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CIENCIA JURIDICA Y FILOSOFIA DEL DERECHO


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2014  •  Ensayos  •  983 Palabras (4 Páginas)  •  323 Visitas

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CIENCIA JURIDICA Y FILOSOFIA DEL DERECHO. En el otro extremo del saber jurídico se encuentra la Filosofía del Derecho:

Para entender debidamente este término hay que tomar en serio el hecho de que se trata de filosofía y ya no de ciencia del Derecho y de que, en sentido estricto, por tanto, no es una actividad de juristas propiamente dichos, sino de filósofos que hacen del Derecho objeto de meditación. Por lo mismo, muchos juristas se muestran hostiles o indiferentes ante este tipo de actividad que realmente no les interesa. Y en sentido contrario muchas voces autorizadas se elevan pidiendo que se haga una Filosofía del Derecho que de verdad interese a los juristas. Ahora bien, cabe preguntarse si entre la ciencia jurídica estricta, en el sentido que antes se expuso, y la Filosofía del Derecho existe algún escalón intermedio que sirva como de enlace entre una y otra. Y, en efecto, esa actividad existe y se practica de hecho. Y a eso es a lo que puede llamarse Teoría general del Derecho.

Lo que conviene ahora saber es de que se trata esa actividad y quien la lleva acabo.

Recordando lo que antes se decía sobre la parte general de cada disciplina jurídica, creo que se entenderá suficientemente el asunto, si se dice que la Teoría general del Derecho es una parte general no de esta o aquella disciplina jurídica, sino del Derecho en general, esto es, de lo que cada Derecho tiene de común, o sea, de no particular con respecto a cualquier otro Derecho; no se trata sólo de un sistema científico de conceptos aptos para entender, p. ej., la realidad del Derecho administrativo (incluso el de los distintos países) o la realidad de un sistema jurídico nacional entero (por ejemplo., el Derecho mexicano), sino lo que es común a cualquier forma o sistema de Derecho, lo qué permite entender científicamente el Derecho.

Y cabe preguntarse: ¿no es esto lo que es la Filosofía del Derecho? A lo cual sólo puede contestarse tras una breve indagación sobre quién lleva a cabo esa actividad científica. El primero en darle ese nombre fue Adolfo Merkel, penalista y filósofo del Derecho el cual, como dice el profesor. González Vicén (El positivismo en la filosofía del Derecho contemporáneo, Madrid 1950, 20) quiso fundamentar la ciencia del Derecho como una ciencia unitaria, poniendo fin por un proceso de síntesis a su desintegración en las partes generales de las distintas disciplinas jurídicas, elevándose sobre ellas y formulando, apoyándose en su contenido, una parte general de la ciencia toda del Derecho., en la que éste hallaría la expresión y realización completa de su unidad. Esta parte general del Derecho podría arrancar la máscara que oculta los verdaderos rasgos del Derecho. y que impide que surja a luz su identidad en el ámbito de nuestra ciencia. Así entendida, la Teoría general del Derecho, queda fuera de la ciencia jurídica, salvo que se tome esta palabra

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