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Filosofia Del Derecho

natu1227 de Septiembre de 2012

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POSITIVISMO JURIDICO DEL SIGLO XIX.

El concepto de derecho positivo está basado en el positivismo, corriente de pensamiento jurídico que considera al derecho como una creación del ser humano. El hombre crea el derecho, las leyes (siendo estas la voluntad del soberano) crean Derecho. Al contrario del Derecho natural, según el cual el derecho estaba en el mundo previamente, y el ser humano se limitaba meramente a descubrirlo y aplicarlo en todo el sentido de la palabra.

En este sentido, el derecho positivo descansa en la teoría del normativismo (elaboración del teórico del derecho Hans Kelsen -siglo XX-), y que estructura al derecho según una jerarquía de normas (jerarquía normativa).

Desde el punto de vista de otras escuelas de pensamiento jurídico, que no excluyen la existencia del derecho natural o derecho divino, el derecho positivo sería aquel que emana de las personas, de la sociedad, y que debe obedecer a los anteriores para ser justo y legítimo.

Así, se entiende el derecho positivo como un derecho puesto o dado desde el Estado. El positivismo jurídico se divide en formalista y sociológico. El primero estudia las formas jurídicas y surge en el siglo XIX con dos escuelas como precursoras de esta corriente: en Francia la Escuela Exégesis, y en Alemania la Escuela Dogmática alemana. En cuanto al positivismo jurídico de carácter sociológico, estudia el impacto del derecho positivo en la sociedad. Sus escuelas precursoras son en Francia la Escuela Social francesa, y en Alemania el Movimiento del Derecho Libre alemán, ambas del siglo XIX-XX.

POSITIVISMO:

Entendido como una doctrina filosófica que funda la verdad solamente en método experimental de las ciencias llamadas positivas y que rechaza o niega cualquier interpretación teológica, metafísica, los términos universales y absolutos que estén fundados en la naturaleza, así como todo principio de vida que oriente a esta evolución puesto que dichas cosas no pueden ser comprobables experimentalmente, solo toma en cuenta los hechos que tengan validez en el terreno del conocimiento, los objetos que sean perceptibles al nivel de los sentidos, comprobables y reducibles a leyes.

CARACTERES GENERALES.-

Esos principios fundamentales pueden sintetizarse de la siguiente manera:

a) El rechazo de la metafísica y de toda proposición no vinculada con hechos constatados.

b) El rechazo de los juicios de valor, en cuanto no se apoyan en certezas y en leyes científicas.

c) El empirismo, único medio de llevar a cabo observaciones sistemáticas y ciertas, para deducir conclusiones válidas.

d) El fenomenalismo, que sólo acepta la experiencia obtenida por la observación de los fenómenos.

e) Se ve el positivismo es, sobre todo, una actitud frente al problema del conocimiento y la expresión más clara del espíritu cientificista del siglo XIX.

La realidad empírica se convierte en lo verdadero y en el único objeto del conocimiento; lo cual supone una renuncia a cualquier planteo o propuesta valorativa. Se trata de explicar, con la aplicación del método científico, la totalidad de los fenómenos, sean de orden natural o espiritual. Aquello que no pueda someterse a las premisas y condiciones de esta concepción de la ciencia carece absolutamente de valor. Todo lo que se encuentre más allá de lo regido por la relación causa-efecto pertenece a la fantasía. David Hume (1711-1776): Filósofo escocés, cuyo espíritu analítico le llevó al escepticismo. Considera que el conocimiento está limitado a los acontecimientos actuales de la existencia, no puede ir más allá, porque no acepta que existan ideas innatas, ya que todos los contenidos de la conciencia provienen de la experiencia, y su teoría principal reside en la asociación de las ideas. Para él, las ideas son copias borrosas sin viveza de las impresiones directas. Tanto la percepción como la reflexión aportan una serie de elementos que se atribuyen a la sustancia como soporte de ellos, no limita su crítica a la sustancia material, sino al propio yo. Esto significa que las causas y hechos del mundo físico no se pueden entender, ni por mucho, ni poco; solamente la creemos porque la naturaleza se comporta siempre así. El escepticismo de Hume no pone en entre dicho la ciencia, pero le pone un basamento caprichoso: la costumbre, el hábito, la asociación de ideas, los fenómenos naturales, psicológicos; provocan en él la creencia en el mundo exterior. Emmanuel Kant (1724-1804): Admite que existen categorías o conceptos que no provienen de la experiencia, pero a la vez sostiene que la aplicación de estos conceptos a la realidad nunca podrá ir más allá de la experiencia sensible. Constituyendo así, una síntesis entre racionalismo y empirismo, ya que, el conocimiento es síntesis a priori: es síntesis porque es organización o conexión de datos sensibles (como lo exige el empirismo) y a priori, porque el principio de esta organización es nuestra conciencia, la cual al constituirla, actúa según leyes esenciales a su propia naturaleza, y por eso mismo leyes universales y necesarias (conforme a la exigencia del racionalismo).

