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Resumen de Teoría del Estado.


Enviado por   •  6 de Mayo de 2016  •  Resúmenes  •  2.589 Palabras (11 Páginas)  •  223 Visitas

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Teoría del Derecho- Final

  • Primera parte: Positivismo- Kelsen (Primer parcial)

*Explicar el positivismo y el de Kelsen/Kant

  • Segunda parte: Hermenéutica: Apoyan: “Teoría de la verdad por correspondencia”

*Apoyan: Dilthey y Weber

*Contra: Kierkegaard y Nietszche

  • EXTRA: Foucault: lo que plantea en sus conferencias

PRIMERA PARTE:

Positivismo: está basado en el método experimental y que se caracteriza por rechazar las creencias universales y las nociones a priori. Desde la perspectiva de los positivistas, la única clase de conocimientos que resulta válida es el de carácter científico, el cual surge de respaldar las teorías tras la aplicación del método científico.

Esta epistemología surge como manera de legitimar el estudio científico naturalista del ser humano, tanto individual como colectivamente. Cabe resaltar que el desarrollo del positivismo está vinculado a las consecuencias de la Revolución Francesa, que transformó al ser humano y a la sociedad en objetos de estudio científico. Esta novedad requería de una nueva epistemología para legitimar los saberes obtenidos.

El francés Augusto Comte y el británico John Stuart Mill suelen ser señalados como los padres de esta epistemología y del positivismo en general. Ambos sostuvieron que cualquier actividad filosófica o científica debe llevarse a cabo mediante el análisis de los hechos reales que fueron verificados por la experiencia.

-Augusto Comte: Lo que hizo, fue mostrar que las ciencias humanas tienen las mismas características que las ciencias duras. Son mejores o igual de buenas que las ciencias duras.

Las Carácter de las Ciencias duras:

Objetividad, Progreso (Punto mejor avanjado), Punto de partida interno (la norma básica – me permite saber cuándo una norma se ajusta al esquema jurídico de las normas-), Lenguaje propio (se define así mismo), Predicción (sé la conclusión aún así no se sepa) y Causalidad.

-Kant: (1726-1804) El orden del ser depende de lo que yo conozco.

Distinguió dos grandes facultades dentro del conocimiento humano:
1) La sensibilidad: es pasiva, se limita simplemente a recibir una serie de impresiones sensibles.
2) El entendimiento: es activo y espontáneo. Y puede generar, dos tipos de ideas o conceptos:
Conceptos puros o categorías: ideas o conceptos independientes de la experiencia (que provienen de la razón)
Conceptos empíricos: ideas obtenidas a partir de la experiencia.

Admite que existen categorías o conceptos que no provienen de la experiencia, pero a la vez sostiene que la aplicación de estos conceptos a la realidad nunca podrá ir más allá de la experiencia sensible. Constituyendo así, una síntesis entre racionalismo y empirismo, ya que, el conocimiento es síntesis a priori: es síntesis porque es organización o conexión de datos sensibles (como lo exige el empirismo) y a priori, porque el principio de esta organización es nuestra conciencia, la cual al constituirla, actúa según leyes esenciales a su propia naturaleza, y por eso mismo leyes universales y necesarios (conforme a la exigencia del racionalismo)

-Kelsen (1881-1973). Es uno de los representes del positivismo, que surge en reacción al iusnaturalismo, donde se pretende separar la subjetividad y la metafísica del Derecho. Augusto Comte, el primer representante, busca demostrar que las ciencias humanas son iguales a las ciencias duras. Las características de estas son: Objetividad, Progreso (Punto mejor avanzado), Punto de partida interno (la norma básica – me permite saber cuándo una norma se ajusta al esquema jurídico de las normas-), Lenguaje propio (se define así mismo), Predicción (sé la conclusión aún así no se sepa) y Causalidad.

Por ello, Kelsen dice que el derecho es un conjunto de normas jurídicas y que estos son juicios hipotéticos del deber ser coactivo. Por ello pretende estudiar y escribir una teoría del derecho, pues éste regula conductas. Entonces, la norma Jurídica es: “El Juicio Hipotético del deber ser coactivo que una a un antecedente (Acto antijurídico o Hecho ilícito) y consecuente (Coacción / Sanción) con un nexo de imputación no causal y que es dictado por una autoridad competente”.

La sanción es la privación de un bien jurídico que yo considero valioso.

El centro de imputación de normas es la persona.

Sentencia: Norma Jurídica que recae sobre el sujeto.

Los requisitos indispensables del sistema son:

-La eficacia cumplimiento de un objetivo al menor costo posible.

-Un acto pasa a ser antijurídico cuando el legislador le crea una sanción. El SJ soporta que no se cumplan algunas cosas, sigue funcionando cuando hay una cierta cantidad de normas que no son válidas, ya que el sistema jurídico solo necesita un mínimo de eficacia y validez.

Se dice que algo es válido cuando su estructura es correcta.

-Validez general del sistema: cuando la ley menor no contradice la ley superior y cuando de la ley superior se deduce la ley menor.

-Validez de la norma: cada norma tiene que respetar la forma jurídica (estructura).

-Legitimidad (legitimar=aceptar) La norma fundamental es el conjunto de principios que sostiene el sistema jurídico. Hay principios de legitimación del sistema que se encuentra fuera del sistema, lo que hace que fuera del derecho cada uno respete el SJ.

-La coacción implica dos cosas:

1) Monopolio del sistema jurídico por parte del estado que hace a la firmeza del sistema.

2) No importa quién imponga la sanción, siempre se hace en base a una ley general.


SEGUNDA PARTE:

Hermenéutica: La hermenéutica fue una de las corrientes que se enfrentó al positivismo, buscando comprender los fenómenos y no explicarlos. Se expresa diciendo que “no existen los hechos, solo las interpretaciones”

Representa una teoría de la verdad y el método que expresa la universalización del fenómeno interpretativo desde la historicidad concreta y personal.

Se dice que cuando hablas de los hechos, hablas de algo, esta corriente parte de la base de que todo es interpretación, por ello, se produce una disputa con el “Problema de la verdad”, donde hablar “con ella” es algo que es, pero a la vez se construye.

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