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FILOSOFIA


Enviado por   •  24 de Agosto de 2013  •  1.105 Palabras (5 Páginas)  •  184 Visitas

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La convivencia matrimonial se basa en la concepción del domicilium matrimonii como hogar y casa, donde se realiza la comunidad de vida exteriormente apreciable.

Época postclásica y justinianea : a partir de esta etapa y dadas las influencia cristiana el vínculo matrimonial es considerado como indisoluble y operan unas justas causas de divorcio.

1.- Los hijos nacidos del justo matrimonio son legítimos y ciudadanos romanos.

2.- Durante el matrimonio se crea entre los cónyuges y entre los ascendientes y descendientes inmediatos el vínculo de afinidad.

3.- Tienen recíprocos derechos sucesorios, sobre la dote y donaciones nupciales, sanciones por adulterio.

4.- Prohibición de donaciones entre si.

CONSTITUCIÓN:

Existen dos formas de matrimonio :

a) Matrimonio cum manu: necesidad de que la mujer se someta a la manus del marido o de su paterfamilias si era alieni iuris. Ello se realiza mediante una conventio in manum, por cualquiera de las tres formas. De esta manera se desligaba de su familia para entrar a formar parte en la de su marido.

1.- confarreatio.

2.- coemptio.

3.- usus ( convivencia ininterrumpida durante un año ). Ley XII T. y Usurpatio trinoctii.

b) Matrimonio sine manu: era una forma más libre en la que la mujer seguía conservando los lazos con su antigua familia.

1.- Consentimiento: la voluntad inicial dirigida a la constitución de una unión conyugal, no cesa por desistimiento de aquella voluntad inicial, si los cónyuges no querían seguir unidos en matrimonio, no por ello cesa el vínculo conyugal ni dejan de ser marido y mujer, salvo divorcio. Por ello también se da mayor importancia a la ceremonia nupcial

2.- Impronta religiosa justifica el hecho de que se castigue duramente la bigamia (el crimen surge en el siglo IV) que se somete a penas públicas.

MATRIMONIO: REQUISITOS Y EFECTOS

1.- Affectio maritalis o voluntad de permanecer unidos en matrimonio. Debe

2.- Pubertad (potentia coeundi) los cónyuges tienen que ser púberes, varones >14 y 12 para la mujer.

3.- Exogamia: Prohibido el matrimonio entre parientes en línea recta y hasta el 6º grado en colateral ( dº arcaico) y 3º grado en ( dº clásico), incluso por afinidad.

4.- Monogamia ( posibilidad de contraer segundas nupcias ).

5.- Las partes deben gozar del ius connubium reconocido sólo a ciudadanos romanos y a

3.- La Lex Iulia de adulteriis eliminan la acusación pública de los adúlteros y se restringe la legitimación.

4.- La prisión de guerra y la caída en la esclavitud no disuelven el matrimonio solo después de 5 años de incertidumbre podrá casarse.

5.- Se elimina el connubium como requisito para contraer matrimonio válido sobre todo después de la Constitución Antoniniana del 212 d.C. que concedía la ciudadanía romana a todos los súbditos del Imperio.

CAUSAS DE DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO:

1.- MUERTE.

2.- INCAPACIDAD SOBREVENIDA

a) capitis diminutio máxima, por caer un cónyuge prisionero de un enemigo. Al perder la personalidad no tiene eficacia la voluntad de seguir unido en matrimonio y no puede aprovecharse del ius postliminium. En la época postclásica el cautivo pierde su capacidad jurídica pero no disuelve el matrimonio. Es necesario el transcurso de cinco años de prisión en la incertidumbre para que el otro cónyuge puede divorciarse y contraer nuevas nupcias.

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