Positivismo según el filosófico Augusto Comte. Son aquel conjunto de actividades filosóficas y científicas que deben efectuarse sólo en el marco del análisis de los hechos reales verificados por la experiencia, que las cosas en sí, si existen, son imposibles de alcanzar y que el espíritu humano debe limitarse a formular las leyes y las relaciones que se establecen entre los fenómenos .La principal aportación de Comte al positivismo es la idea de que la realidad humana es social y también ella debe poder ser conocida científicamente. Las obras fundamentales de Comte son el Curso de filosofía positiva, que se desarrolla en 60 lecciones y los cuatro volúmenes de Sistema de política positiva. Estas dos obras contienen la sustancia de lo que se ha denominado positivismo y que Comte llama también filosofía positiva o espíritu positivo y hasta sociología. Las dos primeras lecciones del Curso desarrollan dos de sus ideas básicas: la ley de los tres estados y la clasificación racional de las ciencias. Escrita esta obra con finalidad de reforma social (orden y progreso), parte del supuesto de que la sociedad y la humanidad misma han de pasar por la misma evolución que cada una de las ciencias y, en definitiva, el mismo entendimiento humano. Toda ciencia (habla de astronomía, física, química y biología), igual que todo individuo y aun la especie humana, pasa por tres estados: el estado teológico o ficticio, cuando el hombre explica las cosas recurriendo a principios y fuerzas sobrenaturales y de carácter personal; el metafísico o abstracto, cuando el hombre sustituye lo sobrenatural por lo abstracto, y recurre a fuerzas y causas a modo de entidades ocultas que explican la naturaleza; y el científico o positivo, cuando el hombre, renunciando a un saber absoluto, se conforma con conocer las meras relaciones entre fenómenos, esto es, las leyes. Que existen estos tres estados lo prueba tanto la historia de la humanidad y de las ciencias, como la exigencia de síntesis y comprensión del espíritu humano. Y así como el estado positivo es la meta del desarrollo de la historia y de las ciencias, de igual modo la comprensión de las cosas mediante leyes (sustitutivas de las causas de las divinidades) es la meta final de la mente humana. Para llegar a este estado positivo de la mente es necesaria una reorganización del conjunto de las ciencias, o una clasificación del saber humano, con miras a una síntesis final positiva: la síntesis la otorga la sociología, o física social, que no sólo es la última de las ciencias y, por lo mismo su culminación (según el orden de matemáticas, astronomía, física, química, biología y física social), sino también la auténtica interpretación y la madurez de las ciencias, su filosofía positiva, la ciencia de las ciencias. Más adelante, en Discurso sobre el conjunto del positivismo y en Sistema de política positiva, subordinará la ciencia a la moral, la inteligencia a la simpatía o amor.

Positivismo según Hans Kelsen. Según Hans Kelsen, considerado como una de los precursores del positivismo, la ciencia del derecho es pura teoría normativa, independiente de todo hecho y de toda ley positiva. Esta doctrina ha sido también llamada normativismo jurídico porque establece como fundamental y previa a la experiencia jurídica la regla de conducta o la sistemática de las reglas de conducta que constituyen el propio ordenamiento jurídico. La obra Teoría Pura del Derecho, lleva a sus extremas consecuencias racionales la tesis de que no existe otro derecho que el que emana de la autoridad estatal, uno de los principales fines de este autor es eliminar del derecho todos los elementos que le son extraños,

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