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Ley, Moral,, Lubertad Y Conciencia


Enviado por   •  3 de Mayo de 2014  •  4.858 Palabras (20 Páginas)  •  290 Visitas

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LEY MORAL, LIBERTAD Y CONCIENCIA.

Definición clásica: “Ley es la ordenación de la razón al bien común, promulgada por quien tiene el cuidado de la comunidad”.

De está definición derivan las cualidades de la ley:

1. Ordenación de la razón: se sitúa en lo “razonable” y no depende de la voluntad del legislador.

2. Ordenación al bien común: es decir, a aquella situación que posibilita el que el conjunto de los individuos, las familias y otras instituciones intermedias alcancen la perfección debida.

3. Para ser norma que vincule, debe ser establecida por quien tiene autoridad para ello en la comunidad.

4. Adquiere carácter vinculante cuando es “promulgada”, es decir cuando se da a conocer a los súbditos por el medio oficial.

División de la ley: - eterna

- divina: natural / divino-positiva

- humana: civil / eclesiástica

Ley eterna: es la misma Sabiduría divina, en cuanto dirige todos los movimientos de las criaturas.

La Providencia (con la que Dios provee los medios para que las criaturas consigan su fin) incluye el plan de gobierno y la efectiva ejecución de este plan. La ley eterna no es sino el primer aspecto de la Providencia.

Ley natural: es la participación de la ley eterna en la criatura racional. Es la ley propia del ser humano. No es la ley física de los minerales ni la ley biológica de las plantas y de los animales, sino una ley escrita por Dios en la naturaleza del hombre que le permite conocer el bien y el mal.

Veritatis splendor 43: “Dios provee a los hombres de manera diversa respecto de los demás seres que no son personas: no ‘desde fuera’, mediante las leyes inmutables de la naturaleza física, sino ‘desde dentro’, mediante la razón que, conociendo con la luz natural la ley eterna de Dios, es por esto mismo capaz de indicar al hombre la justa dirección de su libre situación”.

La ley positiva es la que es promulgada por un legislador concreto que goza de autoridad para legislar. Puede ser divina o humana, y la humana se divide en eclesiástica y civil.

1.- Ley divina positiva: tiene a Dios por autor. Son los Diez mandamientos en el AT y el precepto del amor en el NT.

2.- Ley eclesiástica: tiene por legislador a la Jerarquía de la Iglesia. Es el caso de muchas leyes que regulan el matrimonio y, en conjunto, las leyes del Código de Derecho Canónico.

3.- Ley civil: es la legislada por la autoridad pública legítima.

Ejemplos: leyes fiscales, normas jurídicas de los Códigos de los distintos Estados.

Las leyes positivas deben tener en cuenta las exigencias de la ley eterna y de la ley natural. En muchas ocasiones, tanto la divina como la eclesiástica, son explicitaciones y aplicaciones de la ley natural. Esto vale también para la ley civil. Pero la convivencia ciudadana contiene otro cúmulo de normativas legales que no tienen que ver directamente con la ley natural.

Ley Nueva:

La “nueva ley” consiste principalmente en la gracia del Espíritu Santo, que nos llega a través de Cristo, y nos mueve a obrar según la luz de la fe que opera por la caridad. Es una guía intrínseca y activa de nuestros actos. Pero también es “ley externa” que se contiene en la Sagrada Escritura y en la Tradición.

La “nueva ley” confirma la ley natural y contiene nuevas enseñanzas y preceptos referentes a la gracia y a la vida nueva que instaura. Es propia y específica de la moral cristiana, de los que tienen la nueva vida en Cristo por el bautismo. Se llama también “ley del Espíritu” o “ley del Evangelio”.

Principios morales en relación con las leyes:

1. Todos los hombres están sometidos desde su nacimiento a las exigencias de la ley natural. Es objetiva, universal e inmutable.

2. En la ley natural se fundamentan los derechos y deberes universales de la persona, que deben ser respetados y protegidos jurídicamente.

3. Las normas que se deducen de la ley natural son vinculantes en conciencia.

4. En la ley natural se distinguen principios “primarios” (no asesinar) y “secundarios” (el derecho de propiedad). Los “primarios” no admiten excepciones.

5. Las exigencias morales de los Diez Mandamientos obligan a todos los hombres, sean o no cristianos. Pero, en cuanto “preceptos” vinculan sólo a los creyentes en el Dios que los promulgó.

6. La Jerarquía de la Iglesia puede dar normas universales que vinculan la conciencia de todos los creyentes.

7. Todos y sólo los bautizados, a partir de los siete años y con uso de razón, están obligados a cumplir las leyes de la Iglesia, excepto aquellas que exijan otra edad determinada.

8. Los actos puramente internos sólo pueden estar sometidos a la autoridad de la Iglesia.

9. Las leyes civiles justas obligan en conciencia a todos los súbditos.

10. Pueden ser objeto de ley civil las acciones externas, y solamente aquellas que, por ejecución u omisión, contribuyen al bien común.

LIBERTAD Y LEY.

Libertad y ley no se oponen, sino que ambas se requieren mutuamente. La ley es una ayuda necesaria para que el sujeto conozca lo que ha de hacer y se afiance en el bien que le indica la norma.

La ley moral no significa una limitación de la libertad, sino más bien indica al sujeto el camino que ha de seguir para hacer un uso inteligente y lúcido de ella. Al modo como las normas de circulación no coartan la voluntad del conductor, de modo semejante la ley divina no sólo no limita la libertad del hombre, sino que le guía para que pueda orientar su existencia por una ruta que le lleve a la salvación.

CONCIENCIA Y LEY.

La conciencia no crea las categorías de bien y de mal, sino que sólo las constata: descubre en la norma lo que es bueno o malo.

CCE 1800: “El ser humano debe obedecer siempre el juicio cierto de su conciencia”. Pues es la ley la que ayuda al hombre a emitir ese “juicio cierto” sobre lo que ha de hacer

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