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La Quiebra


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2014  •  1.128 Palabras (5 Páginas)  •  178 Visitas

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1. como primer punto debes de tener claro que La quiebra procederá en los casos en que no se apruebe el convenio previo, ni se llegue en el concurso necesario a un avenimiento entre el deudor y sus acreedores

2. el auto que declara la quiebra debe de contener:

• contendrá la fijación de la época de cesación de pagos, con calidad por ahora, sin perjuicio de una 3º persona

• la orden de detención contra el fallido

• y nombramiento de síndico y de depositario provisionales.

• Además, se nombrarán dos expertos para avalúo de los bienes.

3. para retomar el tema las funciones del sindico son:

• El síndico representa a la masa de acreedores, judicial y extrajudicialmente.

• Deberá hacer publicar los edictos,

• cuidar que se cumpla lo mandado en el auto que declare la quiebra

• , que se hagan las notificaciones y todas las gestiones que conduzcan a que se tramite el proceso a la brevedad posible.

4. La ocupación de bienes y su entrega al depositario se hará con intervención del síndico y a presencia de un notario y de los expertos valuadores.

5. como podemos ver aquí si la quiebra no fue solicitada por el deudor el tendrá 3 dias para oponerse siguientes a aquel en que la declaración le haya sido notificada. La oposición se sustanciará en forma de incidente entre el opositor y el síndico

6. luego de esto El síndico dentro de 30 días de celebrada la primera junta, presentará al Juez una memoria que relate la relación sucinta de los incidentes y administración del concurso, la verificación y graduación de créditos, el resumen de las operaciones realizadas por el depositario y el producto líquido existente.

7. Si la Junta de Acreedores en vista del informe que le hubiere presentado el síndico, pidiere que la quiebra se declare fraudulenta o culpable, o si el juez la estimare así, certificará lo conducente, para que el Juez competente abra el proceso criminal. Cuando la quiebra fuere calificada de fortuita, el Juez lo pondrá en conocimiento inmediato del Juez que conozca el proceso penal, para que ponga en libertad al fallido y se publicará en el DO la resolución que contenga tal declaratoria.

8. dentro de este procedimiento El depositario en los primeros 5 de cada mes, presentará al Juzgado un informe de su administración. El Juez dará audiencia al síndico por incidente

9 luego de haberse Practicados el inventario y el avalúo, el notario los presentará al juez, quien dará audiencia a los interesados, por el término de 8 días comunes, para que puedan impugnarlos.

Pasado este término el Juez los aprobará si no hubiere habido oposición, y en caso contrario, la oposición se substanciará en incidente

10. Luego que le juez haya aprobado el inventario y el avalúo, el síndico pedirá autorización para realizar los bienes, lo que se llevará a cabo en subasta pública.

Es prohibido a los síndicos, depositarios, expertos y miembros del tribunal adquirir por título oneroso o gratuito los bienes del deudor.

11. luego de eso El Juez mandará convocar a nueva junta general de acreedores en la que se dará cuenta en ella con la memoria del síndico, la cual, servirá de base para los pagos. Si alguno de los acreedores se opusiere las conclusiones del síndico, la oposición se tramitará en incidente. Las resoluciones de la junta serán publicadas en el Diario Oficial y en otro de mayor circulación.

12. luego La clasificación y graduación de los créditos se seguirá en el orden que establece el artículo 392 CPCYM.

El cual nos dice: ARTÍCULO 392. La clasificación y graduación de créditos, salvo lo dispuesto en otras leyes, seguirá el siguiente orden:

1. Acreedurías por alimentos presentes y por trabajo personal.

2. Acreedurías por gastos

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