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Filosofia


Enviado por   •  3 de Febrero de 2014  •  6.011 Palabras (25 Páginas)  •  209 Visitas

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CONCEPTUALIZACION DE DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA

Nos proponemos definir los conceptos de doctrina y jurisprudencia, dentro del marco de la realización del presente trabajo, bajo el entendido de que el mismo no constituye un tratado ni un conjunto de formulaciones teóricas en inercia, sino una investigación trascendente a la estática conceptual y retorica.

Pretendemos enmarcarnos en el criterio de aportar ideas mediante proposiciones dotadas de acción, que nos permitan visualizar el proceso de creatividad jurídica, implicando enjuiciar los hechos en constante movimiento que arroje como consecuencia la necesidad de adoptar figuras normativas conductuales útiles al desarrollo social del país.

No concebimos el marco de normas como simples postulados, sino como el resultado de una labor científica, propia de las instituciones que regulan la convivencia social de los seres humanos, visto desde la óptica de que las normas tienen su fundamento en regular la conducta social y que tal como las reglas que rigen las ciencias sociales, así las normas que forman el entramado jurídico de una sociedad surten efecto transformador en si, a consecuencia de la evolución del ser social.

En ese tejido de ideas, la doctrina en términos generales, esta delimitada como una serie de conocimientos, teorías, opiniones, etc., sustentados y defendidos por una persona, un grupo de personas o una escuela de pensamiento.

Sin embargo, del punto de vista técnico jurídico y en sentido lato, se denomina doctrina al termino genérico adoptado en el siglo XIX para designar el conjunto de las producciones debidas a la ciencia jurídica, en tanto esos trabajos tengan por objeto exponer derecho o interpretarlo. Definición esta ultima, que supone el proceso de estudio o enseñanza del derecho utilizando en el siglo pasado.

Acuñando una enunciación mas precisa sobre la voz doctrina y en sentido estricto censo, es la opinión particular compartida por uno o más jurisconsultos sobre un punto controvertido de derecho.

Pero somos de opinión personal en particularizar esa terminología, como el cuerpo de posiciones desarrolladas en sustento de concepciones que sobre un tema debatido sostiene un estudioso o varios teóricos del derecho, plasmado o vertido a través de un medio de divulgación de conocimiento.

El vocablo doctrina jurídica ha sido confundido por algunos autores con jurisprudencia, en el sentido de asignarle un significado análogo a la jurisprudencia, sin embargo esta ultima puede ser definida como la doctrina que inspira la interpretación del derecho, basándose primordialmente en la conciliación de los intereses en conflicto en el caso planteado.

A pesar que ambos conceptos constituyen figuras jurídicas distintas y características, ambas puntualizan instituciones relativas al aporte de conocimiento técnico de la ciencia jurídica, desde punto de vista diferente.

Huelga subrayar que la doctrina, conteste con los aportes conceptuales desdibujados en el introito del presente tema, es el cuerpo de opiniones que sobre una temática del derecho sostiene uno o varios jurisconsultos, los cuales son difundidos por medio de los mecanismos de divulgación del conocimiento, mientras que la jurisprudencia es interpretada como el conjunto de decisiones de los tribunales sobre una materia, significación que expresa un contenido general.

No obstante que sobre la jurisprudencia se ha opinado, que es la doctrina jurídica que resulta de las decisiones judiciales, y en el sentido general, como ciencia del derecho.

Es bueno destacar que este ultimo significado es propio de los países que tienen un ordenamiento jurídico encuadrable en la llamada familia del Derecho angloamericano o del Common Law, asi mismo el primero, es propio de los países cuyo ordenamiento jurídico pertenece a la familia de derechos codificados de base romanizada, a la que pertenece la raíz de nuestro sistema de derecho tradicional.

En otro orden de ideas, jurisprudencia equivale a la orientación normativa que se desprende de las sentencias de los jueces, especialmente de las sentencias de la Suprema Corte de Justicia.

Las interpretaciones doctrinarias no constituyen soluciones que se imponen a la materia que analizan, sino son ejercicions intelectuales tendentes a esclarecer y dotar de elementos de juicio sobre un hecho, mientras que por otra parte, la jurisprudencia es el resultado de una decisión firme dictada por un tribunal sobre la adjudicación de un asunto, que surte efecto sobre los intereses de las partes intervinientes sirve de parámetro para determinar la solución de casos análogos.

RESOLUCION Y JURISPRUDENCIAL

Morfología de Resolución Judicial

Resolución judicial es equivalente a decisión judicial, es decir, es el acto procesal dictaminado por un órgano jurisdiccional apoderado de la causa correspondiente, tendiente a plantear la solución del asunto.

La resolución esta estructurada de un acto procesal, cuyo origen dimana de una instancia judicial competente o apta para tal, la cual fue debidamente apoderada para que emita su opinión solucionadora.

Para los fines de este trabajo, es importante diferenciar la resolución judicial de la sentencia, pues la sentencia es el medio, el canal, el armazón donde se encuentra contenida la decisión o resolución de un caso, por cuya razón los juristas suelen decir que los jueces hablan por sentencia, en tanto nos referimos a su decisión del tema, sin que esto pueda interpretarse que el juez se encuentra en un silencio mudo ante los demás asuntos: el juez es un ente vivo, pensante, cuya visión del mundo al juzgar es auto gestar al ser social.

En ese sentido la sentencia es como las cuerdas vocales y la decisión es la voz, asimilado a la facultad humana para la realización de sonidos articulados en palabras que llevan un significado. La sentencia en término general es el medio por el cual los jueces transmiten su decisión a los usuarios del servicio judicial, cuyo contenido es vinculante en acopio de la fuerza imperativa del entramado normativo.

Analizamos, pues, verdaderas declaraciones de voluntad encaminadas a resolver problemas o cuestiones planteadas, tales como los autos y sentencias, que están constituidos de elementos de naturaleza distintiva, los cuales se denominan genéricamente resoluciones decisorias.

Se puede también distinguir otra clase de resoluciones, como son las instructorias que surgen cuando se habla de que la declaración de voluntad judicial tiene por finalidad facilitar el desarrollo del proceso. El concepto de decisión judicial o la adjudacion judicial, también se aplica a los actos de ordenación procesal, que pueden ser eventos de impulso o de paso de una

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