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Como se da la Reflexion sobre el lenguaje juridico


Enviado por   •  7 de Febrero de 2018  •  Ensayos  •  2.168 Palabras (9 Páginas)  •  187 Visitas

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Reflexión Sobre el Leguaje  Jurídico y Argumentación en  Derecho

Hector Rodolfo Consuegra Salinas*

Sincelejo, Sucre

Centro

Kra 18 No. 23-26

3008027525

heconsa2010@gmail.com

*ABOGADO-CONTADOR PÚBLICO

  Especialista en Administración Financiera, Revisoría Fiscal, Derecho Comercial

  Candidato a Magister en Derecho énfasis en Derecho Publico

Con el presente trabajo buscamos vislumbrar de como la reflexión sobre el lenguaje jurídico permea una mejor comprensión sobre la dimensión argumentativa del quehacer del derecho.

Ilustrar de una forma concreta la necesidad de redefinir el papel del lenguaje y la interpretación en el panorama actual del derecho y el lenguaje jurídico es una herramienta necesaria para poder superar muchos de los problemas en la compresión, argumentación y aplicación de éste.

Partiendo de  las posiciones de Copi y Cohen,  Guastini, Wroblewski, Robles, Carrio, y morris, este ensayo pretende ser la primera piedra en la construcción de una teoría general de la comprensión jurídica y argumentativa en la cual el lenguaje jurídico tiene un papel preponderante.

El derecho es un fenómeno del lenguaje y debe ser abordado con una seriedad tal que explore todo lo que el lenguaje natural puede ofrecer y no una parte estratégicamente usada para justificar cierta imagen de cientificidad y rigor. En este sentido, el derecho mismo es un ejercicio de lenguaje y está sometido a todos sus fenómenos en que existen “innumerables formas de utilizar lo que llamamos ¨símbolos¨, palabras y enunciados”. (Ludwig Wittgenstein. Investigaciones filosóficas, 1953).

El lenguaje y sus implicaciones son determinantes en el derecho; los conceptos de significado e interpretación dentro de un determinado contexto prestando atención a los mecanismos particulares y cotidianos de habla nos indican que el lenguaje en tanto producto social es influyente en la aplicación de aquel. Debemos recordar que el lenguaje (tanto natural como jurídico) tiene funciones y que dichas funciones se usan como estrategias contextuales que, dependiendo de la intención, muchas veces superan la literalidad del argumento.

Según Copi y Cohen de acuerdo con el uso del lenguaje los clasifican en tres Categorías: establecen el discurso informativo (en el que aparecen los argumentos), discurso expresivo cuando se utiliza para mostrar los sentimientos o evocarlos y el discurso directivo, el que consideran como el lenguaje utilizado para causar o impedir acciones manifiestas. (Introducción a la Lógica, 2013).

Esta tres categorias de los tipos de uso del lenguaje es escladecedora, pero la pertinencia de su aplicabilidad de manera mecanica no es viable, debido a que en su mayor parte la comunicación comun visionan en algun grado cada uno de estos tres usos.

Pero lo pertinente sobre este tópico,  es identificar el concepto de Lenguaje, el cual pende de la teoría semiótica o lingüística por lo cual no podemos polemizar aquí las disímiles concepciones semióticas que tienen importancia para el lenguaje jurídico, de ahí que un análisis del lenguaje se debe dar en el plano de las sintaxis, la semántica y la pragmática. (Los lenguajes del discurso jurídico de Wróblewski. P359). Pero para esto debemos tocar la concepción del discurso jurídico e identificar la tipología de los lenguajes del discurso jurídico. Un concepto es el que establece que “El discurso jurídico es el discurso en el que se formulan las leyes o en el que se habla de las leyes”. (Los lenguajes del discurso jurídico de Wróblewski. P359).

Es menester señalar que existen tres tipos de lenguajes del discurso cuando hablamos del derecho, según Wróblewski puede tratar en conjunto como “lenguaje jurídico”, el cual considera al menos parcialmente, un meta-lenguaje para el lenguaje legal, considera el lenguaje jurídico jurisprudencial, el lenguaje científico y el lenguaje jurídico común. El cual discurre la no diferenciación sintáctica entre estos tipos, pero visiona la diferencia semántica y/o programáticas.  

Conceptúa al lenguaje jurídico jurisprudencial como aquel en el que se formulan las decisiones de la aplicación del derecho e identificado por el factor pragmático, reflexiona que se trata del discurso de los órganos que aplican las Leyes. Establece diferencia del Lenguaje legal y lenguaje jurídico jurisprudencial la cual está atada con la oposición entre la creación y la aplicación de derecho y los discursos correspondientes.

Ahora la visión de Wróblewski sobre el Lenguaje jurídico científico es el propio del discurso de la ciencia jurídica, su funcionabilidad estriba de la pragmática, es decir, de las funciones de la ciencia jurídica. Establece el lenguaje jurídico común el que se utiliza en los otros discursos concernientes al derecho que no son los precedentes. Su identificación es problemática.

Hay que precisar que el Lenguaje legal es producto de la actividad del legislador quien formula los textos de los actos normativos. Esto acto normativo apuntalan a orientar la conducta de sus receptores y/o a la creación de hechos, situaciones o procesos con significación jurídica. Sin embargo, el legislador debe formular los textos de los actos normativos de manera diáfana que permita su comprehensión, por los menos de sus destinarios.

Basado en estos postulados el legislador debe formular los actos normativos en la lengua natural que es la lengua de la comprehensión universal en el grupo lingüístico. Hay que señalar que la lengua natural frecuentemente no es lo bastante precisa para determinar las conductas o las características de los objetos constituidos, de ahí la posibilidad del legislador de cambiar el lenguaje natural instituyendo el lenguaje legal.

Según Wróblewski establece que los factores pragmáticos de la comunicación entre el legislador y el sujeto receptor determinan la necesidad de establecer un lenguaje legal en el quehacer del derecho. De ahí que este factor pragmático tiene inherencia más en la semántica, que en la sintaxis.

Reflexiona al lenguaje jurídico jurisprudencial como el lenguaje donde son formuladas las decisiones de la aplicación del derecho. En el lenguaje jurídico jurisprudencial se invocan los actos normativos y se los utiliza, el lenguaje de las decisiones de la jurisprudencia es el más analizado.

Considera al   lenguaje jurídico científico el que esta formulado en los discurso de la ciencia jurídica. Partiendo de la complejidad de este discurso debido a la existencia de la diversidad de las ciencias jurídicas.

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