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EL DERECHO EN PERSPECTIVA ONTOLOGICA


Enviado por   •  19 de Enero de 2016  •  Tesis  •  3.117 Palabras (13 Páginas)  •  1.132 Visitas

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Universidad Abierta Para Adultos

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FACULTAD:       CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICA

CARRERA:         LIC.  DERECHO

ASIGNATURA:   FILOSOFIA Y LOGICA JURIDICA

SECCION: 2GV50-2   DIA: MARTES  HORA: 4 a 6 p.m.       

     

TEMA DEL TRABAJO: ELEMENTOS PARA UNA DEFINICION DEL       DERECHO

TEMA No. 1

PARTICIPANTE (S)                               MATRICULA (S)

OMAR JOSE TAVERAS                                    14-5958

GRUPO NO.

PROFESOR:             DANIEL PEREZ

FECHA: domingo 10 de ene. del 16    LUGAR: SANTO DOMINGO ESTE

Con la ayuda de los textos recomendados para esta asignatura prepara un resumen del contenido del Tema No. 1 del programa. (Elementos para una definición del derecho).

  1. EL DERECHO EN PERSPECTIVA ONTOLOGICA

La ontología: es una parte de la metafísica que estudia lo que hay, es decir, que entidades existen y cuáles no, un ejemplo:¿existen las ideas y el pensamiento?, ¿existe los abstracto? Para poder evaluar la naturaleza ontológica del derecho es necesario que dejemos establecido que el Derecho esta formando por una esencia y por una existencia. En esta investigación no trataremos de ir muy profundo en lo que es el estudio de la Esencia y la Existencia del Derecho, ya que tal tesis no ha sido aun cimentada o analizada de manera concluyente, por la complejidad y especialidad que supone tal estudio. Sin embargo, pretenderemos dejar claro que el Derecho como Ente tiene una Esencia y una Existencia, pues todo ente es una unidad de esencia y existencia; pues ninguna esencia puede darse en la realidad sin que tenga una existencia, ni tampoco cabe algo que realmente existe y no tenga esencia. Según (García López 2001: 20).

El Derecho tiene una Existencia, es decir, aquello material o real que se puede concebir como una actuación de la esencia; esto es, la actual presencia del Derecho en el orden físico o aquello por lo que el Derecho intrínseca y formalmente se constituye presente en el orden de la naturaleza.

León Duguit: sostiene una concepción del derecho objetivo y negar la existencia de subjetivos.

Gustavo Hugo: sostiene que el derecho evoluciona conjuntamente con el lenguaje.

Ponce de León: expresa que el Derecho tiene una Esencia, por lo que el Derecho es lo que se; o bien, aquella nota o conjunto de notas que constituyen al Derecho en sí y que son tan necesarias que, quitada una, perece el concepto propio del derecho.

Carlos de Montesquieu: sostiene que la sociedad humana se encuentra sujeta a las leyes naturales.

Federico Carlos de Savigny: sostiene que el derecho, como el lenguaje, tiene un carácter peculiar, que les impone la conducta particular de un pueblo dado.

2 – EL DERECHO COMO RELACION

Este es el vínculo que une a dos o mas personas, respecto a determinados bienes o intereses, estables y orgánicamente regulada por el Derecho, como cause para la realización de una función social merecedora de tutela jurídica. Por consiguiente se entiende que la relacion humana o de vida es aquella que al ser reconocida e integrada en el supuesto de hacho de una o varias normas producen consecuencias judiciales.

Este podemos presentarlo de dos maneras: como actividad práctica y como forma asociativa. Como practica se nos presenta como obligante y pacificante. Este es un carácter propio del derecho y nos impide reconocer como jurídico a todo aquello que en vez de la paz fomente la violencia.

Como forma asociativa crea entre los hombres vínculos que superan la afectividad interpersonal. En derecho, la acción y la fuerza entran en un juego de peso y de contrapeso. Es por ello que el derecho puede recurrir a la fuerza cuando no exista otra vía para garantizar la acción.

3-DERECHOS, REGLAS Y NORMAS

En derecho siempre hay que tener presente que la regla debe ser funcional respecto a la relacion y no debe ser a la inversa, o sea que, la regla no existe para garantizar que la relacion entre los sujetos pueda ser auténticamente relacional, gratificante y asociativa. Esto significa que a la justicia, la regla siempre debe ser justa.

4-  DERECHO Y POLITICA

El derecho es un sistema de normas que regula la convivencia social y permite resolver los conflictos de intereses y relevancia jurídica. Tambien podemos decir que es el conjunto de leyes, reglamentos, de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social.

Política es toda actividad, arte, doctrina u opinión, cortesía o diplomasia tendientes a la búsqueda, al ejercicio, a la modificación, al mantenimiento, a la preservación o a la desaparición del poder público.

Existe una relacion jurídica entre ambas, que es el reconocimiento del otro como otro, queriendo esto decir como hombre. La relacion jurídica es débil respecto a la relacion política, ya que puede ser infringida de manera fácil.

5-   DERECHO Y JUSTICIA

El derecho debe ser obedecido no tanto porque está mandado y es una ley, sino porque lo que manda es justo, porque busca el ideal de la justicia.

El derecho ha influido en la sociedad desde que el hombre obtuvo conocimientos, inclusive el hombre primitivo conocía y diferenciaba lo bueno de lo malo, este derecho, era el derecho natural y debido al comportamiento humano fue necesario crear un conjunto de normas Jurídicas que en un momento y lugar determinado rigen con carácter de obligatoriedad en la sociedad.

En la sociedad rige las relaciones de los hombres entre sí, o sea son un conjunto de normas que rigen a la sociedad, estas suponen la existencia de un objeto pretendido por alguien. Si este último tiene razón suficiente que haga legitima su pretensión, el otro debe darle lo que le corresponde.

6-           LIMITES DEL DERECHO

Existe un verdadero problema en los límites del derecho y que esta dado en el ámbito de lo intangible. Esta dado en el campo de la moral, en las libertades, y por ende en el campo del derecho. Ya que la moral y el derecho no pueden separarse; el derecho es de una forma u otra la moral con carácter obligatorio, que esta revestida con imperativos sociales que buscan un permanente convivir justo y armonioso entre los miembros de una comunidad.

En otras palabras podemos decir que los limites del derecho son mantener el orden y la paz de un grupo social determinado, tanto las relaciones sociales, políticas, como económicas, y exige que se cumpla la ley y que las autoridades sean obedecidas.

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