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Lógica y el derecho


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2021  •  Ensayos  •  3.485 Palabras (14 Páginas)  •  318 Visitas

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 ENSAYO

     LA LOGICA Y EL DERECHO

MATRICULA; 01286329

NOMBRE DE ALUMNA; ALEJANDRA VALENTINA  LINARES ARRIAGA

GRUPO; 210, VESPERTINO

FECHA DE ENTREGA: 08 DE MARZO DEL 2021

PROFESOR; JOSE LUIS CONTRERAS RAMIREZ

                                        índice

Introduccion . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,

Desarrollo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

Los principios de la logica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

El derecho . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

Importancia del derecho y logica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5,6

Los limites de la logica y el derecho . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  7

     Conclusión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  8

    Fuentes de informacion . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

   

   

 INTRODUCCIÓN

La logica tiene como principio ejercer una herramienta para la aplicación y adquerimiento de conocimientos dentro de cada ciencia por mas simple  que sea. La lógica se denomina una caracterización para el desarrollo de una disciplina, dentro de una ciencia se encuentra el derecho y esta es necesaria para el desarrollo de argumentos  válidos dentro de la ciencia jurídica basados en razonamiento lógico.

“Con el fin de dotar de racionalidad, objetividad y justificación a los sistemas jurídicos, se ha empleado esta herramienta bajo diversas concepciones y contenidos, de modo que resulta oportuno estudiar la conexión que se da entre Lógica y Derecho” (Bobbio, 1965)

Con el sentido presentado, este ensayo, ilustra el papel de la lógica en el derecho y precisamente tiene como meta brindar un análisis a la relación de la lógica y el derecho, basado en diferentes fuentes de información y autores, que tienen como énfasis el desarrollo de esta ciencia a) la lógica , b) El derecho.  c) relación del derecho y lógica, D) los límites de la lógica y el derecho.

Z                                                                                                                2

                    La lógica y El derecho[pic 3][pic 4]

                   

Instruiré este escrito por los temas  de la lógica y el  derecho, para dar un mejor énfasis y adentrar  profundamente en el tema L importancia de la lógica y el derecho

La lógica, como un análisis explícito de los métodos de razonamiento, se desarrolló originalmente en tres civilizaciones de la historia antigua: China, India y Grecia, entre el siglo V y el siglo I a. C. Se considera a Aristóteles el fundador de la lógica como propedéutica o herramienta básica para todas las ciencias. Aristóteles fue el primero en formalizar los razonamientos, utilizando letras para representar términos. La lógica aristotélica fue ampliamente aceptada en ciencias y matemáticas y permaneció en uso amplio en Occidente hasta principios del siglo XIX. El sistema de lógica de Aristóteles fue responsable de la introducción del silogismo hipotético, de la lógica modal temporal, de la lógica inductiva, así como de términos influyentes tales como términos, predicables, silogismos y proposiciones.

El término lógica se encuentra en los antiguos peripatéticos y estoicos como una teoría de la argumentación o argumento cerrado. De este modo la forma argumentativa responde al principio de conocimiento que supone que representa adecuadamente la realidad.​ Por ello, sin perder su condición de formalidad, no son formalistas y no se acaban de desprender de las estructuras propias del lenguaje. Por otro lado, la lógica informal fue cultivada por la retórica, la oratoria y la filosofía, entre otras ramas del conocimiento. Estos estudios se centraron principalmente en la identificación de falacias y paradojas, así como en la construcción correcta de los discursos.

Existe una clasificación muy difundida del quehacer científico en dos grandes troncos: las ciencias formales y las ciencias empíricas. Entre las últimas se cuentan todas aquellas disciplinas cuyo criterio de éxito lo constituye una suerte de acuerdo entre la teoría y la experiencia matizado por otros valores epistémicos como la simplicidad.

Se dice erróneamente que la Lógica estudia las leyes del pensamiento. Pero si por pensamiento se entiende una actividad psicológica fundamentada en el cerebro, entonces la Lógica no sería más que psicología y neurociencia, es decir, una ciencia empírica.

También se suele decir que estudia las leyes del razonamiento válido. Esta definición se aproxima más a la verdad, pero deja de lado la lógica inductiva en la que, como veremos, la noción de validez es reemplazada por el concepto de fortaleza. Mejor sería decir que estudia las leyes del razonamiento correcto.

                                                                                                                                 3

El derecho es un conjunto de principios y normas, generalmente inspirados en ideas de justicia y orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia es impuesta de forma coactiva por parte de un poder público.

Tradicionalmente, se ha hecho la distinción entre historia del derecho interna y externa. De esta manera, el objeto habitual de la historia del derecho de cada país suele ser el mundo jurídico de ámbito nacional. No obstante, también se ha pretendido realizar una Historia Universal del Derecho. En este sentido, el primer intento sólido de elaborar una historia supranacional del derecho fue realizado por Heinrich Mitteis en 1891, con su Derecho imperial y popular en las provincias orientales del Imperio romano. Aquí se intentó realizar una historia global del derecho utilizando fuentes romanas, griegas, egipcias, así como en menor cantidad, usando fuentes de pueblos orientales. Pese a ello, cabe señalar que la obra de Mitteis no tendría un carácter plenamente universal, sino que adoptaría una posición intermedia, en la que ampliaba el ámbito geográfico a un nivel supranacional, pero no llegaba a abarcar una Historia global.

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