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Derecho Registral


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2013  •  902 Palabras (4 Páginas)  •  338 Visitas

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Introducción

Para el abogado es importante que tenga conocimientos sobre las leyes de su país, el cómo funcionan y cuáles son las diferentes formas en que estas guían el comportamiento humano; cada norma tiene sus principios, los cuales muestras las directrices bajo las cuales deben seguirse lo planteado por el legislador para que esta pueda cumplir con las expectativas de forma eficiente.

A continuación, el presente trabajo servirá como medio de información para que pueda haber un mejor entendimiento de una de las directrices primordiales de la Ley de Registro Público y Notarial: la Fe Publica.

Definiciones

Definimos la fe pública como aquella manifestación del estado publico delegada en ciertos funcionarios, los que una vez en posesión de sus cargos, tienen la facultad de dotar de autenticidad y fuerza legal a los instrumentos que autorizan.

Las definiciones son concurrentes en el punto de considerar a la fe pública como una verdad impuesta coactiva o imperativamente por el Estado, que obliga a los habitantes dar por ciertos o veraces determinados instrumentos o hechos. Los mismos deberán estar intervenidos o firmados por funcionarios, en cumplimiento de un marco de formalidades legales que garanticen su autenticidad.

Esto quiere decir que el Estado, al haber participado de forma indirecta en la realización de los documentos (a través de los funcionarios), obliga al resto de los ciudadanos a tomarlos por cierto, puesto que poseen una investidura impuesta por el Estado al cual deben obedecer.

Al decir de Cabanellas, llama fe pública a la calidad de documentos determinados, suscripto por funcionarios, cuyas aseveraciones, cumplidas determinadas formalidades tienen la virtud de garantir la autenticidad de los hechos narrados y por consiguiente su validez y eficacia jurídica.

Se conoce su origen según, el origen de la autoridad que provenga, puede ser fe religiosa o humana. La fe significa confianza, creer en algo, es una convicción. Por tanto para que la fe pueda ser pública, es decir frente a todas las personas, necesita de la facultad legal para ser otorgada a determinados funcionarios tanto del Estado como de particulares. La fe pública es una presunción legal de veracidad a ciertos funcionarios a quienes la ley le reconoce como ciertos y verdaderos facultándolos para darle a los hechos y convecciones que pasan entre los ciudadanos.

La fe pública ampara las declaraciones de voluntad de las partes, que quedan revestidas de la veracidad de su producción o manifestación. La fe pública garantiza a los otorgantes, los cuales han comparecidos frente a los notarios públicos, secretarios de juzgados, funcionarios consulares, algunos funcionarios administrativos entre otros.

En la Ley de Registro Público y Notariado, este principio de Fe pública se ve tipificado frecuentemente en varios artículos, los cuales serán analizados para su mejor comprensión con ejemplos de cada uno.

Artículo 9

La fe pública registral protege

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