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Caso Nottebohm


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2013  •  783 Palabras (4 Páginas)  •  1.092 Visitas

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Caso Nottebohm

El caso nottebohm trata sobre el proceso judicial entre Guatemala y el principado de Liechtenstein por la nacionalidad del ciudadano nacido en Alemania, Friedrich Nottebohm; se refiere también a una decisión de la Corte Internacional de Justicia de la Haya del 6 de abril de 1995, donde se determinan los criterios por los cuales Guatemala podía rechazar válidamente la nacionalidad del mismo. Esta decisión resultó relevante en el Derecho internacional respecto de los criterios que rigen el reconocimiento de la nacionalidad efectiva de una persona.

El Sr. Friedrich Nottebohm nació en Alemania por lo que fue un ciudadano Alemán y adquirió su Nacionalidad en dicho país, luego vivió en Guatemala por mas de 30 años en donde realizo sus actividades laborales adquiriendo varias propiedades y asentó a su familia. Durante la segunda Guerra Mundial, Nottebohm obtuvo la ciudadanía de Liechtenstein después de que Alemania invadió Europa. En 1943 debido a que Guatemala se había declarado en guerra con Alemania, Friedrich Nottebohm fue arrestado por ser alemán y deportado a los Estados Unidos. Este mismo año una vez se le negó la entrada a Guatemala todos los bienes situados en Guatemala fueron confiscados y es aquí cuando Friedrich Nottebohm decide iniciar un proceso en la Corte Internacional de Justicia de la Haya en contra de Guatemala reclamando la compensación de Guatemala por los actos contrarios al derecho.

La Corte Internacional de Justica para emitir su decisión considera en primer plano la admisibilidad de la reclamación de Liechtenstein en cuanto a su capacidad de proteger a Friedrich Nottebohm. En este caso el Estado de Liechtenstein brindo protección al Sr. Friedrich Nottebohm y actuando como parte dentro de la reclamación que se le hizo a la Corte Internacional de Justicia hacia el Estado de Guatemala.

La corte tomo en consideración la ley nacional Guatemalteca la cual contempla el hecho jurídico de la expropiación en su Constitución y que deriva en razones y circunstancias de hecho que acontecieron en ese momento y que no violan la propia norma que este Estado contempla, además se toma en cuenta según los estatutos y principios internacionales la soberanía estatal y la capacidad que tiene el Estado de Guatemala para aceptar o no la ciudadanía de un extranjero como bien lo establece su Constitución. A Todo esto, la Corte Internacional baso su opinión como resultado del análisis de la relación jurídica que nace a partir de la obtención de la ciudadanía por parte del Sr. Friedrich Nottebohm del Estado de Liechtenstein la cual se dio en un momento en donde el Estado de Guatemala le había declarado la guerra al estado bélico de Alemania del cual era originario Friedrich Nottebohm, ciudadanía obtenida para fines personales de el Sr. Friedrich Nottebohm conclusión a la que llego la Corte Internacional

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