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Positivismo Juridico


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2013  •  1.565 Palabras (7 Páginas)  •  411 Visitas

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DERECHO POSITIVO

Sabemos que la sociedad tiene como característica básica, el hecho que la conducta humana se desarrolla de acuerdo a normas, lo que implica que sea una organización.

Los hombres pueden vivir en sociedad, tan solo porque se sienten obligados a vivir de acuerdo con las normas que la misma le impone; las normas son producto de las interrelaciones del todo social y de ninguna manera se pueden referir a los sujetos que resistan a seguir sus exigencias, lo cual hace necesario el uso de la fuerza organizada, lo cual se manifiesta a través de castigos perfectamente definidos y predecibles a las contravenciones a la normatividad, impuestos solo por individuos para tal efecto.

La norma jurídica es propia de sociedades desarrolladas, en donde su creación y aplicación corresponde a órganos especializados (órganos del Estado), el derecho organiza la vida social asignando a cada miembro un determinado rol, lo que aparece como una situación jurídica o conjunto de derechos y obligaciones.

La normatividad para que valga como jurídica, debe ser creada en forma simbólica por el Estado, mediante cuerpos normativos, (leyes, reglamentos, etc.)

Por lo que nace el derecho positivo, no obstante es importante que en principio entendamos que significa derecho vigente, y lo entendemos como el conjunto de proposiciones normativas válidamente existentes en una época y en un país determinado; la validez de una proposición normativa, depende de que forme de un cuerpo normativo al que quepa conceptuar como fuente formal del derecho. Así el derecho vigente lo constituyen todas las proposiciones jurídicas validas, sin tomar en cuenta la naturaleza de su contenido.

“Du Pasquier define al derecho positivo como el conjunto de reglas que rigen la conducta humana, impuestas efectivamente por el poder social”.

Podemos decir que derecho positivo son todas las proposiciones normativas declarativas, junto con las proclamativas que efectivamente se observan en una sociedad determinada; cabra esclarecer cierta confusión en la que comúnmente suele incurrirse sobre el concepto de derecho positivo en el nivel de la realidad social, por lo que es importante entender por el mismo el conjunto de proposiciones normativas jurídicas que efectivamente cumplan, constituyan o no derecho vigente, dicho de otra manera toda proposición normativa para valer como jurídica, debe ser derecho vigente, ya que el Estado tiene ese poder creador de la norma jurídica, esto a través de sus órganos.

Cabe mencionar que un derecho positivo que no fuera derecho vigente o bien constituiría normatividad no jurídica, o bien violaciones al derecho, por lo que se desprendería que no seria derecho, pues no es posible la existencia de éste como producto de formas diferentes a las fuentes formales del mismo, o bien, como producto de la violación del derecho vigente, pues esto constituiría la negación de la certeza del derecho y de la seguridad jurídica.

Hasta el momento se ha hablado del derecho positivo como un concepto, pero si lo llevamos a una nivel teórico, sabemos que constituye el tema esencial de investigación, los cuales estos investigadores especialistas los conocemos como positivistas, lo que viene a predeterminar compromisos compartidos y creencias comunes, por lo que el derecho positivo es el producto necesario para conceptualizar un conocimiento.

De alguna manera el investigador debe producir elementos informativos que se puedan manejar dentro de los complejos simbólicos e integrarse a las necesidades de la estructura teórica que comparte con otros investigadores que se inclinen por esta misma corriente teórica. Para el positivista los temas importantes o relevantes dentro de la teoría jurídica, son aquellos donde el derecho se concibe como producto natural, formación humana para un fin, a diferencia de las concepciones iusnaturalistas que lo entienden como producto de esencias trascendentales a la cultura y la historia.

“El positivismo filosófico, se inscribe en una vieja corriente de pensamiento empirista y antimetafísica que alcanzaría su madurez en el siglo XIX]…, [para el positivismo lo único que podemos conocer son los seres y las cosas, el mundo que puede ser captado a través de los sentidos]… [Lo importantes no son los seres o las cosas en sí, sino sus relaciones constantes y necesarias; el único conocimiento que puede revestir validez universal es el conocimiento de las relaciones causales entre los fenómenos, no el ser de estos]”.

Como antecedentes del positivismo a los glosadores, lo cual sabemos que comienza cuando se recupera la obra del Digesto de Justiniano, los glosadores, fijaban el texto romano y después referían a cada texto los problemas que podían encontrar su solución en el. En un principio se escribía entre las líneas de los juristas romanos, o bien, intercalaban letras en el texto y en los márgenes de las páginas desarrollaban sus comentarios, por lo que después se sistematiza la forma del comentario, pues el texto se dividía en leyes y debajo de cada una de estas divisiones, se insertaban las cuestiones que presuntamente podrían ser resueltas a la luz del texto; elaboraban sus respuestas a las cuestiones

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