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Derecho Mercantil

Marycris8212 de Febrero de 2015

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Derecho Mercantil

El ordenamiento jurídico, es el conjunto de las normas jurídicas, tiene como fin primordial el orden social con los principios de justicia, seguridad y equidad. El derecho esta organizado en diversas ramas debido a su amplitud, estas ramas se han asociado en dos grandes grupos, El Derecho Público y el Derecho Privado. El derecho privado regula las relaciones jurídicas entre particulares; mientras que el público estructura al Estado, las relaciones de este con particulares.

El nacimiento del derecho mercantil realmente se puede ver en la Edad Media, como una rama del ordenamiento jurídico, al haberse producido un incremento comercial; especialmente en Italia. Esto provoca que las ciudades resurjan como centro de acopio del comercio, atrayendo campesinos en busca de nuevas oportunidades; aparecen las primeras corporaciones, constituidas por comerciantes y gremios.

Fuentes del derecho mercantil:

• Ley mercantil: No es solamente el Código de Comercio, también se compendia por leyes especiales y cuerpos normativos, forman parte de la legislación mercantil.

• Código civil: El derecho mercantil surge del civil.

• Los usos y costumbres: Reglas de contratación, que se convierten en prácticas comerciales sin tener carácter formal. Tienen tres fases:

• 1ª Fase: Repetición de una disposición en un mismo tipo de contrato.

• 2ª Fase: Se conviene en un mismo tipo de contrato aunque no esté consignado

• 3ª Fase: La práctica generalizada entre un grupo de contratantes se generaliza aunque no esté en un grupo determinado

Los usos pueden ser:

o Interpretativos: Aclaran o completan lo que las partes quisieran declarar en el contrato que realizaron

o Normativos: Aquellos que ya no son una interpretación de los contratos sino que alcanzan un nivel imperativo, se trasladan al ámbito social y son acatadas por la colectividad, se idéntica con la tercera fase. Se tiene un orden prioritario: los locales privan sobre los nacionales, los nacionales sobre los internacionales y los especiales sobre los generales

• Los principios generales del Derecho: En el derecho internacional público, el principio fundamental es la paz y buenas relaciones entre Estados, en el de Familia, es la armonía; en el mercantil los principios son la rapidez, agilidad, seguridad y buena fe.

• Otras fuentes no formales:

o La jurisprudencia, no solo interpreta a las normas, sino que también en su ausencia constituye la fuente supletoria.

o La Doctrina son las obras, estudios, monografías, análisis de los estudiosos del Derecho.

El comerciante individual

Elementos:

Capacidad jurídica: Se hace la distinción entre la capacidad de goce y la de actuar. En la primera se adquieren derechos y obligaciones y la segunda es la posibilidad de actuar personalmente, esta capacidad es solo para mayores de edad.

Ejercicios de actos de comercio:

o A nombre propio: Son los realizados por cuenta propia, los efectos jurídicos y económicos inciden directamente en el patrimonio personal. Hay casos especiales donde menores de edad y mayores discapacitados responden con su patrimonio a pesar de ser representados

o Habitualidad: Ejercicio constante del comercio, realizado como fuente principal de ingresos.

o Empresa individual de responsabilidad limitada: Ente de personalidad independiente de la persona física que la conforma. Se constituye por una sola persona, puede separar parte de su patrimonio con un fin específico, y tiene así patrimonio general como persona física y patrimonio específico este responde solo a las obligaciones contraídas por la empresa individual. Su propietario debe indicar lo que percibe de ella. Esta empresa es práctica para ejercer el comercio, sin riesgos a otras actividades que realice quien la constituyó

Obligaciones del Comerciante:

 Registro de documentos: Para comerciante individual y colectivo. Los registros se deben hacer en el Registro Público, la escritura de la empresa debe estar inscrita. Los poderes o representaciones se deben indicar también, las actividades realizadas en el matrimonio se denomina capitulaciones matrimoniales, obligaciones de divorcio, declaratoria de quiebra, etc.

 El registro de la empresa debe ser diferente al de cualquiera ya establecida.

