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La Filosofía Del Derecho

cubi003 de Marzo de 2013

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La Filosofía del derecho

Consiste en la aplicación del modo de pensar filosófico a la determinación de la naturaleza de derecho, mediante la descripción de sus rasgos específicos al tratamiento de los problemas que le son inherentes, sin prescindir de la intuición. La filosofía se orienta según un determinado orden o tendencia, siguiendo a enfoques específicos que se han ido sucediendo como:

1. Racionalistas: el conocimiento es producto de la razón

2. Idealista. El conocimiento es producto de las ideas

3. Positivista. No admite como validos científicamente otros conocimientos sino los que proceden de la experiencia

4. Estructuralista: Método utilizado para analizar el lenguaje, la cultura y la sociedad

5. Existencialistas. Los seres humanos en forma individual son los que crean el significado y la esencia de sus vidas.

Definiciones

*Perdomo(1991): Es la ciencia teórica de los principios fundamentales, de las primeras causas y de los últimos efectos del derecho; del conocer y del actuar jurídicos. Precisa que estos principios fundamentales son los referentes al derecho para analizar su concepto, ontología) a la interpretación, conocimiento y aplicación del derecho por parte de las escuelas iusfilosoficas. Gnoseología) y a la actuación jurídica, Ética). De estos se desprenden sus temas esenciales q son: justicia, equidad, bien común y seguridad jurídica. Axiología)

*Ross(1997) Sostiene que la filosofía del derecho no es una deducción a partir de principios de la razón por cuyo medio se nos revele una realidad de mas alto nivel que la que nos ofrecen los sentidos. Tampoco es una ampliación de las ciencias dirigidas a descubrir los últimos componentes de la realidad. No es teoría sino método. Este método es el análisis lógico. La filosofía es la lógica de la ciencia y su objeto, el lenguaje científico. Así pues, se trata de una epistemología jurídica: el objeto de la filosofía del derecho no es el derecho sino la ciencia del derecho, por sobre la cual se coloca.

Diferenciación entre Ross (1997) y Perdomo (1991)

Ross: la filosofía del derecho no es teoría, Su objeto es la ciencia del derecho y no el derecho, dice que es un método (análisis lógico)

Perdomo: Expresa que es una ciencia teórica, sostiene que su objeto esta constituido por principios fundamentales referentes al derecho, privilegia el aspecto axiológico al puntualizar que sus temas esenciales son valores jurídicos.

-Cronología de conceptos sobre la Filosofía del derecho según Delgado

(1957) Disciplina práctica: Es una disciplina que incluye la esencia del valor jurídico, según un doble proceso de intuición emocional y de investigación empírica (sentimiento puro y conciencia descriptiva del dato) determinando así la adecuada aplicabilidad de los preceptos jurídicos a las relaciones humana externas (vivencia de la juridicidad de la conducta conforme a la norma ideal). Es decir que en la adecuada aplicabilidad del derecho conforme a una norma ideal, el investigador debe dejarse llevar por la intuición pero sin prescindir de la conceptualización.

(1996)Experiencia: es la disciplina que estudia los momentos generales de la experiencia jurídica, mediante un doble proceso de descripción y de reflexión teorética sobre el saber jurídico, a fin de determinar la adecuada aplicabilidad delos preceptos sociales a las relaciones humanas.. es decir que la filosofía de derecho abarcaría tanto la experiencia jurídica como el saber jurídico, para cumplir una tarea que tiene como sustento una consideración axiológica que no pude ser sino intuitiva.

(1996) Metodológica: expresa que la misión principal de la filosofía del derecho es metodológica y el método en el que se basa es en la critica extrasistemática, es decir, la critica de los principios empleados en la ciencia y en la vida diaria, a objeto de determinar si son o no razonables..

*La filosofía es considerada hoy como una disciplina jurídica fundamental cuyo objeto consiste en la reflexión critica sobre la ciencia del derecho y sobre el derecho, es decir sobre el saber jurídico y sobre el actuar jurídico, la consideración dogmatica de los diversos ordenamientos jurídicos positivos, para enfrentar al fenómeno jurídico como una experiencia compleja y dinámica que integra valores, procesos y situaciones jurídicas fácticas, así como formulaciones normativas, no se cerrarían los espacios intelectuales de la filosofía del derecho. Esta no es otra cosa que la aplicación d la razón a los diferentes objetos sobre los cuales se puede ejercer, y se ocupa también del estudio racional de la naturaleza y de las acciones humanas.

