, corresponde emitir el presente informe técnico que sustente la pertinencia del nuevo Reglamento y las razones que justifican la necesidad de derogar la Ordenanza N.° 025-2016-xxx.

II. BASE LEGAL

  • Constitución Política del Perú.
  • Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización del Estado.
  • Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias.
  • Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo.
  • Decreto Supremo N.º 142-2009-EF, Reglamento de la Ley del Presupuesto Participativo.
  • Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Proceso del Presupuesto Participativo.
  • Decreto Supremo N.º 103-2022-PCM, Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030.
  • Ordenanza Municipal N.º 004-2023-MDB, Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados.
  • Ordenanza Municipal N° 025-2016-MDB, Reglamento del Proceso Electoral del CCLD.

III ANÁLISIS TÉCNICO

El artículo 105° de la Ley Orgánica de Municipalidades –LOM– establece que el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) debe regirse por un Reglamento aprobado mediante Ordenanza Municipal, a propuesta del propio CCLD. Esta disposición determina que la existencia de un reglamento actualizado constituye un requisito normativo indispensable para el funcionamiento regular del órgano de coordinación, toda vez que su estructura, atribuciones, procesos internos y mecanismos de elección deben estar respaldados por una norma vigente y coherente con la legislación actual. Complementariamente, el artículo 9° inciso 8) y el artículo 40° de la LOM atribuyen al Concejo Municipal la competencia exclusiva para aprobar ordenanzas con carácter general y obligatorio, lo cual reafirma que la regulación del CCLD solo puede formalizarse mediante una norma municipal con rango de Ordenanza.

La Ordenanza Municipal N.° 025-2016-MDB, actualmente vigente, fue emitida hace más de ocho años bajo lineamientos y directrices que hoy se encuentran superados por la normativa nacional de planificación participativa, modernización de la gestión pública y presupuesto participativo. Desde su emisión, el Ministerio de Economía y Finanzas ha actualizado instrumentos esenciales como el Instructivo del Presupuesto Participativo y los criterios de articulación entre los procesos de programación multianual, presupuesto y planificación territorial. Asimismo, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030 —aprobada mediante Decreto Supremo N.° 103-2022-PCM— exige que los mecanismos de participación ciudadana cuenten con marcos normativos claros, actualizados y orientados a resultados, situación que la ordenanza del año 2016 ya no cumple debido a su desactualización procedimental y conceptual.

En ese contexto, el Proyecto de Reglamento propone una estructura orgánica y operativa alineada a la normativa vigente, incorporando definiciones actualizadas, procedimientos modernos de acreditación y elección, criterios de vacancia y reemplazo, y reglas funcionales para el Comité Electoral, aspectos que no se encuentran regulados en la ordenanza anterior. Asimismo, armoniza las funciones del CCLD con los instrumentos de planificación estratégica distrital (PDLC) y con el proceso de Presupuesto Participativo, garantizando coherencia con la Ley N.° 28056 y su reglamento. Esta integración es indispensable para asegurar la validez técnica de los acuerdos del CCLD en su rol consultivo y de coordinación, evitando vacíos normativos que puedan generar cuestionamientos de legalidad, nulidad de procedimientos o limitaciones en la participación organizada de la sociedad civil.

Además, el Reglamento proyectado designa a la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Registro Civil como Secretaría Técnica del CCLD, lo cual exige una evaluación técnica funcional previa, considerando que esta unidad orgánica, según el ROF institucional, es responsable de impulsar los procesos de participación ciudadana, brindar asistencia técnica al CCLD y proponer mejoras normativas vinculadas a la articulación Gobierno Local–sociedad civil. En consecuencia, la emisión de este informe técnico es necesaria para garantizar que el nuevo Reglamento cuente con soporte metodológico, adecuado sustento normativo y consistencia con los instrumentos de planeamiento y modernización institucional vigentes, asegurando que el CCLD opere bajo reglas actualizadas, transparentes y compatibles con las disposiciones del año en curso.

IV. CONCLUSIONES

En mérito al análisis efectuado, esta Sub Gerencia considera que el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Conformación, Instalación, Funcionamiento y Elección de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Bellavista resulta técnica y funcionalmente viable, al encontrarse alineado con los artículos 102° y 105° de la Ley Orgánica de Municipalidades, así como con los lineamientos vigentes de planificación, modernización y participación ciudadana. Asimismo, se evidencia la necesidad de derogar la Ordenanza Municipal N.º 025-2016-MDB debido a su obsolescencia normativa y procedimental, por lo que se adjunta el Proyecto de Ordenanza y su Reglamento para las evaluaciones complementarias correspondientes.

V. RECOMENDACIÓN

Se recomienda elevar el presente Informe Técnico a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Modernización e Inversiones para la emisión de la opinión técnica complementaria en materia de planificación, presupuesto participativo y modernización administrativa; posteriormente, remitir el expediente a la Oficina General de Asesoría Jurídica a fin de obtener la opinión legal correspondiente; y, con ambas opiniones, someter el proyecto a deliberación y aprobación del Consejo de Coordinación Local Distrital —CCLD—, cuya acta deberá ser remitida a la Secretaría del Concejo Municipal para su elevación al Concejo Municipal, órgano competente para emitir la Ordenanza Municipal que formalice la aprobación del referido Reglamento.

Sin otro particular, y en la espera de que la presente sea atendida oportunamente, me despido.

Atentamente,

(PROYECTO) ORDENANZA MUNICIPAL N° _____-2025-xxx

Bellavista, ____ de diciembre de 202x

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DSISTRITAL DE

POR CUANTO;

El CONSEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE xxxxxxxx, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto por MAYORÍA de sus integrantes, y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 - Ley orgánica de Municipalidades, así como por su Reglamento Interno;

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