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DERCHO PROCESAL


Enviado por   •  9 de Marzo de 2015  •  3.053 Palabras (13 Páginas)  •  299 Visitas

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8) QUÉ SE ENTIENDE POR JURISDICCIÓN Y CUAL ES SU FIN

Desde el punto de vista JURÍDICO: Doctrinariamente la jurisdicción tiene diversos significados, que varían en el tiempo y en el espacio e incluso según la orientación doctrinaria de los autores que han estudiado, a estos lo hemos estudiado en el tema de las Acepciones otros nombres con el que se le conoce a la Jurisdicción, para nosotros consideramos como las definiciones más completas a las que abarcan todos los elementos de la jurisdicción.

En su aspecto más amplio o genérico, la jurisdicción comprende el poder de administrar justicia: vale decir el poder de declarar el derecho y el poder de aplicar la ley.

Juan MONROY GÁLVEZ dice: "Es el poder deber del Estado destinado a solucionar un conflicto de intereses o incertidumbres jurídica, en forma exclusiva y definitiva, a través de los órganos especializados que aplican el derecho que corresponde al caso concreto, utilizando su imperio para que sus decisiones se cumplan de manera ineludible y promoviendo a través de ellas el logro de una sociedad con paz social en justicia".

Víctor TICONA POSTIGO dice: "Jurisdicción es la atribución y deber conferido al órgano jurisdiccional por el pueblo a través del Estado, para administrar justicia resolviendo los conflictos de intereses y las incertidumbres jurídicas.

Andrés CANSAYA M., en su Separata de Derecho Procesal Civil de la UANCV Facultad de Ciencias y Jurídicas y Políticas dice, que como resultado del análisis de las definiciones, mencionadas se comparte la definición de que: LA JURISDICCIÓN ES EL PODER GENERICO DE ADMINISTRAR JUSTICIA, CUYA FUNCIÓN EXCLUSIVAMENTE CORRESPONDE AL ESTADO. Decimos al que la jurisdicción es el poder genérico de administrar justicia, porque, el acto jurisdiccional o el acto de resolver los conflictos con la justicia es común a los órganos jurisdiccionales que administran justicia; vale decir, que todos los jueces están facultados y tienen el poder para administrar justicia, pero ese hecho de administrar justicia está limitado a cada juez por razones de competencia. Los procesalistas además comentan que, el Estado no solo tiene a su cargo la función jurisdiccional, sino también, tiene a su cargo la función legislativa y ejecutiva o administrativa como expresión de soberanía, pero lo que nos interesa para nuestro estudio, es la función de la administración de justicia que se encuentra materializado en la jurisdicción.

Para nosotros: La Jurisdicción es el deber que tiene el Poder Judicial para administrar justicia. La Jurisdicción en sentido amplio es la actividad Pública del Estado destinado a dirimir conflictos en general tanto judiciales como administrativos, etc. Es el poder de administrar justicia; como el poder de declarar el derecho y aplicar la ley.

9) CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DE LA JURISDICCIÓN Y HABLE DE CADA UNA DE ELLAS.

Para que la función jurisdiccional cumpla justa y eficazmente su cometido, en la mayoría de las legislaciones, se le ha rodeado de un conjunto de principios y condiciones indispensables, denominadas en general bases de la jurisdicción. Entre ellas encontramos las siguientes:

• Legalidad: no es propia de la actividad jurisdiccional, toda vez que es común a todos los actos del Estado. Es más bien, un común denominador de todos los órganos estatales y un principio del Derecho público.

• Independencia e inamovilidad: también es una base común a todos los órganos del Estado. No obstante, la independencia de la función jurisdiccional es, tal vez, de mucha mayor importancia por el carácter de objetividad e imparcialidad con que debe cumplir su cometido. La independencia supone que el órgano que la ejerce está libre de sujeción a otro, sea cual fuere, es decir, no sujeto a los tribunales superiores ni a entidad o poder alguno (quedando sometido exclusivamente al Derecho).

• Responsabilidad: ésta se encuentra en íntima conexión con la anterior, por cuanto los jueces son generalmente inamovibles en sus cargos, porque son responsables de sus actos ministeriales (comúnmente civil y penalmente).

• Territorialidad: los tribunales sólo pueden ejercer su potestad en los asuntos y dentro del territorio que la ley les ha asignado.

• Sedentariedad: implica que los tribunales deben administrar justicia en lugares y horas determinados.

• Pasividad: en virtud del cual los tribunales pueden ejercer su función, por regla general, sólo a petición o requerimiento de parte interesada, y sólo excepcionalmente de oficio.

• Inavocabilidad: es la prohibición que tienen los tribunales superiores para conocer, sin que medie recurso alguno, un asunto pendiente ante uno inferior.

• Gradualidad: supone que lo resuelto por el tribunal puede ser revisado por otro de superior jerarquía, generalmente a través del recurso de apelación. Esto implica la existencia de más de una instancia (entendida ésta como cada uno de los grados jurisdiccionales en que puede ser conocida y fallada un controversia).

• Publicidad: que no se refiere al conocimiento que las partes pueden tener del contrario o de las diligencias o actuaciones del tribunal, sino del hecho que cualquier persona pueda imponerse libremente de los actos jurisdiccionales.

10) QUÉ PODERES EMANAN DE LA JURISDICCIÓN, HABLE DE CADA UNO DE ELLOS.

Llamado también "Poderes que emanan de la Jurisdicción". Consistiendo la jurisdicción en la facultad de resolver los conflictos y en ejecutar las sentencias, que en ellas se dicte, ello supone la existencia de poderes indispensables para el desenvolvimiento de la función.

Estos poderes son: Notio, Vocatio, Coertio, Juditio, Executio Comparte esta misma opinión Andrés CANSAYA Según la doctrina moderna, no son Poderes sino "Elementos", los mismos que desarrollaremos más adelante.

Pero Modernamente se afirma los siguientes:

• a. PODER DE INSTRUMENTACIÓN O DOCUMENTACIÓN.- "poder de Documentación o Investigación". Consiste en la potestad de dar categoría de instrumentos auténticos a las actuaciones procesales en que interviene el órgano jurisdiccional.

b. PODER DE COERCIÓN.- Potestad de imponer apremios, multas, sanciones en general a quienes intervienen en el proceso.

c. PODER DE DECISIÓN Se expresa en dos planos:

• a. Plano formal o Extrínseco Las resoluciones

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