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FILOSOFIA

rahec9 de Marzo de 2015

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I N T R O D U C C I Ó N

El tema a desarrollar en el presente trabajo son los Fundamentos Filosóficos del Derecho Natural y Derecho Positivo, antes de entrar en el tema, analizaremos de manera separada cada uno de estos conceptos.

Comenzaremos con una breve introducción acerca del Derecho Natural, es aquel inseparable a la persona humana, aquel emana de la naturaleza misma del hombre, y que por esta razón no es creado por los órganos de Estado, según lo sostienen los iusnaturalistas, quienes además lo consideran anterior y superior a las leyes estatales, las cuales lo reconocen y protegen. Es decir, que este Derecho se encuentra formado por normas que rigen a todos los hombres, por su pertenencia a la raza humana.

Ambos derechos deben complementarse entre sí, con la característica de que el Derecho Positivo debe subordinarse al Derecho Natural.

D E S A R R O L L O

DERECHO NATURAL

El Derecho Natural hace referencia a una corriente de pensamiento jurídico presente por más de 25 siglos. Su idea fundamental es la tesis de la existencia de un Derecho anterior a cualquier norma jurídica positiva, es decir, de origen humano, denominado precisamente Derecho Natural.

El concepto de Derecho Natural está unido a otros conceptos jurídicos tales como Derechos Humanos, naturaleza humana, valores jurídicos, justicia y bien común. Constituye un sistema de pensamiento que ha sido compartido por múltiples juristas o filósofos, incluso con planteamientos diversos y hasta contradictorios.

Cuando se habla de Derecho Natural, se hace alusión al derecho propio o inherente a la naturaleza humana, que no es creado deliberadamente por un órgano gubernamental, sino que está constituido por criterios y principios rectores de la conducta humana. Para los iusnaturalistas es un derecho modelo, que busca la auténtica justicia". El Derecho Natural es esencial a la naturaleza humana, y no creación del hombre.

Para algunos filósofos está fundada en la naturaleza divina; para otros, se inspira en los dictados o mandamientos de la divinidad; en otros casos está apoyado y basado en principios de la Iglesia Católica.

El Derecho Natural pretende ser el original, genuino, correcto y desde luego, vigente de modo absoluto.

Se trata de una concepción que requiere destacar básicamente la realización de los valores humanos. Es una acepción axiológica, que no requiere atender sólo a las formas, sino más bien a los contenidos valiosos y por ello siempre se le contrapone al Derecho Positivo, que sólo es formalmente válido por la razón de ser elaborado, aplicado y reconocido por el Estado, en el que impera el arbitrio de sus órganos de poder o gobierno y en el que la legalidad predomina sobre sus valores, si no es que los sustituye.

"Es el saber filosófico el medio por el cual adquiere significación para la humanidad el Derecho Natural, pues sólo mediante el mismo se hace presente a la conciencia, con lo cual es posible abogar por su cumplimiento y orientar su aplicación. El Derecho Natural en su forma es saber filosófico, característica ésta de vital importancia".

DOCTRINAS

ANTIGUA GRECIA

Para Pitágoras, Heráclito, Demócrito, Homero y Sófocles, decían que el Derecho Natural se familiarizaba de la ley humana con el orden universal y natural.

EN ROMA

Los filósofos que destacaron para estudiar el Derecho Natural fueron Séneca, Epicteto, Marco Aurelio y Cicerón.

IUSNATURALISMO

Dividió en etapas la conformación del Derecho Natural, basado en los estudios de los diferentes filósofos de esas épocas.

PITÁGORAS

Para él, el derecho natural era basado en números fue metafísico. Creó la primera teoría sobre a justicia.

PLATÓN Y ARISTÓTELES

Aristóteles fue considerado el precursor del derecho natural, que lo baso en sus estudios sobre derecho natural, afirmó que este derecho nace del derecho político que es natural porque el legislador hace las leyes y es natural por su parte legal al ser ejecutado para y por los hombres.

Primera Etapa basada en el Cosmos.

Decían que el Derecho Natural estaba basado, en la Cosmología, en donde estaba clavado entre la existencia terrenal y la vida inmortal, distinguiendo lo natural entre lo legal.

Segunda Etapa, inspirada en la Teología misma, con influencia Cristiana.

Para San Agustín, el derecho natural estaba basado en el respeto a Dios por parte del hombre, para él lo natural eran las cosas buenas o malas del ser humano.

Según Santo Tomas de Aquino, este derecho estaba basado en la ley humana positiva que nace de la conclusión y la determinación.

