Concepto jurídico de familia
barbara009Ensayo19 de Noviembre de 2012
838 Palabras (4 Páginas)534 Visitas
Concepto jurídico de familia: Solo establece tipos, líneas y grados de parentesco y regula las relaciones entre esposos y parientes.
Definición de derecho familiar: Es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, entre sí y respecto de terceros. Tales relaciones se originan a partir del matrimonio y del parentesco.
Tipos de familia: Familia nuclear: Este tipo se refiere al grupo de parientes conformados por los progenitores y los hijos. Familia extensa: También llamada familia compleja, se refiere a abuelos, tíos abuelos, bisabuelos, etc., además puede abarcar parientes consanguíneos y no consanguíneos.
Tipos de adopción y que tipo de parentesco crea cada uno: Simple relación con la familia con el adoptante y plena solo tiene relación con el adoptante
Definición de parentesco El parentesco es el conjunto de vínculos que se establecen entre personas que descienden unas de otras, como los hijos del padre los nietos del abuelo, o bien de un progenitor común, como los hermanos, los tíos y sobrinos, etc
Fuentes del parentesco Matrimonio Concubinato adopción sociedad en convivencia
En que consiste el parentesco por consanguinidad afinidad y civil: Parentesco por consanguinidad es el vínculo entre personas que descienden de un tronco común. Parentesco de afinidad, es el que se adquiere por matrimonio o concubinato, entre los cónyuges y sus respectivos parientes consanguíneos. Parentesco civil es el que nace de la adopción
Fuentes del parentesco por afinidad: Matrimonio Concubinato
Las líneas y grados del parentesco : Recta. Se establecen entre personas que descienden unas de otras en línea directa. Descendiente. Hijos, nietos, bisnietos, tataranietos, trastataranietos, etc. Ascendiente. Padres, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos, trastatarabuelos, etc. Colateral o Transversa. Se establecen entre personas que no descienden directamente unas de otras pero tienen un progenitor en común. Preferentes. Hermanos y sobrinos (2º y 3º grados, respectivamente). Ordinarios. Tíos, primos, etc. (del 4º al 6º grado de parentesco).
Efectos del parentesco Se divide en tres divide grupos: Derechos. Obligaciones. Incapacidades.
Concepto jurídico de alimentos son todos las asistencias que por determinación por la ley hay relación jurídica entre una persona tiene derecho a exigir a la otra parte su sustento
Contenido de los alimentos y En qué orden se pagan los alimentos I. La comida, el vestido, la habitación, la atención médica, la hospitalaria y en su caso, los gastos de embarazo y parto; II. Respecto de los menores, además, los gastos para su educación y para proporcionarles oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales; III. Con relación a las personas con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de interdicción, lo necesario para lograr, en lo posible, su habilitación o rehabilitación y su desarrollo; y IV. Por lo que hace a los adultos mayores que carezcan de capacidad económica, además de todo lo necesario para su atención geriátrica, se procurará que los alimentos se les proporcionen, integrándolos a la familia.
Características de los alimentos y explica cada una reciproca personalísima subsidiaria proporcional aprorrata irrenunciable imprescindible falta de medios del deudor inembargable conducta viciosa abandono de hogar cesar necesidad del acreedor violencia familiar injurias graves al deudor
Si no se puede determinar cuanto gana el deudor alimentario, què tomamos en cuenta para pagar los alimentos. El Juez de lo Familiar resolverá con base en la capacidad económica y nivel de vida que el deudor y sus acreedores alimentarios hayan llevado en los dos últimos años.
Què es el registro de deudores alimentarios morosos y còmo se realiza
...