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Etica Civica

ANA19 de Marzo de 2014

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ÉTICA CIVil

Desde hace algunos años se viene hablando de "ética civil" para referirse a la dimensión moral de la sociedad en su conjunto. Con la expresión y el concepto de ética civil se alude al específico y peculiar modo de vivir y de formular la moral en la sociedad secular y pluralista. Por definición, la ética civil se presenta como el proyecto unificador y convergente dentro del legítimo pluralismo moral de la sociedad democrática.

Objeto de la siguiente exposición es analizar el contenido de este proyecto moral expresado mediante el constructo de la "ética civil". También interesa analizar la postura de la moral cristiana ante esa propuesta de la ética civil.

I. CONDICIONES PARA QUE EXISTA LA ÉTICA CIVIL. Afirmar la ética civil es confirmar un determinado horizonte sin el cual aquélla no puede tener consistencia real. No puede existir la ética civil si no existe una peculiar manera de entender y de vivir la realidad social. Tal peculiaridad se concreta en tres rasgos: no confesionalidad de la vida social, pluralismo de proyectos humanos, posibilidad teórica y práctica de la ética no religiosa.

La ética civil postula, en primer lugar, la no confesionalidad de la vida social. Confesionali

dad social y ética civil son dos magnitudes que se excluyen. La confeslonalidad de la vida social origina una justificación única y totalizadora de la realidad; esa justificación es excluyente de otras posibles y se impone de modo no racional. Hace de las personas "creyentes" y de las valoraciones "dogmas". No tolera la existencia de una justificación racional y, por consiguiente, no dogmática.

La laicidad, entendida aquí como racionalidad y como no confesionalidad, es la primera condición para que exista ética civil. Ésta surge de la sociedad laica y se dirige a una vida social no regida por la confesionalidad.

En segundo término, la ética civil exige también como condición la existencia del pluralismo de proyectos humanos. La sociedad que no admite el juego democrático no apela tampoco a la instancia crítica de la ética civil. Su instancia crítica es únicamente la fuerza del poder dictatorialmente mantenido.

La ética civil es el concepto correlativo al concepto del pluralismo moral. Uno a otro se apoyan y se justifican. Mientras que el pluralismo moral expresa la madurez de la libertad, la ética civil pone de manifiesto la madurez de la unidad. La libertad es madura si se realiza en la búsqueda del bien social; la unidad solamente tiene sentido si surge del juego libre y democrático. La ética civil expresa la superior convergencia de los diversos proyectos humanos de la sociedad libre y democrática.

El tercer rasgo descriptivo del horizonte social en el que surge la ética civil se refiere a la posibilidad teórica y práctica de la ética no religiosa. Quienes no aceptan la justificación puramente racional e intramundana de la ética no pueden comprender el significado real de la ética civil. Ésta es, por definición, una ética basada en la racionalidad humana.

En la ética civil pueden, y deben, coincidir creyentes y no creyentes. La ética civil no excluye del legítimo pluralismo moral las opciones éticas derivadas de cosmovisiones religiosas. Sin embargo, ella se constituye no por la aceptación o rechazo de la religión, sino por la aceptación de la razonabilidad compartida y por el rechazo de la intransigencia excluyente.

No es el momento de justificar la validez del contexto social descrito. Creo que no solamente es válido, sino también necesario afirmar que la vida social auténtica se caracteriza por la no confesionalidad, por el pluralismo de opciones y por la existencia de éticas no religiosas.

En la opción de ética civil son asumidos esos rasgos configuradores de la sociedad madura. Proponer, justificar y apoyar la ética civil es proponer, justificar y apoyar la sociedad laica, plural y de racionalidad ética. Eso es lo que se confirma al afirmar la ética civil.

2. LA NOCIÓN PRECISA DE ÉTICA CIVIL. a) La expresión "ética civil": La expresión "ética civil" se compone de un substantivo ("ética") y de un adjetivo ("civil"). Mediante el substantivo se alude a un campo semántico específicamente ético. De ahí que no se deba confundir la ética civil con el civismo. Éste es el contenido nuclear de la educación cívica; es también uno de los soportes y una de las redundancias de la ética. Pero es inadecuado identificar ética y civismo, ya que aquélla se refiere al universo de la responsabilidad y de los valores morales, mientras que el civismo es la expresión de la convivencia ciudadana ajustada a los usos convencionales.