 Se deben mantener los libros contables desde su inicio hasta cuatros años después, al igual que la correspondencia, facturas y demás comprobantes, esto para cualquier reclamo posterior. Se establece que se deben llevar 3 libros:

 Libro de Balances e Inventarios: En el de Inventarios se registran los ingresos y egresos, se consigan con la descripción detallada de los valores que se posean, además de todos los pasivos que la empresa posea. Se debe registrar cada año fiscal y se debe iniciar a la misma fecha. El de Balances debe consignar: Balance de comprobación, anterior al cierre de operación del Libro Mayor; Estado de Resultados; Balance General de Situación; y el Estado de superávit o aplicación de sobrantes

 El Diario: El resultado del inventario. Se debe llevar cronológicamente los apuntes o registros auxiliares, todas las operaciones efectuadas

 El Libro Mayor: Se llevará por “Debe” y “Haber”, se trasladarán los asientos de diario o los registros auxiliares. Debe llevar un resumen respectivo

 Obligaciones Tributarias: Se deben legalizar los libros de contabilidad, tener al día los registros contables, presentar las declaratorias de impuestos de ventas, consumo y renta, así como las cancelaciones respectivas

Sociedades: Comerciante Colectivo

 Elemento personal: Constituida por dos o más personas. El socio debe aportar los bienes suficientes para realizar el fin común, es socio adquiere derechos y obligaciones, teniendo así como fin primordial el de obtener utilidades.

 Elemento patrimonial: Los bienes aportados para formar el capital social, es aportado en títulos, valores, créditos, etc. El patrimonio social es lo que una empresa posee en determinado momento.

 Elemento formal: Debe contener:

o Lugar y fecha donde se celebre el contrato: Debe expresar el día y la hora a partir de la cual se constituye la empresa

o Identificación de socios: Nombre y generalidades de los socios, estas son estado civil, número de cédula, oficio, nacionalidad y dirección. Razón social, si son personas jurídicas, representante legal, etc.

o Tipo de sociedad que se constituye: Anónima, en comandita, en nombre colectivo o de responsabilidad limitada. Debe indicar cual constituye

o Objeto: El fin de su constitución, el mas utilizado es el amplio ya que permite una actividad mas extensa

o Razón social y denominación: La razón social está formada por los nombres de los socios y la denominación es una combinación de nombres o de una o varias palabras con mención de fantasía.

o Plazo: El tiempo que va a estar constituida, unas ves terminada la sociedad se extingue, el plazo puede prorrogarse antes del vencimiento de la sociedad.

o Capital Social: Debe indicarse el monto del capital, al igual que el aporte de los socios y su forma de cubrirlo, para así determinar la división de acciones o cuotas

o Domicilio: El lugar donde se asienta la sociedad, dirección y administración

o Administración: Debe escoger la forma de administrarse, dentro de lo dictado por el Código de Comercio

o Balance y distribución de utilidades: Es el estado de la sociedad, anualmente se determina las pérdidas o las utilidades

o Reserva legal: Obligatoria en las sociedades de responsabilidad limitada, para que los socios dispongan de ellas si así lo quieren

o Disolución: Por cumplimiento del plazo social, también por no cumplir con el objeto de su formación, pérdida del 50% del capital social, a menos que sea repuesto

o Base para la liquidación y forma de designación de los liquidadores: Se pagan deudas, se cobran créditos, y el remanente se distribuye entre los socios

Sociedad en Nombre Colectivo:

Existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden de modo subsidiario pero ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales.

 Características:

 Razón social: Constituida por el nombre de alguno o de todos los socios, tiene el nombre completo y “Compañía”

 Responsabilidad subsidiaria, solidaria e ilimitada de los socios: Responsabilidad ilimitada quiere decir que los socios responden con su patrimonio personal a las deudas de la empresa. La subsidiaria no se puede cobrar el pago de una obligación a los socios, si primero no ha hecho el cobro del patrimonio de la sociedad. La responsabilidad solidaria dice que a todos los socios se les cobra de igual manera la deuda de la empresa, el pago debe ser total

 Participación de los socios en la Sociedad en Nombre Colectivo:

Carácter individual, se toma su capacidad, la confianza entre ellos. Se le da más importancia a la persona en lugar del capital. Una de las restricciones más importantes es la que supedita la cesión de los derechos de la sociedad que haya sido autorizada. Se prohíbe la participación de socios en otros negocios semejantes a los de la sociedad, la sanción para el socio que incumpla será la exclusión de la sociedad; mientras no se permite, ningún tercero podrá aprovechar los derechos de la sociedad, también se prohíbe: retirar más dinero del asignado para el gasto personal; utilizar el fondo común para el gasto personal, ceder su interés a un tercero sin el previo consentimiento de los socios, so

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