Tercera Etapa, fundada en la creencia del Racionalismo.

Esto era que el hombre reaccionaba y pensaba por su puro instinto y se basa en lo que experimentaban de la naturaleza conforme la iban descubriendo.

Cuarta Etapa, apoyada en la Axiología que eran los valores.

El ser humano desde su nacimiento y el pasar de los años ha ido aprendiendo a valorar las cosas naturales, con la intención de que los encargados de legislar adopten esta circunstancia para que cuando le toque decidir con las normas lo haga en base a los valores que se le inculcan al hombre.

Esta doctrina argumentaba que el derecho natural funcionaba a través de los valores, la justicia y el bien común, sentenciando que el derecho natural está por encima del derecho positivo, del cual para poder ser derecho tiene que aceptar y reconocer los valores humanos.

Mencionaba que al derecho natural se le cargaban las cosas de la naturaleza como inicio o principio, que esta compuestos por los valores que sirven como pauta para la actuación y decisión de los legisladores de la leyes, decían que el derecho no era generado por el hombre si no que ya existía y que era característico de la naturaleza misma, que es universal, objetivo, eterno e inmutable, facilitando la convivencia humana en donde exista la justicia para todos.

ESCUELA ESTOICA (ZENÓN)

En sus pensamientos citaba la naturaleza emana del principio rector del universo, dado que el hombre ante la naturaleza es un hombre pensante y racional.

CORRIENTE ESCOLÁSTICA O TRADICIONAL

El derecho natural debe estar creado por los pensamientos del legislador como primer principio, que a decir de esta corriente estaba fijada o dada por Dios, Santo Tomas de Aquino mencionaba que este derecho era sobre natural.

LOS SOFISTAS

Trasimaco, decía que el derecho y la justicia eran expresiones que mostraban el poder de quienes utilizándolo podían hacer lo que para ellos era bueno, aunque afectara a la sociedad en general.

Estos distinguían lo justo por la propia naturaleza dada que fue el estudios de la PHYSIS, vincularon al derecho natural de las cosas divinas y posteriormente perfeccionaron su teoría para que el derecho surgiera como cosa natural.

ESCUELA ECÉPTICA

Carneades, justificaba su teoría en base que el ser humano buscaba su confort e intereses propios, considerando a la justicia como una forma impropia, debido a que unos sacrificaban sus ideas en cosas imaginarias,

MODERNIDAD

Rodríguez Cepeda, basa su estudio en la ciencia racional que tiene principios ciertos y derechos que le corresponden a los hombres a través de las leyes, que pueden ser individuales y sociales para la buena relación entre los seres humanos.

Dice que el derecho natural es de esta índole por el simple hecho de haber surgido de la naturaleza pensante del hombre, quien con el paso de los años a través de sus instintos fue descubriendo la supervivencia y la forma de integrarse a una sociedad para propagar y conservar la especie humana; dándoles a estos acontecimientos el nombre de principios básicos que con el tiempo se fueron formando en normas morales, que fueron el pauta para crear el derecho positivo que se basa en las leyes que rigen al ser humano a través del Estado para tener una convivencia justa y estable.

DERECHO POSITIVO

Conjunto de normas jurídicas escritas por una soberanía, creación jurídica del órgano estatal que ejerza la función legislativa. No sólo se considera derecho positivo a la Ley, sino además a toda norma jurídica que se encuentre escrita (decretos, acuerdos, reglamentos, etc.).

Su concepto está basado en el iuspositivismo, corriente filosófico-jurídica que considera que el único derecho válido es el que ha sido creado por el ser humano. El hombre ha creado el Estado y en él ha constituido los poderes en los que se manifestará la soberanía; el poder legislativo es quien originariamente crea el derecho, mediante las leyes.

El derecho positivo descansa en la teoría del normativismo (elaboración del teórico del derecho Hans Kelsen -siglo XX-), y que estructura al derecho según una jerarquía de normas.

Desde el punto de vista de otras corrientes de pensamiento jurídico, que no excluyen la existencia del Derecho natural o Derecho divino, el derecho positivo sería aquel que emana de las personas, de la sociedad, y que debe obedecer a los anteriores para ser justo y legítimo.

El positivismo jurídico se divide en formalista y sociológico. El primero estudia las formas jurídicas y surge en el siglo XIX con dos escuelas como precursoras de esta corriente: en Francia la Escuela Exégesis, y en Alemania la Escuela Dogmática alemana.

En cuanto al positivismo jurídico de carácter sociológico, estudia el impacto del derecho positivo en la sociedad. Sus escuelas precursoras

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