El substantivo "ética" pone de relieve la expresa referencia al orden moral en cuanto tal. La ética civil por ser "ética" formula una peculiar instancia normativa de la realidad humana. Dicha instancia normativa no se identifica ni con la normatividad convencional (civismo), ni con la normatividad de los hechos (sociología), ni con la normatividad jurídica (ordenjurídico). Aunque no se opone por principio a estas normatividades, tampoco se identifica sin más con ellas. Es una instancia normativa superior en rango de apelación y en valla de valoración.

El adjetivo "civil" no es muy adecuado para expresar el contenido conceptual al que se pretende aludir. Obviamente no se formula con él una ética civil contrapuesta a otra ética "militar" o "clerical". En la expresión ética civil el adjetivo "civil" tiene el mismo significado que "laica", "racional". Se usa esta adjetivación no sólo por esnobismo o por moda periodística, sino también por la carga sugerente que encierra y porque, de hecho, la ética civil se refiere a la instancia moral de la vida ciudadana o civil.

Sin embargo, conviene advertir que la ética civil no se refiere únicamente a la ética social, ni mucho menos a la ética profesional. Aunque diré más adelante que es en estos ámbitos, de lo social y de lo profesional, donde tiene una concreción cualificada, no por eso se debe identificar ética civil con ética social o profesional. La ética civil formula la dimensión moral de la vida humana en cuanto ésta tiene una repercusión para la convivencia social o ciudadana en general.

b) El contenido conceptual. Pasando del nivel expresivo al nivel conceptual, se entiende por ética civil el mínimo moral común de una sociedad secular y pluralista. Hablar de ética es referirse tanto a la sensibilidad ética como a los contenidos morales. Por eso la ética civil alude a la doble vertiente de sensibilidad y de contenidos morales de la sociedad.

La ética civil es la convergencia moral de las diversas opciones morales de la sociedad. En este sentido, se habla de "mínimo moral", en cuanto que marca la cota de aceptación morol de la sociedad, más abajo de la cual no puede situarse ningún proyecto válido de la sociedad. Mirada desde otra perspectiva, la ética civil constituye la moral "común" dentro del legítimo pluralismo de opciones éticas. Es la garantía unificadora y autentificadora de la diversidad de proyectos humanos.

Para verificar esta noción de ética civil se precisa apoyarla en la racionalidad humana. Pero no basta con esta estructura racional, ya que la misma racionalidad es la que da origen al pluralismo moral. Es preciso que esa racionalidad ética sea patrimonio común de la colectividad. Solamente se puede hablar de ética civil cuando la racionalidad ética es compartida por el conjunto de la sociedad y forma parte del patrimonio socio-histórico de la colectividad. Únicamente entonces la racionalidad ética constituye una instancia moral de apelación histórica y se convierte propiamente en ética civil.

La ética civil es, por lo tanto, el mínimo moral común aceptado por el conjunto de una determinada sociedad dentro del legítimo pluralismo moral. La aceptación no se origina mediante un superficial consenso de pareceres ni a través de pactos sociales interesados. Esta aceptación es una categoría más profunda: se identifica con el grado de maduración ética de la sociedad. Maduración y aceptación son dos categorías para expresar la misma realidad: el nivel ético de la sociedad.

3. AMPLITUD DE SIGNIFICADOS DE LA ÉTICA CIVIL. Así conceptuafizada, la ética civil adquiere notables resonancias significativas. Quiero referirme a dos de ellas: la afirmación del valor de la ética en la vida social y la apuesta por una ética común y universak que manifieste la unidad y la universalidad de los seres racionales.

La afirmación de la ética civil tiene una función que va más allá del terreno estrictamente moral. Alcanza el horizonte completo de la vida social. Concretamente, ejerce la función de limitar el poder cada vez más creciente de orden jurídico, de la técnica y de los hechos masivamente realizados.

Es evidente la importancia del orden jurídico para normalizar la vida social. En las sociedades occidentales este poder alcanza límites cada vez más amplios. Al depender en gran medida del juego del poder político, el orden jurídico está sometido a los inevitables pactos de los partidos. Más aún: es fácil descubrir en el conjunto de las leyes notables servidumbres a otros poderes extrajurídicos: poder económico, religioso, militar, etcétera. Todo esto hace que el ordenamiento jurídico propenda a constituirse en instancia normativa dominante, con perjuicio del bien de las personas y de determinados grupos.

Solamente con la afirmación de la ética civil como instancia normativa suprema de la vida social se ponen

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