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Constitucion


Enviado por   •  26 de Octubre de 2012  •  2.689 Palabras (11 Páginas)  •  327 Visitas

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Ariculos de educacion

ARTICULO 64

Es deber del estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, y a los servicios de educación, salud, vivienda, seguridad social, recreación, crédito, comunicaciones, comercialización de los productos, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos.

ARTICULO 67

La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

El estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.

La educación será gratuita en las instituciones del estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.

Corresponde al estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por

el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.

La Nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la constitución y la ley.

ARTICULO 68

Los particulares podrán fundar establecimientos educativos.

La comunidad educativa participara en la dirección de las instituciones de educación.

La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica. La ley garantiza las profesionalización y dignificación de la actividad del docente.

Los padres de familia tendrán derecho de escoger el tipo de educación para sus hijos menores. En los establecimientos del estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa.

Los integrantes de los grupos étnicos tendrán derecho a una formación que respete y desarrolle su identidad cultural.

La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del estado.

ARTICULO 69

Se garantiza la autonomía universitaria. Las universidades

podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley.

Las universidades tienen toda la potestad de disenar y constituir sus políticas académicas y estudiantiles según sus conviciones ideológicas todo esto dentro de la normatividad y estatutos de la constitucion

La ley establecerá un régimen especial para las universidades del estado.

Las universidades publicas o del estado tendrán unos parámetros y normas de acuerdo a la disposición del gobierno, teniendo en cuenta que los recursos son suministrados y administrados por la organización gubernamental

El estado fortalecerá la investigación científica en las universidades oficiales y privadas y ofrecerá las condiciones especiales para su desarrollo.

El estado tiene la responsabilidad de promover estas practicas investigativas ya que estas generan riquezas,no solo monetarias sino intelectuales y científicas ; la comunidad estudiantil seria foco de crecimiento académico por la gestión de financiamiento y apoyo a las mismas, inherente a esta investigación se genera muchos beneficios para el pueblo Colombiano

El estado facilitara mecanismos financieros que hagan posible el acceso de todas las personas aptas a la educación superior.

Esto garantiza que no solo las clases priviligiadas económicamente pueden tener acceso a la educación superior,

generando un estado indiscriminativo y garantizando la homogeneidad de las personas, igualdad de condiciones que en un futuro puede garantizar la extinción de la pobreza mediante un estado culto y muy bien preparado para los mercados y competencias empresariales en un mundo globalizado como en el que actualmente vivimos

ARTICULO 70

El estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de recreación de la identidad Nacional.

La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación.

ARTICULO 71

La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El estado creara incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades.

Medio ambiente

2.1 Normas y principios ambientales contenidos en la Constitución Política de Colombia

ART. TEMA CONTENIDO

7 Diversidad étnica y cultural de la Nación Hace reconocimiento expreso de la pluralidad étnica y cultural de la Nación y del deber del Estado para con su protección.

8 Riquezas culturales y naturales de la Nación Establece la obligación del Estado y de las personas para

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