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Caso Nottebohm


Enviado por   •  24 de Octubre de 2018  •  Resúmenes  •  1.030 Palabras (5 Páginas)  •  514 Visitas

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Caso “NOTTEBOHM”

Referente a: Sentencia de la Corte Internacional de Justicia en el Caso Nottebohm abril 6, 1955. Principado de Liechtenstein vs. Guatemala.

Análisis del caso:

  1. Partes:
  • Guatemala: Es la parte demandada con respecto a las afectaciones realizadas al patrimonio de Friedrich Nottebohm, causadas por la determinación de no reconocer su ciudadanía del principado de Liechtenstein y solamente reconocer la de Alemania.

  • Liechtenstein: Principado que otorga la nacionalidad a Friedrich Nottebohm y que, por esta misma razón, decide actuar en protección de su “ciudadano” en contra de las afectaciones realizadas por la República de Guatemala.

Estos dos primeros son las partes en el juicio ante la Corte Internacional de Justicia, sin embargo, relacionaré las demás partes que son interesados o afectados por las situaciones de las que versa el caso:

  • Suiza: Si bien el país de Suiza como tal no es parte en el caso, tenemos la actuación del cónsul suizo en Guatemala, quien actuó en representación de Friedrich Nottebohm “ciudadano” del principado de Liechtenstein, debido a que Liechtenstein carecía de misiones diplomáticas propias y ejercía su representación diplomática a través de Suiza y el respectivo consulado en la República de Guatemala. Es así como el cónsul realiza la reclamación al ministro de relaciones exteriores guatemalteco.

  • Friedrich Nottebohm: Es la persona que resiente en su esfera jurídica las afectaciones patrimoniales y de privación de la libertad por parte del estado guatemalteco al no reconocerle su ciudadanía del principado de Liechtenstein y considerarlo alemán, un estado beligerante en aquel entonces.

  1. Presentación de la demanda: Lo principal en este aspecto fue la determinación de la admisibilidad o la no admisibilidad de la demanda, siendo el elemento principal que resolviere la Corte Internacional de Justicia con respecto a la posibilidad de que Liechtenstein reclamara las reparaciones y compensaciones en favor de su “ciudadano” Friedrich Nottebohm por parte de la república de Guatemala al haber confiscado sus propiedades en territorio guatemalteco. La determinación final de la Corte fue que no había lugar a la admisibilidad de la demanda.
  2. Corte/tribunal: Quien atendió la demanda por parte del principado de Liechtenstein, fue la Corte Internacional de Justicia.
  1. Juez: Hay dos jueces ad-hoc, cada uno establecido por cada una de las partes, es decir, el principado de Liechtenstein y la República de Guatemala.

Por parte de Liechtenstein fue Paul Guggenheim y por parte de Guatemala fue Carlos García Bauer.

  1. Hechos del caso: Friedrich Nottebohm, nacido en Alemania el 26 de septiembre de 1881 (lo cual le otorgaba la nacionalidad alemana), emigró a los 24 años a la República de Guatemala en donde se estableció como comerciante adquiriendo varias propiedades.

Posteriormente Friedrich viajó a Alemania siendo que en ese entonces ya había comenzado la segunda guerra mundial, por lo cual, decidió aprovechar el contacto que tenía con el principado de Liechtenstein a través de uno de sus hermanos que residía ahí, para conseguir la nacionalidad de Liechtenstein, la cual le fue concedida el 13 de octubre de 1939 y su pasaporte expedido el día 20 del mismo mes.

Fue entonces que con este nuevo pasaporte que Friedrich viajó a Suiza para solicitar una visa en la embajada guatemalteca para poder regresar a Guatemala; se dirigió después a Alemania de donde viajó a Guatemala.

Estando Friedrich en Guatemala, este país se declara en guerra contra Alemania y por determinaciones nacionales es arrestado y deportado a Estados Unidos en donde lo mantienen en calidad de “ciudadano de país enemigo”.

A causa de esto, el cónsul de Suiza en Guatemala, en representación del principado de Liechtenstein, le reclama al ministro de relaciones exteriores el actuar de Guatemala en contra de Friedrich, a lo cual Guatemala responde afirmando: "no reconocer que el Sr. Nottebohm, nacional alemán domiciliado en Guatemala haya adquirido la nacionalidad de Liechtenstein sin cambiar su domicilio habitual".

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