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Derechos reales sobre cosa ajena de uso y disfrute, y con función de garantía. Supuestos prácticos


Enviado por   •  23 de Octubre de 2017  •  Trabajos  •  778 Palabras (4 Páginas)  •  972 Visitas

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Derechos reales sobre cosa ajena de uso y disfrute, y con función de garantía. Supuestos prácticos

1.- Claudio, propietario de una extensa finca en la Italia meridional, decidió repartirla entre sus hijos y después de dividirla, les dejó en su testamento una tercera parte a cada uno de ellos. La finca contaba con un manantial que quedó en la propiedad de Marcos, su primogénito, pero el testamento establecía también un Derecho real de riego (aquae haustus y aquae ductus) a favor de los campos de sus otros dos hijos, Lucio y Antonio. Pasado el tiempo, Lucio vendió su finca a Cayo, quien una vez establecido solía usar el agua con asiduidad. Cuando Marcos se enteró de este hecho se opuso diciendo que en la mancipatio que Lucio hizo a Cayo no se había hecho mención al derecho de aguas. Ante el conflicto, acuden a un jurista en demanda de asesoramiento. ¿Existe un derecho de servidumbre a favor de Lucio ¿Por qué? ¿Existe un derecho de servidumbre a favor de Cayo? ¿Por qué? ¿Qué acción tiene a su disposición el titular de una servidumbre ¿Qué acción puede utilizar el propietario que niega la existencia de servidumbre sobre sus bienes?

 Si existen servidumbres ya que se han dejado escritas en el testamento. Si, existe una servidumbre cuando se da la venta se trasmite la servidumbre con la cosa. La acción que tiene cayo contra marcos es la acción confesoria de servidumbre.

 Marcos podrá restituir el canal de agua o pagar la estimación del derecho, en este caso se extinguiría la servidumbre.

Acción negatoria, para negar la existencia de una cosa, en este caso la servidumbre. Si marcos demanda a cayo con la acción negatoria, el juez va a llegar a la conclusión de que hay una servidumbre, y cayo será absuelto. Si se tratara de un vecino que extrae agua agua sin tener servidumbre, con la acción negatoria el propietario ganaría y el vecino demandado podría o restituir la cosa (dejar de sacar agua) o pagar la estimación del derecho (donde se estaría creando otra servidumbre)

 

2.- Aurelio era propietario de una hermosa villa en la bahía de Nápoles. Marcelo adquirió una finca vecina a la suya y entre ambos convinieron que este último construiría su casa sin levantar la edificación de forma que dejara a Aurelio sin vistas al mar. Pasados tres años, Marcelo decidió añadir un piso más a su mansión y Aurelio acudió al pretor para hacer valer su derecho. ¿Qué derecho sería éste? ¿Por qué? ¿Cómo podría actuar Aurelio?

Se están constituyendo dos servidumbres, de vistas y de no construir más alto.

Marcelo cuando sea condenado tendrá que derruir la construcción, o pagar el valor del derecho

Si finalizo las construcción hace dos años, no se podrá reclamar nada pues la servidumbre habrá acabado por o uso.

3.- El joven Eugenio vivía y explotaba junto a su familia la Villa Rutilia, gracias a que su primo Ticio le había legado tal derecho en usufructo. Al cabo de unos años los herederos de Ticio, necesitados de ingresos, deciden arrendar la explotación a Octavio Félix. Cuando éste se presenta en la hermosa villa dispuesto a instalarse, Eugenio se oponer haciendo valer su condición de usufructuario. Le expulsan por la fuerza. ¿Qué podría hacer Eugenio? ¿Podrían arrendar la finca los herederos de Ticio? Y Eugenio, ¿podría arrendarla a un tercero? ¿Por qué? A la muerte de Eugenio, ¿podrían continuar sus familiares en dicha propiedad?

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