Cimininologia De La Conducta Antisocial
jheins1111 de Junio de 2015
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CRIMINOLOGIA DE LA CONDUCTA ANTISOCIAL
1. LA CRIMINOLOGÍA.
Como punto de partida para desarrollar el presente capítulo, consideramos a la Criminología como una Ciencia Sintética, causal, explicativa, natural y cultural de las conductas antisociales.
En un principio, RUIZ FUNES consideraba a la Criminología como ‘‘ciencia sintética y empírica, sus límites están fijados por su contenido: el estudio triple del delincuente y del delito bajo los aspectos antropológico-biológico, psicológico y sociológico”. Posteriormente substituyó el término “delincuente y delito” por el de “fenómenos criminales”.
La definición de Criminología es aún un problema a discutir, varios autores se niegan a definirla, otros dan definiciones plenamente tautológicas o puramente etimológicas.
Procurando unificar criterios sobre la enseñanza de la Criminología, en 1955 se reunieron una pléyade de criminólogos en el Bedford Collage de Londres, estando presentes entre otros: Grassberger, Cornil, Ribeiro, Sellin, Pinatel, Erra, Mannheim, Sulhi, Dimitrijevic y López Rey.
Esta reunión, fue patrocina por la UNESCO y organizada por la Sociedad Internacional de Criminología, fue por demás fructífera, ya que se llegó a importantes acuerdos en lo referente, el contenido alcance y fin de la enseñanza criminológica.
La opinión a la que se adhirieron la mayoría de los participantes al coloquio de Londres sobre el concepto de la Criminología, fue propuesta por BENIGNO DI TULLIO, dentro de la línea clásica de ENRICO FERRI: La Criminología debe ser una ciencia sintética que se basa en la Antropología en la Sociología Criminales.
La conclusión a la que se llegó en el mencionado coloquio es la siguiente:
“Esta ciencia sintética se propone, hoy como ayer, la disminución de la criminalidad, y en el terreno teórico que debe permitir llegar a este fin práctico, propone el estudio completo del criminal y del crimen, considerado este último no como un abstracción jurídica, sino como una acción humana, como un hecho natural y social. El método utilizado por la Criminología es el método de observación y de experimentación, empleado en el marco de una verdadera clínica social.”
Naturalmente que al suscribir esta concepción, que se ve en la Criminología una ciencia unitaria y autónoma, que apela a la Clínica y la Experimentación, y sintetiza los resultados así obtenidos, los participantes en el Coloquio de Londres subrayaron sencillamente una orientación, un camino que seguir. En consecuencia la Criminología es concebida como ciencia sintética, tanto natural como social y no jurídica, con una finalidad preventiva, a la que se llega por medio del estudio del crimen y del criminal, con un método de observación y de experimentación, es decir, encontramos los elementos ciencia, síntesis, método, empirismo y objeto.
2. DEFINICIONES
Para dar una idea más amplia, y tomando en cuenta que no hay un acuerdo definitivo sobre la definición (a pesar de que el Coloquio de Londres nos da una importante aproximación), como ejemplo recordaremos algunas definiciones de tratadistas importantes:
RAFAEL GARÓFALO.- Conceptúa la Criminología como la “ciencia del delito” pero haciendo una diferencia entre delito sociológico o natural (al que llama también crimen) y el delito jurídico. Este último seria el que el legislador considera como tal y lo incluye en el Código Penal.
Por el contrario, “el delito social o natural es una lesión de aquella parte del sentido moral que consiste en los sentimientos altruistas fundamentales (piedad y probidad), según la medida en que se encuentran en las razas humanas superiores, cuya medida es necesaria para la adaptación del individuo a la sociedad.”
A pesar de ser criticable en varias partes la definición del maestro italiano, no cabe duda de que fue un importante punto de partida para posteriores investigaciones,
FERRI.- Diría que “Son delitos las acciones determinadas por motivos individuales y antisociales que alteran las condiciones de existencia y lesionan la moralidad media de un pueblo en un momento determinado.
QUINTILIANO SALDAÑA.- En su obra “Nueva Criminología”, ya no tan nueva, pues se publicó en 1929, define la Criminología como “ciencia del crimen o estudio científico de la criminalidad, sus causa y medios para combatirla”.
