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Enviado por   •  31 de Mayo de 2019  •  Resúmenes  •  957 Palabras (4 Páginas)  •  150 Visitas

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CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA DE VEHICULO AUTOMOTOR

Las partes, por un lado, ADRIANO ANGARITA SALAZAR, mayor de edad, domiciliado en Puerto Wilches, identifica con la cedula de ciudadanía número 5.013.192 de chiriguana, de estado civil casado de hecho, quien actúa en calidad de PROMITENTE VENDEDOR; y por el otro lado, JHONY BENAVIDES PEÑA, identificado con la cedula de ciudadanía número 91.325.249 de puerto wilches quien actúa en calidad de PROMITENTE COMPRADOR; por medio de este documento convienen celebrar el presente contrato de promesa de compraventa, el cual se regirá por las normas del código civil, y en lo que no resulta contradictorio por las siguiente clausulas:

PRIMERA OBJETO. Por medio del presente contrato, las partes se obligan a celebrar un contrato de compraventa (que es el traspaso mismo), en la fecha que más adelante se indicara, obligándose el PROMITENTE VENDEDOR a traspasar al PROMITENTE COMPRADOR, el derecho real de dominio y de posesión que tiene sobre el vehículo automotor TOYOTA HILUX 4 x 2, cilindraje 2.5 litros, modelo 2009, en placas CWW 397, matriculado en Bucaramanga e identificado con licencia de transito No. 05001408

SEGUNDA. PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio pactado por las partes por el vehículo objeto del presente contrato, es la suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS moneda corriente (46.000.000) valor que el PROMITENTE COMPRADOR se obliga a pagar así.

  • $35.000.000 el día en que se firma esta promesa de compraventa por ambas partes, a contra entrega de vehículo.
  • $11.000.000  entre los días $5.000.000 el 29 de abril y los $6.000.000 en el trascurso de la misma semana.

TERCERA. INDEMNIDAD. Teniendo en cuenta que a partir de la entrega material del vehículo el PROMITENTE COMPRADOR se convierte en poseedor del mismo. Este acepta hacerse responsable de su guarda material y de su guarda jurídica. Por ello, se obliga a responder por todos los daños que eventualmente pueden causarse con el vehículo, a partir del día en que le sea entregado este, sin excepción alguna. Del mismo modo se hace responsable de todos los gastos que el vehículo genere en tal tiempo, tanto de su manutención, como comparendos, así como impuestos y seguros, a prorrata del tiempo, de ahí que el PROMITENTE VENDEDOR quedara exonerado de toda responsabilidad civil, por lo hechos antes descritos, una vez se desprende de una tenencia material del automotor en cuestión.

CUARTA. SANEAMIENTO Y GARANTIAS. El PROMITENTE VENDEDOR garantiza que el vehículo, está libre de cualquier otro gravamen, anotación, o limitación al dominio, en tanto previo a este documento fueron radicados los oficios de levantamiento de limitación al dominio, ante la Dirección de Tránsito respectiva. Así mismo asegura que se encuentra al día en todos los impuestos. En todo caso, por virtud de que así lo establece el código civil, el PROMITENTE VENDEDOR saldrá  al saneamiento por evicción. Sin embargo, al tratarse de la venta de un vehículo usado y de 9 años de fabricación, que además ha sido conocido integralmente por el PROMITENE COMPRADOR, se acepta que este no tiene garantías por defectos mecánicos o físicos que no puedan surgir en el futuro.

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