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Derecho Societario


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2012  •  634 Palabras (3 Páginas)  •  767 Visitas

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AUTOEVALUACIÓN DE LA I UNIDAD

1) ¿Será cierto que el objeto del contrato es la obligación?

De la definición dada por el Dr. Manuel de la Puente y Lavalle, quien define el contrato como “El acuerdo entre dos o mas partes sobre una declaración conjunta de una voluntad común destinada a crear, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial”, entonces el contrato se extiende a todo el derecho obligacional, y que, de consiguiente, no solo crea obligaciones, sino que también las regula, modifica o extingue.

2) ¿Es verdad que los elementos del contrato se clasifican en esenciales, naturales o accidentales?

Los elementos del contrato pueden clasificarse en: esenciales, naturales o accidentales.

a) Elementos Esenciales: son aquellos que sin los cuales el contrato no podría existir o no podría tener validez, se dividen en esenciales para la existencia del contrato y esenciales para la validez del contrato.

b) Elementos Naturales: son aquellos que son consecuencias de la celebración de cada contrato o grupo de contratos.

c) Elementos Accidentales: son aquellos que no obstante no existir naturalmente en el contrato, son susceptibles de ser agregados por los contratantes, para modificar los efectos normales del contrato, pero sin desnaturalizarlo.

3) ¿Será cierto que los contratos se clasifican en típicos y atípicos?

Los contratos en general; se clasifican en:

a) Típicos: son los que tienen nombre y están expresamente determinados en el Código Civil, por ejemplo la compraventa, permuta, arrendamiento, suministro, hospedaje, etc. Nuestro Código Civil los llama Nominados.

b) Atípicos: son los que carecen de ubicación en el ordenamiento jurídico sustantivo, debido a que las relaciones económicas del hombre, intensas y variadas, crean situaciones jurídicas no previstas por el legislador.

4) Si en principio tenemos que todos los contratos requieren su validez de un elemento trascendental como es el consentimiento, ¿Es posible que existan algunos contratos que obvien este requisito?

El consentimiento es un concepto jurídico que hace referencia a la exteriorización de la voluntad entre dos o varias personas para aceptar derechos y obligaciones. Su principal marco de actuación es el Derecho civil y, en especial, el Derecho de obligaciones y de contratos, en dónde el consentimiento juega un papel fundamental en el marco de la autonomía de la voluntad.

Artículo 1261.

No hay contrato sino cuando concurren los requisitos siguientes:

• Consentimiento

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