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Proyecto Reglamento Adquisiciones


Enviado por   •  18 de Julio de 2014  •  6.534 Palabras (27 Páginas)  •  260 Visitas

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REGLAMENTO PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DEL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GUANAJUATO.

Articulo 1. El Presente reglamento tiene por objeto regular la forma de la integración y funcionamiento del Comité y sus dependencias, así como la distribución y contribución de las adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles propiedad del Municipio.

PRO.- ARTÍCULO 1.- El presente reglamento es de orden público, y tiene por objeto regular la formación, integración y funcionamiento del Comité y sus dependencias, así como las acciones y operaciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, control, evaluación, distribución y contribución en materia de adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos y contratación de prestación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles, así como los actos y contratos que con este motivo lleven a cabo y suscriban a nombre y representación del Municipio de Irapuato, Gto., buscando la racionalización, transparencia y disciplina en el gasto público.

Articulo 2. Para los efectos de este reglamento se entenderá por:

I. Proveedor: Persona Física ó Moral que desee enajenar ó arrendar bienes al Municipio ó prestar servicios con relación a este;

II. Comité; Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Municipio;

III. Licitante; Persona física ó moral que durante las etapas de una licitación pública reúna PROP.- todos los requisitos que exija la convocatoria.

IV. Concurso; Acto público donde se desarrollan los actos y procedimientos relativos a una licitación pública, PROP.- tales como: precio, servicio, infraestructura organizacional, calidad en sus productos y garantías que ofrezcan al Municipio.

V. Adquisiciones; Compra de bienes e insumos de cualquier naturaleza, mismos que serán solicitados las dependencias, entidades y organismos autónomos para PROP.- el uso exclusivo de fortalecimiento de sus programas de trabajo y mejora en su desempeño laboral.

VI. Adjudicación Directa: Procedimiento donde el importe de las adquisiciones se ubique dentro de los montos máximos y mínimos que establezca la dirección de adquisiciones.

VII. Licitación Pública; Acto público donde el valor de los bienes y servicios a contratar sobrepasa los límites establecidos por la dirección de adquisiciones.

VIII. PROP.- Licitación restringida o por invitación; Invitación hecha a determinado número de proveedores que se encuentren inscritos en el Padrón Municipal y que deseen participar en el proceso de la licitación.

IX. Subasta Pública; Procedimiento para la venta de un bien a través del cual PROP.- se pretende determinar dentro de un grupo de personas o postores; el comprador y el precio, según el sistema de competencia entre ellos, adjudicándose el bien la persona que ofrezca un mayor y mejor precio o postura, a los demás.

X. Enajenación; Acto de transmitir a otra persona la propiedad o derecho que se tiene sobre un bien mueble e inmueble.

XI. Postor; PROP.- Persona Física o Moral que participa a través de un ofrecimiento o postura, en una subasta pública, ofreciendo una cantidad exigible en dinero por el o los bienes que se subastan.

XII. Postura; Oferta técnica y económica que presentan los interesados en dicho evento

XIII. Puja; Acción de mejorar determinada oferta económica que el Municipio requiera contratar.

XIV. Anexo técnico; Documento adjunto con especificaciones técnicas de los PROP.- bienes que serán subastados o serán puestos en venta por la convocante.

Articulo 3. El Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Municipio estará integrado por;

I. El Oficial Mayor, Presidente.

II. El Director de Adquisiciones, Secretario Técnico.

III. El Director de Contabilidad y Glosa, Secretario Ejecutivo.

IV. Un regidor representante de la fracción del PRI, vocal.

V. Un regidor representante de la fracción del PAN, vocal.

VI. Un regidor representante de la fracción del PVEM, vocal.

VII. Titular ó representante de la Secretaria del H. Ayuntamiento, vocal

VIII. Titular ó representante del área solicitante, vocal.

IX. Titular ó representante de la Contraloría Municipal.

X. Titular ó representante de la Coordinación de Asuntos Jurídicos.

Articulo 4. El Presidente del Comité que nombre el Honorable Ayuntamiento Constitucional tendrá las siguientes atribuciones:

I. Asistir y presidir las reuniones del comité;

II. Contar con uso de voz y voto;

III. Suscribir los acuerdos de cada reunión;

IV. Emitir su voto de calidad en caso de empate;

V. Solicitar las justificaciones necesarias para llevar a cabo su adjudicación;

VI. Autorizar la publicación de la convocatoria y bases de la licitación pública y por invitación de los bienes y servicios a contratar;

VII. Vigilar que las adquisiciones y contratación de servicios se realicen de forma equiparable de acuerdo a su función y costo; y

VIII. La ausencia del Oficial Mayor o Presidente, será suplida por el Director de Adquisiciones.

Articulo 5. El Secretario técnico del comité que nombre el Honorable Ayuntamiento Constitucional tendrá las siguientes atribuciones:

I. Asistir a las reuniones del comité;

II. Convocar a los integrantes del comité;

III. Elaborar el Orden del día;

IV. Suscribir los acuerdos de cada reunión;

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