Funciones de la filosofía del derecho

1) Responsabilidad actual de la filosofía del derecho

* Culturizadora: Basada en un enfoque histórico y académico, se trata de analizar el devenir del pensamiento filosófico acerca del fenómeno jurídico, apreciando a los aciertos y errores de los iusfilosofos al hacer sus planteamientos sobre l derecho y la ciencia del derecho.

*Pragmática: Como dice lenk 1982, se ocupa de encontrar soluciones a problemas práctico, que atañen a la existencia misma del hombre sobre el planeta.

*Metodológica: Puesto que la filosofía es esencialmente método, que en este caso consiste en la reflexión critica acerca del derecho y de la ciencia del derecho se concibe la filosofía del derecho como epistemología, que abarca tanto la investigación de la estructura del conocimientos científico, como el análisis del desarrollo de la ciencia y d los métodos mediante los cuales se obtienen nuevos conocimientos, Su tarea consiste en elaborar las bases teóricas de la organización, planificación y dirección de la ciencia, con el fin de garantizar un conocimiento científico coherente y al mismo tiempo, proporcionar al orden normativo una fundamentación científica, para que las normas estén justificadas al resultado de los trabajos de las ciencias tanto naturales como sociales.

*Axiológica: Delgado (1987) sostiene que la filosofía del derecho acomete empresa axiológica desde su postura epistemológica, reflexionando sobre las técnicas que los juristas, analizando sus métodos de trabajo, determinando el valor e los instrumentos de investigación y perfeccionando los modos de regulación y de planificación de las instituciones sociales

*Correctora: Según Bernard (1991): la función correctora debe permitir la proyección del proceso de formación e interpretación del derecho hacia el futuro, de acuerdo con una visión prospectiva del desarrollo d las instituciones, inspirada en el estudio científico de sus tendencias y, en particular de “los valores en ascenso” en el seno de la comunidad jurídica.

ESTRATEGIAS DE LA FILOSOFIA DEL DERECHO

Para delgado ocando (1987) la filosofía del derecho actual debe desarrollar las siguientes estrategias:

-Manejo argumentativo de lo normativo.

-Educación para la discusión racional acerca de valores y normas

-Formulación de propuestas constructivas para el tratamiento y solución de problemas públicos.

- Promoción de la coordinación interdisciplinaria, que permite una reflexión cooperativa y patológica sobre los problemas sociales y también sobre los científico-universitarios de relevancia publica.

OBJETIVOS DE LA FILOSOFIA DEL DERECHO (Delgado 1987)

-Promover una teoría sobre las cuestiones básicas concernientes a la ciencia del derecho y a la técnica jurídica.

-Determinar las conexiones entre las relaciones sociales y el derecho

- Comprender la fundamentación axiológica del derecho positivo y su evolución histórico-social como base para la descripción de la experiencia jurídica

-Comprender la condicionalidad material de las instituciones jurídicas y políticas

-Comprender la peculiaridad del modo de pensamiento del jurista: tópico, dialectico y retorico.

-Tomar conciencia de los problemas sociales y asumir frente a ellos una posición comprometida y responsable.

TEMA 2. LA FILOSOFIA DEL DERECHO, CIENCIA DEL DERECHO Y DRECHO

El derecho es objeto de estudio de la sociología jurídica, de la ciencia del derecho y de la filosofía del derecho, cada una de las cuales solo enfoca desde su particular perspectiva y mediante su propio método. Por otra parte el léxico jurídico tiene el fin de evitar incongruencias, a las que se ha denominado contradicciones técnico-legales.

Ciencia del derecho

Gracia Maynez 1980 define la ciencia del derecho como la disciplina que tiene por objeto la exposición ordenada y coherente de los preceptos que se hallan en vigor en una época y en un lugar determinados, y el estudio de los problemas relativos a su interpretación y aplicación. Se trata de una ciencia aplicada a un determinado campo: el de las normas, en el contexto del fenómeno jurídico entendido en toda su complejidad. Ahora bien, el pensamiento filosófico por su naturaleza libre, acuciosa, rigurosa, reflexiva y alejada de todo condicionamiento mítico y religioso, es el origen de todas las disciplinas científicas. Se dice por ello que la filosofía es la madre de todas las ciencias. La filosofía se arroga desde entonces el privilegio de supervisar el desenvolvimiento de las ciencias, sobre todo en cuanto al aspecto metodológico, a partir de la lógica aristotélica. Es por ello q se afirma que la filosofía es epistemología en lo que se refiera a su relación con las ciencias; es la ciencia de las ciencias.

Kelsen (1881-1973): ubica la ciencia del derecho entre las ciencias sociales normativas y también expresa que estas ciencias estudian las conductas

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