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Positivismo Juridico


Enviado por   •  9 de Octubre de 2012  •  5.755 Palabras (24 Páginas)  •  446 Visitas

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OBLIGACIONES

Conceptualización:

.- La obligación jurídica es aquella relación jurídica en virtud de la cual una parte (denominada deudora) debe observar una conducta (denominada prestación) que puede consistir en dar, hacer o no hacer, en interés de otra parte (denominada acreedora).

.- Documento notarial o privado en que se reconoce una deuda o se promete su pago u otra prestación o entrega

.-Un vínculo de derecho por el cual una o varias personas determinadas esta obligadas a dar, hacer o no hacer algo respecto de otra u otras personas, en virtud de un contrato, cuasicontrato, delito, cuasidelito o la ley

Características:

Es conveniente al exponer las características de las Obligaciones, analizarla desde el punto de vista de los derechos reales y personales; la obligación constituye un derecho personal que pone en relación con dos o varias personas, se realiza en circulo limitado, contrario al derecho real que es un derecho absoluto y produce efectos Erga Omnes, contra todos donde sus posibilidades de alcance son ilimitadas, oponible a todos.

Otra característica es que el titular de derecho real puede hacer uso de el de manera directa sin tener que pasar por la mediación de otra persona, mientras que en el caso de las obligaciones el acreedor para obtener satisfacción, tiene necesariamente que dirigirse al deudor, quien no pude, hacer justicia por si mismo apoderándose de la suma de dinero que se le debe; es decir que mientras la obligación es un vinculo de derecho el derecho real es un poder jurídico sobre un bien.

Elementos Constitutivos:

Elementos: en la relación jurídica obligacional existen:

Sujeto, Objeto, Contenido, Vinculo

Sujeto: hay un sujeto activo, titular de la facultad, en la obligación que es el acreedor, y un sujeto pasivo, a cuyo cargo está el deber, que es el deudor. Basta con que el sujeto sea determinable e indudablemente debe ser capaz de derecho, ya que la incapacidad de hecho puede ser suplida a través de un representante. Tanto la calidad de deudor como de acreedor pueden ser transmitidas, ya sea por actos entre vivos o por actos de última voluntad.

Objeto: es aquello sobre lo cual recae la obligación jurídica puede ser definido como el bien apetecible para el sujeto activo, sobre el cual recae el interés suyo implicado en la relación jurídica

Contenido: o prestación es el comportamiento del deudor tendiente a satisfacer el interés del acreedor. La prestación tiene una serie de requisitos, a saber:

.- Posibilidad, tanto física como jurídica, .-Licitud, .-Determinabilidad, debe ser algo concreto, Patrimonialidad

Vinculo: Es otro elemento de la obligación y se manifiesta por la sujeción del deudor a ciertos poderes del acreedor.

El vínculo se manifiesta concretamente en dos aspectos, pues da derecho al acreedor para: .- Ejercer una acción tendiente a obtener el cumplimiento, .-Oponer una excepción tendiente a repeler una demanda de repetición (devolución) que intente el deudor que pagó, .-Existen fuentes nominadas e innominadas.

Fuentes de las Obligaciones según el Código Civil Vigente.

Es determinar cómo una persona teóricamente libre de toda sujeción, puede quedar jurídicamente obligada; en otras palabras, como un sujeto jurídico puede llegar a ser deudor o acreedor de una obligación esto es cuando suceden determinados hechos que tienen por virtud de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente de engendrar obligaciones. Estos hechos idóneos para producir obligaciones, son denominados por la doctrina fuentes de las obligaciones.

Importancia; las fuentes de obligaciones son taxativas, es decir que una persona solo puede quedar obligado cuando ocurren los supuestos de hechos previstos en el ordenamiento jurídico. Es la ley la que fija cuales son las fuentes de las obligaciones.

Clasificación: a) por la naturaleza del vínculo se las clasifica en:

Civiles, son las que confieren acción para exigir su cumplimiento, Naturales, son las no ejecutables, pero una vez cumplidas, lo dado en pago por ellas no es repetible. b) por el tiempo de cumplimiento de la prestación: De ejecución inmediata y diferida, De ejecución única y permanente; c) por las modalidades: Puras, cuando no están sujetas a ninguna modalidad, Modales, pueden estar sujetas a un plazo, cargo o condición; d) por la prestación, se las clasifica: De acuerdo con el modo de obrar en positivas o negativas, De acuerdo con la naturaleza, en obligaciones de dar, hacer o de no hacer, De acuerdo con la complejidad, se las clasifica en obligaciones simples o de estación singular (una prestación) y compuestas o de prestación plural, a su vez estas última, son subdivididas en-conjuntivas, el objeto de la obligación contiene dos o más prestaciones, todas las cuales deben ser cumplidas por el deudor, Disyuntivas, el objeto de la prestación abarca varias prestaciones y el deudor cumple entregando una de ellas (comprende las obligaciones alternativas y facultativas), De acuerdo con la determinación las obligaciones de dar se clasifican en: De dar cosas ciertas, De dar cosas inciertas no fungibles o de género, De dar cantidades de cosas (inciertas fungibles), De dar dinero, Deuda de valor, De acuerdo con la índole del contenido, las obligaciones pueden ser de medios o de resultados; e) Por el sujeto, las obligaciones pueden ser clasificadas de sujeto simple o de sujeto compuesto o plural, las que a su vez se subdividen en: Las de pluralidad disyuntiva, Las de pluralidad conjunta, en ellas hay una concurrencia de deudores y/o acreedores. Estas a su vez, teniendo en cuenta la índole de la prestación pueden ser: -divisibles o indivisibles Y teniendo en cuenta la virtualidad del vínculo, pueden ser: Simplemente, mancomunadas, Solidarias; f) por la interdependencia las obligaciones pueden ser: Principales, Accesorias; g) por la fuente, se clasifican en: Nominadas, Innominadas.

Efectos según el cumplimiento o el Incumplimiento de las Obligaciones:

Toda obligación es susceptible de cumplimiento, trátese de una obligación contractual o de una obligación que provenga de alguna de las fuentes extra contractuales, (hecho ilícito, gestión de negocio, pago de lo indebido, abuso de derecho, enriquecimiento sin causa)

En principio y sin lugar a duda el cumplimiento de la obligación es idéntico trátese de obligación contractual o extracontractual, si el cumplimiento deriva de una obligación extracontractual

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