DON CONSTANCIO BERNALDO DE QUIRÓS.- Define a la Criminología como la ciencia que se ocupa de estudiar al delincuente en todos sus aspectos, expresando que son tres grandes ciencias las constitutivas, a saber: la ciencia del delito, o sea el Derecho Penal; la ciencia del delincuente, llamada Criminología; y la ciencia de la pena, Penología; por cierto que don Constancio Bernardo de Quirós de los pocos autores que establecen la diferencia entre Criminología y Criminologías, aclarando que Criminología es singular y por lo tanto es el estudio del delito en particular, en tanto que Criminologías es en plural y es la ciencia que abarca todo el conjunto. El término Criminología es un término convencional; si se recuerda el derecho romano, observamos que los romanos distinguían entre delitos y crímenes; la diferencia es la siguiente: los crímenes eran perseguidos por el estado, mientras que los delitos eran perseguidos por los particulares. En un principio los crímenes quedaban reducidos a unos cuantos: traición a la patria, parricidio, sacrilegio, estupro e incesto. Es decir, se identifica como crimen los delitos muy graves, y así es como la palabra crimen se va a aplicar generalmente a homicidio y aún más justamente al homicidio calificado.
Sucede que lo primero que se estudió en el siglo pasado para formar nuestra ciencia fueron criminales, delincuentes generalmente homicidas (ya veremos más adelante los casos Misdea, Versan, Villilla y otros) y por lo tanto se fue pensando no en estudiar al raterillo común y corriente, sino estudiar a los grandes asesinos.
Es el antropólogo francés PABLO TOPINARD (1830-1911) el primero en utilizar el vocablo Criminología, sin embargo, quien acuñó el término para que llegara a ser verdaderamente internacional y aceptado por todos fue el jurista italiano RAFAEL GARÓFALO, quien junto con sus compatriotas CÉSAR LOMBROSO (que habla de “Antropología Criminal”) y ENRICO FERRI (que denomina la materia “Sociología Criminal”) pueden considerarse los tres grandes que fundan la Criminología, llamándoseles por esto “Evangelistas” de esta ciencia.
No es pues la Criminología el estudio de los criminales tomando como criminal al asesino, sino que es el estudio de los criminales tomando como tales a todos aquellos que cometen alguna conducta antisocial.
Debemos pues entender que los términos “crimen”, “criminalidad” y “criminal” son convencionales, y no conllevan en forma alguna un sentido despectivo, etiquetador o estigmatizante, sino que sirven para diferenciar al simple antisocial y a sus conductas, del delincuente, del delito y de la delincuencia, términos que tienen una fuerte implicación jurídica.
Tal como veremos más adelante, no todo sujeto antisocial o desviado es un delincuente, así como no todo delincuente es, por fuerza, un antisocial. De la misma manera, no toda desviación comporta delito, ni todas las conductas previstas por las leyes penales deben considerarse a priori como antisociales. Entendemos también, que no todo desviado es un antisocial, aunque todo antisocial es, por lógica, un desviado.
Es verdad que etimológicamente Criminología deriva del latín crimen-criminis, y del griego logos, tratado, y, considerando el concepto crimen como conducta antisocial, y no como “delito”, “delito grave” o “delito de lesa majestad”, la Criminología puede mantener su original denominación.
3. EL OBJETO DE LA CRIMINOLOGÍA
Si no se tiene una gran precisión en cuanto al objeto de estudio la Criminología, podemos entrar en serias complicaciones La conclusión en el objeto de estudio de la Criminología es lo que ha producido que no esté clara, en ocasiones, la diferencia entre Derecho penal y Criminología; entre Medicina Forense y Criminología; entre Criminalística y Criminología, creando un fenómeno de invasión de tipos científicos.
En otras materias la confusión es verdaderamente grave, un ejemplo claro son la Penología, el Derecho Ejecutivo Penal y el Derecho Penitenciario, que son frecuentemente tratados en forma homogénea, distinción de objeto, llegando como es lógico a conclusiones erróneas.
El objeto nos condiciona el método de estudio, y hay posibilidad que para el estudio de un mismo objeto se constituyan varias ciencias (por lo que la idea de ciencia única con objeto único va desapareciendo), lo anterior se hace por comodidad o por exigencias metodológicas o de investigación.
Hay que recordar que la escolástica distinguió un objeto formal, confiere a todo sistema un sentido homogéneo, y un objeto que vamos llamar material, que puede ser estudiado desde diversos ángulos.
En nuestro caso, no tenemos duda de que el objeto de estudio la Criminología son las conductas antisociales y, por lo tanto, los sujetos que las cometen.
a) Definición de conducta antisocial: Cualquier acción que viole las reglas y expectativas sociales o vaya contra los demás, con independencia de su gravedad.
La cuestión del objeto de estudio de la Criminología es por demás controvertida, y es interesante conocer opiniones diversas.
PSTANCIU y LAVASTIGNE, el objeto de la Criminología es “sencillamente el hombre”, basándose en que “Los límites entre los hombres criminales y no criminales
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