Ana Estrada
Elian AriasEnsayo20 de Abril de 2021
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En el Perú, la aplicación de la eutanasia es considerada un homicidio culposo, que tiene como condena hasta 3 años de cárcel para quien pone fin a la vida de un paciente. Por lo que en nuestro país es un tema muy debatido, y más aún sobre el polémico caso de la compatriota Ana Estrada, donde ella espera que la eutanasia sea permitida y que la inaplicación de la pena (de cárcel) para su caso se convierta en una ley, permitiéndose la muerte digna. Por ello, desde el 7 de enero del 2021 la decisión está en manos de la Justicia. Por ende, nos surge la siguiente pregunta: ¿Crees que el caso de Ana Estrada es justificado al solicitar al poder Judicial la demanda de amparo para que se le aplique la eutanasia en el momento que ella lo pida debido a que padece una enfermedad degenerativa? Si, debido a que ella sufre polimiositis, una enfermedad degenerativa e incurable que debilita los músculos Por lo cual ella se siente muerta en vida y la única opción de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia. A continuación, les presentaremos los siguientes argumentos en la cual define nuestras posturas
En primer lugar, el poder judicial no considera la libertad de decisión de las personas que padecen enfermedades generativas a tener una muerte digna. Ética y libertad son dos palabras que no se pueden disociar “La “gran palabra” que puede ser la ética no debe distanciarse de aquello que la funda y sostiene, es decir, las acciones del ser humano.” (Cuenca, 2015, pág. 32). Así, le ética cobra sentido solo en las acciones de los seres humanos que deciden libremente su modo de vivir. Pero, además la ética “se basa en una concepción valorativa de la vida que pretende proponernos la mejor manera de vivir” (Giusti & Tubino, 2007, pág. 24). Esta tiene, o debe tener una carga en la cual la vida que se viva sea de calidad. En el caso de Ana Estrada, ella al ser consciente que su polimiositis es una enfermedad degenerativa irreversible sabe que algún momento su poca calidad de vida que dispone se va a ver afectada y que la enfermedad va a llegar al grado en que va a apagar su vida lenta y dolorosamente. Evitarse el sufrimiento y que la vean sufrir es lo que quiere lograr con la muerte asistida que tanta demanda, pero ¿quién más que ella debe determina cuándo y cómo morir? ¿quién más que ella debe establecer el límite de lo sufrible? La ética misma se basa en límites, en limites que no se deben sobrepasar en la cual se respeten con mesura la convivencia y conciencia humana (Giusti & Tubino, 2007, pág. 14). Pero, ¿hay mesura en dejar a una persona sufrir hasta que este sufrimiento le conlleve a la muerte? ¿no debe haber un límite en la cual la persona decida poner un alto al sufrimiento e irse de esta vida sin dolor? Como en el caso de la Ilíada narrada por Giusit, la muerte era lo esperable, y en caso de Ana Estrada lo desmesurado no es la muerte, sino la desmesura del sufrimiento innecesario para llegar al tan inevitablemente fin de su vida.
En segundo lugar, luego de una larga batalla con la polimiositis, Ana Estrada opto a alguien para que le ayude que acabe con su sufrimiento. Pero omitió factor ético y legal. Al realizar la eutanasia tendría graves consecuencia una de ellas seria la pena de cárcel a las personas responsables. Además, menciona sus pensamientos religiosos, abarcando del suicidio y homicidio culposo, debido a que al realizar esas actividades no podría descansar en paz y no tendría una muerte digna. Por ende, todos estos cuestionamientos hacen parte de la ética, abarcando la ciudadanía como estar a favor y en contra. Pero lo que no sabe el público es que como se siente ella, decidió expresar lo siguiente: "Ya ni siquiera la enfermedad era lo que me causaba dolor, sino que es este artículo 112 del código penal criminaliza y hace que el Estado tenga derecho sobre mi vida y decisiones". Debido a todo eso, ella está decidida ya que lo que siente es paradójico, a causa de que ella solo quiere la libertad de poder elegir cómo, cuándo y dónde pueda morir. Sin embargo, tanto los procuradores públicos (abogados del Estado) de los Ministerios de Salud y de Justicia y Derechos Humanos, así como del Seguro Social de Salud (EsSalud), se mostraron en contra de que el juez acepte la demanda. “Yo conozco bastante bien hasta dónde el juez puede o debe actuar en una sentencia y hasta dónde corresponde al Legislativo, pero a pesar de ese conocimiento que considero tener, este es un tema bastante debatible y todavía no encuentro el camino preciso y definido", señaló el magistrado. Por lo tanto, la Ley de la Eutanasia debe ser aprobada por el congreso y no solo aplicar en una sentencia.
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