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Derecho Mercantil


Enviado por   •  28 de Diciembre de 2014  •  1.848 Palabras (8 Páginas)  •  114 Visitas

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1.¿ES LO MISMO EMPRESA QUE SOCIEDAD MERCANTIL? ¿POR QUÉ?

Según información obtenida de la asignatura y complementando con Internet, hemos sacado como conclusión que una empresa NO es lo mismo que una sociedad mercantil.

Para ello nos hemos basado en algunas definiciones como por ejemplo:

‘Una sociedad es una asociación voluntaria de personas que crean un fondo común para colaborar en una explotación de una EMPRESA, con ánimo de obtener un beneficio y repartir las ganancias obtenida’

Por lo tanto decimos que una empresa no solo es una sociedad mercantil, puede ser tanto una sociedad como un empresario individual o autónomo, la diferencia radica en que el empresario individual no está obligado a escribirse en el registro mercantil, se constituye de manera más rápida (S.S y H.P)y no tiene que desembolsar ningún capital previo.

Por lo tanto entendemos como empresa toda entidad que independientemente de su forma jurídica (tanto sociedad como empresario individual) realiza una actividad económica para obtener un beneficio.

2.¿SON LOS SOCIOS DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL, EMPRESARIOS INDIVIDUALES POR EL MERO HECHO DE SER SOCIOS? ¿POR QUÉ?

No, bajo ningún concepto un socio es empresario individual por el simple hecho de que las definiciones de ambos son diferentes.

El empresario responde, de la actividad que realiza, a terceros con todos sus bienes y ejerce de forma habitual y con nombre propio una actividad comercial, industrial o profesional mientras que el socio no, ni tiene que responder ante terceros con todos sus bienes, solo con el capital mínimo que dependerá del tipo de sociedad que haya constituido, ni tiene que dedicarse de forma habitual a la actividad de la empresa, ni utiliza su propio nombre en ella.

3.¿ES LO MISMO CONTRATO DE SOCIEDAD QUE ESTATUTO SOCIALES? JUSTIFIQUE SU RESPUESTA

Entendemos por estatuto un legado que regula el funcionamiento de la entidad, es decir, reglas que cada sociedad establece para regirse INTERNAMENTE y pueden ser modificadas. Los estatutos contienen por ejemplo los derechos y obligaciones de los accionistas, el órgano de administración, las reglas de trasmisión de acciones, las características y la situación…y siempre es aprobado en el contrato de sociedades.

En contraposición el contrato social es aquel documento firmado ante notario ante de constituir una empresa en el registro mercantil para ser una sociedad. En él se establecen datos como los sujetos o socios de la sociedad en cuestión, los cuales han de tener capacidad jurídica y por ello plena capacidad de obrar, las prestaciones, el objeto de dicha sociedad y el propósito de lucro. Este contrato ha de estar regulado y con consentimiento de todos los socios.

4. INDIQUE LAS DIFERENCIAS ESENCIALES DE LAS SIGUIENTES SOCIEDADES E INDIQUE CUÁLES SON LAS NORMAS QUE LAS REGULAN:

A. SOCIEDAD COMANDITARIA SIMPLE

B. SOCIEDAD COLECTIVA

C. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

D. SOCIEDAD ANÓNIMA

Para poder apreciar las diferencias entre estas cuatro sociedades procederemos a definirlas:

a. Sociedad comanditaria simple:

• Dos o más socios (uno colectivo y otro comanditario)

• La responsabilidad es ilimitada para los socios colectivos y limitada al comanditario.

• No hay mínimo de capital

• Razón social nombre de todos los socios colectivos

b. Sociedad colectiva

• Dos o más socios

• Responsabilidad ilimitada, personal, solidaria y subsidiaria

• No hay capital mínimo.

• Nombre de todos los socios o de alguno o solo uno seguido de ``y compañía´´

c. Sociedad de responsabilidad limitada

• Uno o más socios

• Responsabilidad limitada al capital aportado

• Capital mínimo de 3000

• Nombre de la sociedad

d. Sociedad anónima

• Uno o más socios

• Responsabilidad limitada al capital aportado.

• Mínimo de 60000 con el 25 % aportado

• Razón social es el nombre de la sociedad seguido de ``sociedad anónima´´ o ``SA´´.

Todos tributan por el impuesto de sociedades. La principal diferencia radica en que unos tienen responsabilidad limitada al capital aportado y otros no, y esto afecta a la razón social que llevará el nombre de los socios o de alguno si la responsabilidad es ilimitada y llevará el nombre de la sociedad si los socios tienen responsabilidad limitada.

2. INDICAR CÓMO HABEIS OBTENIDO EL NOMBRE DE LA SOCIEDAD

Para obtener el nombre de la sociedad, en primer lugar, se realiza una reunión entre los socios fundadores en la que se deciden cinco nombres diferentes, estableciendo un orden de preferencia, para añadirlos como posibles candidatos de la denominación social de la empresa, en la solicitud del certificado de denominación no coincidente, que se presenta en el Registro Mercantil Central.

Solicitar un nombre para una sociedad, genera unos costes, por ello, es conveniente aprovechar, cada vez que se vaya a solicitar una denominación de sociedad el número máximo de nombres que podemos consignar en la solicitud. Actualmente el número máximo que se pueden consignar son 5 denominaciones definidas por orden de preferencia. Si dichas denominaciones ya existen o son fonéticamente muy parecidas a otras que ya están inscritas, el Registro Mercantil Central, responderá desfavorablemente indicándonos que dichas denominaciones ya están inscritas. En tal caso, realizaríamos una nueva solicitud repitiendo el proceso anteriormente descrito. Si por el contrario alguna de las denominaciones solicitadas está disponible, el Registro Mercantil Central emitirá un certificado de denominación no coincidente, que tendrá

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