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Derechos Civils


Enviado por   •  8 de Octubre de 2013  •  3.116 Palabras (13 Páginas)  •  213 Visitas

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Ordenación de las relaciones civiles

8. Hemos de hablar primeramente del orden que debe regir entre los hombres.

La persona humana, sujeto de derechos y deberes

9. En toda convivencia humana bien ordenada y provechosa hay que establecer como fundamento el principio de que todo hombre es persona, esto es, naturaleza dotada de inteligencia y de libre albedrío, y que, por tanto, el hombre tiene por sí mismo derechos y deberes, que dimanan inmediatamente y al mismo tiempo de su propia naturaleza. Estos derechos y deberes son, por ello, universales e inviolables y no pueden renunciarse por ningún concepto 7.

10. Si, por otra parte, consideramos la dignidad de la persona humana a la luz de las verdades reveladas por Dios, hemos de valorar necesariamente en mayor grado aún esta dignidad, ya que los hombres han sido redimidos con la sangre de Jesucristo, hechos hijos y amigos de Dios por la gracia sobrenatural y herederos de la gloria eterna.

LOS DERECHOS DEL HOMBRE

Derecho a la existencia y a un decoroso nivel de vida

11. Puestos a desarrollar, en primer término, el tema de los derechos del hombre, observamos que éste tiene un derecho a la existencia, a la integridad corporal, a los medios necesarios para un decoroso nivel de vida, cuales son, principalmente, el alimento, el vestido, la vivienda, el descanso, la asistencia médica y, finalmente, los servicios indispensables que a cada uno debe prestar el Estado. De lo cual se sigue que el hombre posee también el derecho a la seguridad personal en caso de enfermedad, invalidez, viudedad, vejez, paro y, por último, cualquier otra eventualidad que le prive, sin culpa suya, de los medios necesarios para su sustento 8.

Derecho a la buena fama, a la verdad y a la cultura

12. El hombre exige, además,, por derecho natural el debido respeto a su persona, la buena reputación social, la posibilidad de buscar la verdad libremente y, dentro de los límites del orden moral y del bien común, manifestar y difundir sus opiniones y ejercer una profesión cualquiera, y, finalmente, disponer de una información objetiva de los sucesos públicos.

13. También es un derecho natural del hombre el acceso a los bienes de la cultura. Por ello, es igualmente necesario que reciba una instrucción fundamental común y una formación técnica o profesional de acuerdo con el progreso de la cultura en su propio país. Con este fin hay que esforzarse para que los ciudadanos puedan subir, sí su capacidad intelectual lo permite, a los más altos grados de los estudios, de tal forma que, dentro de lo posible, alcancen en la sociedad los cargos y responsabilidades adecuados a su talento y a la experiencia que hayan adquirido 9.

Derecho al culto divino

14. Entre los derechos del hombre dé bese enumerar también el de poder venerar a Dios, según la recta norma de su conciencia, y profesar la religión en privado y en público. Porque, como bien enseña Lactancio, para esto nacemos, para ofrecer a Dios, que nos crea, el justo y debido homenaje; para buscarle a El solo, para seguirle. Este es el vínculo de piedad que a El nos somete y nos liga, y del cual deriva el nombre mismo de religión 10. A propósito de este punto, nuestro predecesor, de inmortal memoria, León XIII afirma: Esta libertad, la libertad verdadera, digna de los hijos de Dios, que protege tan gloriosamente la dignidad de la persona humana, está por encima de toda violencia y de toda opresión y ha sido siempre el objeto de los deseos y del amor de la Iglesia. Esta es la libertad que reivindicaron constantemente para sí los apóstoles, la que confirmaron con sus escritos los apologistas, la que consagraron con su sangre los innumerables mártires cristianos 11.

Derechos familiares

15. Además tienen los hombres pleno derecho a elegir el estado de vida que prefieran, y, por consiguiente, a fundar una familia, en cuya creación el varón y la mujer tengan iguales derechos y deberes, o seguir la vocación del sacerdocio o de la vida religiosa 12.

16. Por lo que toca a la familia, la cual se funda en el matrimonio libremente contraído, uno e indisoluble, es necesario considerarla como la semilla primera y natural dela sociedad humana. De lo cual nace el deber de atenderla con suma diligencia tanto en el aspecto económico y social como en la esfera cultural y ética; todas estas medidas tienen como fin consolidar la familia y ayudarla a cumplir su misión.

17. A los padres, sin embargo, corresponde antes que a nadie el derecho de mantener y educar a los hijos 13.

Derechos económicos

18. En lo relativo al campo de la economía, es evidente que el hombre tiene derecho natural a que se le facilite la posibilidad de trabajar y a la libre iniciativa en el desempeño del trabajo 14.

19. Pero con estos derechos económicos está ciertamente unido el de exigir tales condiciones de trabajo que no debiliten las energías del cuerpo, ni comprometan la integridad moral, ni dañen el normal desarrollo de la juventud. Por lo que se refiere a la mujer, hay quedarle la posibilidad de trabajar en condiciones adecuadas a las exigencias y los deberes de esposa y de madre 15.

20. De la dignidad de la persona humana nace también el derecho a ejercer las actividades económicas, salvando el sentido de la responsabilidad 16. Por tanto, no debe silenciarse que ha de retribuirse al trabajador con un salario establecido conforme a las normas de la justicia, y que, por lo mismo, según las posibilidades de la empresa, le permita, tanto a él como a su familia, mantener un género de vida adecuado a la dignidad del hombre. Sobre este punto, nuestro predecesor, de feliz memoria, Pío XII afirma: Al deber de trabajar, impuesto al hombre por la naturaleza, corresponde asimismo un derecho natural en virtud del cual puede pedir, a cambio de su trabajo, lo necesario para la vida propia y de sus hijos. Tan profundamente está mandada por la naturaleza la conservación del hombre 17.

Derecho a la propiedad privada

21. También surge de la naturaleza humana el derecho a la propiedad privada de los bienes, incluidos los de producción, derecho que, como en otra ocasión hemos enseñado, constituye un medio eficiente para garantizar la dignidad de la persona humana y el ejercicio libre de la propia misión en todos los campos de la actividad

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